Hoy es el último día para presentar la declaración de la renta. Los contribuyentes que aún no hayan presentado la declaración podrán hacerlo a lo largo de la jornada a través de los distintos servicios que ofrece la Agencia.
- Puedes modificar y confirmar el borrador a través de a través de Internet o por teléfono (901 12 12 24 o 901 200 345).
- O presentar el modelo 100 creado con el programa padre y presentarlo en un banco o caja.
Para saber si estáis obligado a presentarlo o no, hay que verificar qué tipos de ingresos habéis tenido y la cuantía de las mismas, pero básicamente aquellos que no hayan tenido rentas superiores a los 22.000 euros están exentos, de cualquier forma verifica tus condiciones aquí.
¿Qué pasa si no me da tiempo presentarlo hoy?
Si no da tiempo y estás obligados a hacerlo, es siempre mejor entregarlo voluntariamente aunque fuera de plazo que si la Agencia Tributaria te pilla y te envía una paralela.
La agencia tributaria tiene mecanismos muy sofisticados detectar fraudes fiscales, sobre todo para determinar quién tienen que presentarlo y quién no, y si te pillan las sanciones puede ser cuantiosas.
¿Qué sanciones imponen por entregarlo fuera de plazo una declaración a pagar sin previo requerimiento?
La sanción depende de cuánto tiempo te has demorado en presentarlo:
- 5% si se presenta en el plazo de 3 meses desde el fin del plazo.
- 15% si se presenta con 6 a 12 meses de retraso.
- 20% si se presenta con un retraso de más de 1 año.
Además de dicha sanción se aplican intereses de demora a lo que se adeuda, que es aproximadamente el 5% anual.
Esta sanción tiene una bonificación por pronto pago del 25%.
¿Y si hay requerimiento previo?
La sanción puede llegar hasta el 150% de lo defraudado dependiendo de la gravedad del fraude. Mira la lista aquí.
¿Que pasa si presento una declaración a devolver o cero fuera de plazo?
Generalmente, estas personas presenta la declaración en plazo, pero si no lo hiciera, la agencia tributaria podría imponer una sanción de 100 euros por incumplimiento de una obligación formal.
Además, si ha sido la Agencia Tributaria que te ha requerido, entonces la sanción será de 200 euros.
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En mi caso, el año 2011 he obtenido ingresos de dos pagaderos inferior a 11.200 euros, se supone que no estoy obligado. Pero, tengo un piso a mi nombre con una participación de 25% (ya que lo compramos entre los 4 hermanos). El piso está alquilado, no lo utilizamos como vivienda habitual. Estoy obligado a declararlo? Cómo puedo hacerlo fuera de plazo?
Gracias
Sí, por tener ese piso en alquiler.
Salu2.
Hola, quisiera saber si puedo confirmar el borrador de la renta de 2011 fuera de plazo (me sale 0.00€) pero la necesito para becas… (sanción?)
Otra pregunta, la pensión de jubilación por incapacidad permanente absoluta está exenta así que no computa como ingreso a la hora de averiguar el umbral para la beca, es así?
No hace falta que hagas la declaración.
Vete a la Agencia Tributaria y solicita un certificado de retenciones.
Salu2.
Una persona que ha fallecido, y deja a su única hermana, los ahorros de 45.ooo Euros y dichos ahorros están en un deposito que vence el 27 de mayo, y la difunta murió el 1 de abril del 2012. A cuánto se eleva lo que tiene que pagar para hacerse cargo de los 45.000 Euros?
Gracias
Pues depende mucho de en qué comunidad se encuentre.
Salu2.