En el caso de perder todos los puntos, el carnet de conducir deja de tener validez. Pero.., puedes seguir conduciendo a pesar de tener 0 puntos, ¿pero hasta cuándo? ¿cómo lo puedo recuperar? ¿que he de hacer? Os indicamos.
¿Puedo seguir conduciendo aunque tenga 0 puntos?
Sí. Aunque hayas agotado todo el saldo y disponga de 0 puntos, podrás seguir conduciendo hasta que se declare la pérdida de vigencia del carnet de conducir.
Eso sí, desde ese momento ya no puede recuperar puntos superando un curso de recuperación parcial o estando de 2 ó 3 años sin cometer infracciones.
El conductor no podrá conducir cuando Tráfico haya resuelto el procedimiento de pérdida de vigencia del carnet de conducir.
El tiempo máximo que la DGT puede tardar en finalizar todo el trámite puede ser como máximo de 6 meses, aunque por lo general tardan mucho menos.
Como mínimo un mes aproximadamente.
¿Cómo es el procedimiento de pérdida de vigente del carnet?
Este procedimiento conlleva los siguiente pasos:
1º.- El Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico constata que el interesado ha perdido la totalidad de los puntos de su autorización para conducir.
2º.- La Jefatura de Tráfico de la provincia correspondiente al domicilio del interesado, en el plazo de 15 días, inicia y notifica la resolución inicial del procedimiento de pérdida de vigencia.
En este aviso informan de las sanciones que han provocado que se quede sin puntos y da un plazo de 10 días hábiles para alegar (a diferencia de las infracciones, cuyo plazo es de 20 días naturales)
3º.- Si las alegaciones no son estimadas o no son presentadas en plazo, el Jefe Provincial de Tráfico dictará resolución acordando la pérdida de vigencia del permiso o licencia para conducir, y se notificará al interesado en el plazo de 15 días.
4º.- Desde el día siguiente a la notificación de la resolución, el interesado ya no podrá conducir.
En caso contrario cometerá delito contra la seguridad vial, pudiendo caerle las penas que indicamos en el siguiente enlace:
->> Conducir sin carnet o sin puntos: delito penal
En caso de no entregar el permiso de conducir, la DGT podrá ordenar su retirada mediante los agentes de autoridad correspondientes.
¿Una vez retirado el carnet, cuánto tiempo me quedo sin conducir?
En caso de quedarse sin puntos, no podrá conducir durante 6 meses (3 meses si acreditó ser conductor profesional) o 12 meses (en caso de una segunda o sucesivas pérdidas de vigencia -6 meses si acredita ser conductor profesional-).
¿Cómo recupero el carnet?
Aunque cumpla el tiempo de retirada del carnet, no estará autorizado a conducir hasta que no realice el curso de recuperación total de puntos obligatorio en un centro autorizado.
Puede matricularse y realizar este curso durante el plazo que está sin carnet de conducir.
También hay que superar una prueba teórica en la Jefatura de Tráfico. Este examen sólo se puede realizar una vez que haya cumplido el plazo de retirada del carnet.
Esta prueba teórica trata sobre lo estudiado en el curso de recuperación, por lo que no se recomienda la realización del curso con demasiada antelación a la prueba.
¿Se puede alegar o recurrir de alguna forma?
Como indicamos antes, cuando reciba la resolución de iniciación del expediente dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para alegar.
Sin embargo, en este punto las sanciones son firmes, por lo que las únicas alegaciones que admitirían sería que hubiera errores en la retirada de saldo de puntos, o que se pida algún tipo de aclaración o informe a las administraciones sancionadoras.
Si sus alegaciones no fueran estimadas o fueran presentadas fuera de plazo, le notificarán la retirada del carnet de conducir en el plazo de 15 días.
El interesado podrá interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución.
Nota: Normativas reguladoras: art. 60.2 y 63.6 de la LSV y procedimiento regulado en artículo 37 del Reglamento General de Conductores.
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