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21 de enero de 2014

Publicar el nombre de los vecinos morosos en el Tablón de la comunidad, ¿es legal?

Uno de los problemas que más afectan a las Comunidades de propietarios es el impago de la cuotas comunales por parte de algunos vecinos.

¿Es legal publicar los nombres de los vecinos morosos en el tablón de anuncios del portal?

Vemos lo que dice la normativa y en qué casos esto sería sancionable por la Ley de protección de datos.

¿Cómo debe actuar la Comunidad de propietarios ante un vecino moroso?

Lo primero sería citar a todos los vecinos en una convocatoria de junta.

Aquellos propietarios que en el momento de iniciarse la junta no estén al corriente de pago de sus obligaciones, sin haberlas impugnado judicialmente, tienen voz, pueden participar en las deliberaciones, pero no tienen derecho a votar en las propuestas que se hagan.

Aunque como todos los vecinos, tendrán derecho a que se le entregue una copia del acta de la junta.

¿Puede figurar el listado de los vecinos morosos en las citaciones a las juntas de propietarios?

Sí. El nombre de los vecinos que no pagan y su condición de morosos podrá quedar indicada en las citaciones a las Juntas de vecinos que se hagan, con la publicidad negativa que eso le supondrá a esos vecinos deudores.

¿Pueden figurar como morosos en el Tablón de anuncios del Portal?

Sólo se podrían incluir el nombre de los vecinos morosos como tal en el Tablón de anuncios del portal, en el caso de que no haya sido posible  localizar a los vecinos con deudas pendientes para avisarles a la convocatoria de Junta de la comunidad.

Y en este caso el Tablón de anuncios deberá estar colgado en un lugar que sea sólo visible para los propietarios del inmueble. Ya que la finalidad de publicar sus datos en este Tablón es la de notificarle la fecha de la Junta, no la de someterles a vergüenza pública.

Así que antes de publicar los datos de los vecinos morosos en el Tablón, debe seguirse el siguiente procedimiento para no cometer infracción de la Ley de Protección de datos:

  1. Notificar al afectado en su domicilio conocido la convocatoria de la Junta o el Acta donde se contiene su condición de deudor.
  2. En su defecto, se notificará en el inmueble del que es propietario en la comunidad de que se trate.
  3. En caso de total imposibilidad para notificar personalmente, se podrán colgar en el tablón de anuncios las citaciones personales acompañadas de la convocatoria a la Junta, incluyéndose el listado de los morosos y los importes que adeuda cada uno.

Han incluido mis datos como morosos en el Tablón de forma ilegal. ¿Cómo puedo denunciar?

En este caso podría denunciar a la Comunidad de vecinos por incumplimiento de la Ley de protección de datos (artículo  9.1.h) LOPD) y de la Ley sobre Propiedad Horizontal (artículos 11.2 a)  tal como indicamos en:

– ¿Cómo denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)?

En el caso de que la Agencia Española de Protección de Datos considere que la Comunidad de propietarios ha incumplido el deber de secreto establecido en el artículo 10 de la LOPD y le podría imponer una sanción de 601€.

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