Las personas que sufran violencia de género y las víctimas de violencia doméstica tienen algunos derechos adicionales referente a los subsidios de empleo y en el caso de las víctimas de género puede incluso suspender o extinguir sus relación laboral si está trabajando, pudiendo percibir la prestación por desempleo.
¿Que es víctima de violencia de género?
Es víctima de violencia de género:
- La mujer que es o ha sido objeto de actos de violencia física o psicológica, agresiones a la libertad sexual, amenazas, coacción o privación de libertad ejercida por su cónyuge, ex cónyuge o persona que esté o haya estado ligado a ella por una relación similar de afectividad, aunque no hubieran convivido.
¿Quién es víctima de violencia doméstica?
Es víctima de violencia doméstica:
- El varón que sufra violencia ejercida por su cónyuge, ex cónyuge, persona ligada a él por análoga relación de afectividad (pareja de hecho o ex pareja), por padres o sus hijos.
- La mujer que sufra violencia ejercida por sus padres o por sus hijos.
No tendrán la consideración de víctimas de violencia doméstica los que sufran agresiones de otros miembros de su unidad familiar diferentes a los indicados.
¿Qué derechos se tiene si se está trabajando y sufre violencia de género?
Si hay una sentencia judicial o informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que está siendo objeto de violencia de género se puede solicitar:
- La suspensión temporal de la relación laboral:
- Se puede solicitar la suspensión temporal de la relación laboral por un periodo inicial de 6 meses prorrogables hasta 18 meses, siempre que la autoridad judicial acredite la necesidad de mantener la suspensión para garantizar la seguridad de la víctima.
Esta pérdida de empleo temporal se considera como desempleo involuntario y se permite el cobro de la prestación o subsidio por insuficiencia de cotización siempre que se reúna las condiciones necesarias.
El periodo de suspensión se cuenta como periodo cotizado para la jubilación, incapacidad permanente, muerte o supervivencia, maternidad y desempleo.
- La extinción definitiva de la relación laboral:
- Esta extinción se considera como situación de desempleo involuntario, permitiendo a la víctima solicitar la prestación o subsidio de desempleo siempre que reúna los requisitos.
Ambos supuestos de suspensión o extinción de la relación laboral, y a efectos de la cuantía de su prestación, se incrementan las bases de cotización si en su momento fueron afectadas por la reducción de jornada derivada de su condición de víctima de violencia de género.
¿Qué derechos se tiene si se está desempleado y sufre violencia de género o doméstica?
Se puede solicitar el Programa de Renta Activa de Inserción cumpliendo los siguientes requisitos:
- Acreditar condición de víctima de violencia:
- Orden de protección judicial
- Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de objeto de violencia.
- Sentencia condenando a su agresor.
- Certificación de los servicios sociales de la Administración Pública Autonómica, o del Ayuntamiento, o del centro de acogida indicando la situación.
- Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
- No tener ingresos propios superiores a 481,05€ mensuales (para 2011).
- La suman de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar (solicitante, hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad y el cónyuge, siempre que no fuera el agresor), dividida por el número de miembros que la componen no supere 481,05€ (para 2011).
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Mi madre tiene sentencia judicial en la que se le concede pensión de viudedad por ser víctima de violencia de género. El agresor ya falleció, (mi padre). ¿puedo solicitar de alguna forma que me reconozcan que yo he sido víctima de violencia doméstica???¿hay que ir a juicio???
Gracias¡¡
¿Víctima de tu padre?
Eso sólo se aplica a las relaciones de pareja.
Leete el artículo de arriba.
Salu2.
Buenas , quería hacer una pregunta , yo soy víctima de violencia de genero desde el año 2009, lo condenaron a 6 meses de trabajos y a una multa , hubo una orden de alejamiento de 3 años…tenemos un niño en común, yo he solicitado la beca de comedor escolar y me pregunta el director , que si mi sentencia tiene fecha de caducidad ya que el alejamiento fue de tres años y ya hace 6 años …sigo siendo víctima de género o cuando se acaba la orden de alejamiento se acaba? Gracias.
Sí que tiene fecha de caducidad y ha caducado hace 3 años.
Salu2.
En el año 2009 fui víctima de violencia de género con una orden de alejamiento y protección. En ese momento estaba trabajando y no pude solicitar la rai. Actualmente estoy en paro sin ningun tipo de ayuda. Podría solicitar ahora la rai?
Si sigues teniendo en vigor el orden de alejamiento…
Salu2.