La compra de vehículos por personas con minusvalía cuenta con importantes beneficios fiscales como son la exención del Impuesto de matriculación, y la aplicación del IVA reducido.
Pero… ¿y en el caso de las reparaciones en taller de los vehículos de personas con discapacidad? ¿Qué tipo de IVA debe aplicar el taller en la factura, el normal o el reducido al 4%? Lo aclaramos.
¿Cuándo se puede aplicar el Iva reducido en las reparaciones en taller?
No por el hecho de ser el titular del vehículo un minusválido tienen los talleres que facturar la reparaciones en todo caso al 4% de IVA.
Sólo corresponderá la aplicación del IVA reducido cuando se trate de la reparación de los vehículos siguientes:
1.- Vehículos cuya tara no sea superior a 350 kg. y que, por construcción, no puedan alcanzar en llano una velocidad superior a 45 km/h, proyectado y construido especialmente, y no meramente adaptado, para el uso de personas con alguna disfunción o incapacidad física.
2.- O en los Servicios de adaptación de vehículos para minusválidos siguientes:
Autotaxis o autoturismos especiales para el transporte de personas con minusvalía en silla de ruedas.
Vehículos a motor que deban transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos.
¿Y las reparaciones en taller de turimos, monovolumen o furgonetas de minusválidos?
La reparación de un turismo, monovolumen o furgoneta se tiene que facturar al tipo general de IVA del 21% ya que no no son el tipo de vehículos descritos en el punto 1.- anterior.
¿Y la adaptación de caravanas/autocaravanas?
Sólo se puede facturar al 4% cuando se trate de la adaptación de un vehículo para transporte “habitual” del minusválido.
Así, la adaptación general de una caravana/autocaravana se factura al 21% porque se considera que no es el medio de transporte habitual del minusválido sino ocasional, salvo prueba en contrario.
Lo razonable es pensar que la autocaravana es un vehículo para uso ocasional o vacacional, no el medio de transporte habitual del minusválido, por lo que sus reparaciones se facturarán al 21% salvo que el minusválido demuestre no tiene otro medio de transporte y pueda probar que es el que utiliza habitualmente.
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Tengo un37% de discapacidad física y voy a comprar un coche nuevo, me pertenece pagar el 4% del IVA? O el 21%?
El 21% ya que además de tener una minusvalía igual o superior al 33% hay que tener acreditada movilidad reducida que en tu caso no comentas.
Salu2!
Buenas tardes! Me llamo Ana tengo una minusvalía de un 65% no es fisica estoy cobrando una pension no contributiva.Me pertenece pagar el 4% o el 21% del coche nuevo? O solo es para personas con movilidad reducida.Gracias x resolver mi duda!
respondido ya en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/comment-page-54/?replytocom=397398#comment-397398
Salu2
Hola, soy una persona con discapacidad de mas del 33% y movilidad reducida con la tarjeta de aparcamiento y tal. Mi pregunta es si la reducción del IVA al 4% es solo para los coches NUEVOS o también pueden ser de SEGUNDA MANO?
Gracias de antemano.
Hola
Sólo para vehículo nuevos sin matricular, o para coches de importación adquiridos (nuevos o de ocasión en este caso) en el extranjero que se matriculen en España por primera vez.
Salu2
Buenos dias
Tengo un coche con 10 años y tengo que hacerle alguna reparación. El coche esta a mi nombre y tengo movilidad reducida y tarjeta de aparcamiento minusvalía. Como tengo que proceder a que me apliquen el 4% de IVA en la reparación o mantenimiento cuando lleve el coche al taller, pues entiendo que si tengo derecho a la reducción?
Gracias
Buenos días
La reparación de un turismo, monovolumen o furgoneta se tiene que facturar al tipo general de IVA del 21% ya que no no son el tipo de vehículos descritos en el punto 1.- que puedes ver en el artículo superior.
Así que debes pagar el iva normal aunque tengas minusvalía, salvo que tu vehículo sea uno de los ahí especificados.
Salu2
¿Puedo comprar un coche de segunda mano, siendo minusvalido y teniendo otro comprado nuevo al que se le aplicaron todos los descuentos?.¿ En nuevo tiene diez años, tendria que esperar los cuatro años reglamentarios paraa poder comprar otro nuevo y que se le aplicaran los descuentos, o en la compra de un coche de 2ª mano, eso no se aplica?
Saludos.
Buenos días
Si ya han pasado 10 años desde que compraste un vehículo nuevo aplicando los descuentos por minusvalía, puedes volver a comprar otro vehículo nuevo aplicando los mismos descuentos que Hacienda concede.
Sólo los aplican cuando el vehículo es nuevo sin matricular (en coches de ocasión, KM0 o de segunda mano no)
En los coches de segunda mano lo que puedes aplicar es la Exención del Impuesto municipal de circulación (siempre que no te lo estén aplicando ya en otro vehículo, ya que sólo lo conceden para uno)
Salu2
Hola buenas, tengo una minusvalía con movilidad reducida hace un año compre un coche y me acogí al iva reducido por mi situación y mi problema tuve que comprarme un monovolumen en este caso al ser mi único coche etc las reparaciones de este coche a que iva tributarían..muchas gracias
Buenos días
Al tipo general 21%. Puedes ver en qué casos sólo se aplica el 4% en el artículo superior explicado.
Salu2!
hola.tengo una hija con una minusvalia del 80% y baremo de movilidad C,tiene tarjeta de aparcamiento para minusvalidos,aunque no se si eso llava implicito el tener movilidad reducida,pues estoy a punto de comprar una autocaravana y no se si tiene derecha al iva reducido del 4 %.gracias.
El tema es que el vehículo debe de ser uso exclusivo para el discapacitado…
Salu2.
Voy a adquirir un vehiculo importado, seria aplicable la reducción del IVA al 4%
Tienes que pagar lo que sea en el país de compra.
Pero aquí no tienes que pagar el IVA.
Salu2