Desde el 1 de enero de 2011, ya no es obligatorio presentar el recibo del Impuesto municipal de Circulación (IVTM) en Tráfico para realizar ningún trámite de compra, venta, transferencia o baja de ningún vehículo.
Así ya no es necesario tener que buscarlo, de que se haya perdido o lo tenga el anterior propietario que le vendió el coche, y la molestia de tener que solicitarlo de nuevo al Ayuntamiento.
Los + leídos