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28 de octubre de 2010

El Gobierno prorrogará hasta agosto de 2011 el PRODI, el subsidio de los 426 euros

El nuevo ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, anunció ayer que el Gobierno prorrogará por tercera vez la ayuda de 426 euros durante seis meses para desempleados que no tienen ningún tipo de cobertura, pero advirtió de que contendrá «algún cambio».

En este sentido, declara que la prórroga de los 426€ dependerá de la disponibilidad presupuestaria y será por 6 meses más, es decir, desde febrero de 2011 hasta agosto de 2011.

Ultimas novedades: Rectificación apresurada del Gobierno:

Pocas horas después de que el nuevo Ministro de Trabajo Valeriano Gómez anunciará dicha prórroga, desde el gabinete de comunicación del Gobierno se han apresurado a aclarar y rectificar sus declaraciones respecto a la prórroga del PRODI comunicando que :

  • «la decisión definitiva deberá tomarse en febrero de 2011»
  • «De acuerdo con la ley que regula el PRODI, la decisión de prorrogarlo se tomará cuando se haya hecho un balance del impacto y efecto que ha tenido su aplicación, y de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria en el momento en el que deba hacerse efectivo
  • «Es importante además que, en el contexto de una deseada reapertura del Diálogo Social, estas cuestiones sean abordadas de manera adecuada en el citado proceso.»

Es decir, que quizás el nuevo Ministro de Trabajo se ha precipitado demasiado con sus declaraciones sobre la nueva prórroga del PRODI o subsidio de los 426 euros, y aún está por ver qué sucederá con esta ayuda en los próximos meses…

En cualquier caso, a continuación responderemos algunas de las preguntas más frecuentes relativas al PRODI, el Programa temporal de protección por desempleo e inserción vigentes aún hasta Febrero de 2011.

¿Cuáles son las condiciones para acceder al subsidio?

  • El trabajador debe de haber previamente agotado su cobertura por desempleo (prestaciones y subsidio de desempleo) entre el 1 de Enero de 2009 y el 15 de Febrero de 2011 (ambos inclusive). El gobierno ya ha anunciado que prorrogará hasta el 15 de Agosto de 2011, pero quizás cambie las condiciones de la ayuda.
  • Carecer de ingresos propios superiores a 474,98 euros mensuales.
  • Que la suma de todos los ingresos obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen no supere 474,98 euros mensuales. Por unidad familiar se entenderá: El solicitante, el cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos. En el caso de que se carezca de los indicados anteriormente, se considerará unidad familiar el solicitante y sus padres, siempre que conviva con ellos.
  • No percibir salarios sociales, rentas mínimas o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Administraciones Públicas.
  • No percibir pensión o prestación económica de la Seguridad Social, salvo que estas hubieran sido compatibles con el trabajo que originó la prestación o el subsidio por desempleo.
  • Para los desempleados entre 30 y 45 años, han de tener cargas familiares para beneficiarse de la prórroga entre el 16 de Agosto de 2010 y el 15 de Febrero de 2011.

¿Cuál es la cuantía del subsidio?

La duración máxima de la ayuda extraordinaria es de 180 días no prorrogables y su cuantía es de 426 euros mensuales.

Esta prestación extraordinaria por desempleo podrá obtenerse una sola vez y se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita siendo su percepción mensual.

¿Qué obligaciones tienen los beneficiarios?

Los beneficiarios de la prestación por desempleo extraordinaria deberán cumplir las obligaciones que implica el compromiso de actividad que suscriban y participar en un itinerario activo de inserción para el empleo así como las restantes obligaciones previstas, con carácter general, en el sistema de protección por desempleo.

¿He cobrado durante 6 meses el PRODI, puedo benenficiarme de la nueva prórroga?

NO. La prórroga sólo es en tiempo de solicitud y para nuevos desempleados que se queden sin prestación o subsidio de desempleo.

La ayuda sólo se puede recibir durante 1 único periodo de 6 meses NO prorrogables.

¿Qué documentación hay que presentar?

  • Documento de identidad del solicitante y de los miembros de la unidad familiar.
  • Documentación acreditativa sobre los datos declarados en la solicitud durante la percepción de la prestación por desempleo extraordinaria.

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