Hacienda ya tiene listo el formulario para solicitar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad y también por paternidad y se publicará la próxima semana confirmado por la propia Ministra de Hacienda y recogido en varios medios digitales.
El contribuyente sólo tendrá que indicar sus datos, los años que percibieron la prestación y el número de cuenta donde quiera que le ingrese la devolución, y es Hacienda quien contrastará los datos con la Seguridad Social.
El hecho que haya tardado tanto en poner a punto el formulario es que ha estado recabando información de la Seguridad Social para agilizar el pago una vez que el contribuyente solicite la devolución.
La buena noticia, es que Hacienda devolverá el IRPF tanto a las madres (prestación por maternidad) como a los padres (prestación por paternidad), aunque en la Sentencia del Supremo sólo haga referencia a la primera prestación.
Os recordamos que los que recibieron esta prestación en el año 2014 tendrán hasta el 30 de junio de 2019 para reclamar la devolución, el resto tendrán más tiempo, pero ¿para qué esperar?
El formulario se parecerá bastante al que ya publicamos hace unas semanas (Ver aquí), los «beneficiarios» deben de tener en cuenta lo siguiente:
- Los niños que hayan nacido en los meses de septiembre (segunda mitad), octubre, noviembre y diciembre, han cobrando la prestación en 2 años (hay que indicarlo en la solicitud).
- Los que hayan tenido un bebé después del día 11 de septiembre de 2013 tiene derecho a pedir devolución, pero sólo para los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Lo que se haya pagado de impuesto del año 2013 ya no se puede reclamar salvo que hayas emprendido acciones antes de su prescripción.
- Los que está cobrando la prestación en 2018 y os ha retenido en el IRPF, no os preocupéis, cuando hagáis la declaración del 2018 (en 2019), tenéis que incluir dichas retenciones y os devolverá.
Las devoluciones podrían comenzar en el mismo mes de diciembre, una buena ayuda para la Navidad!!
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