Son muchos los usuarios que conducen sin haber obtenido el carnet de conducir, bien porque aún no se han examinado y están practicando solos, o por no haber suspendido el examen, por utilizarlo sólo para trayectos cortos..o por problemas económicos..
Desconocen que están cometiendo un delito contra la seguridad vial, castigado por el código penal.
Vemos qué penas te pueden caer en el juicio si te pillan los agentes conduciendo sin carnet.
¿En qué casos conducir sin carnet se considera delito penal?
Antes de la reforma del Código penal conducir sin carnet sólo se consideraba como infracción administrativa.
Sin embargo, tras la reforma, se consideran delito penal (art. 384) los siguientes 3 casos:
- conducir sin haber obtenido nunca el carnet de conducir
- conducir habiendo agotado el saldo de puntos
- y conducir con el carnet retirado por orden judicial (por tasa de alcohol, exceso de velocidad..)
Este punto concreto de reforma del Código Penal está en vigor desde el 1 de Mayo de 2008
¿Qué penas me pueden caer por conducir sin haber sacado el carnet?
Circular sin haber sacado el carnet de conducir está castigado por el Código penal con las siguientes penas (art. 384):
- Conducir un vehículo o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- La misma pena se impondrá al que circule con un vehículo tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que conduzca un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca el permiso o la licencia de conducción.
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