En caso de tener un coche dado de Baja definitiva o querer comprar uno en este estado, indicamos los trámites a realizar para poder darlo de alta en Tráfico y así se pueda volver a circular con él.
1.- Acudir a Tráfico y presentar la siguiente documentación:
- Solicitud en impreso oficial. Lo facilitan en la propia Jefatura de Tráfico.
- Abonar la Tasa por importe de 95,80 €, excepto ciclomotores 26,70 € (estas tasas se actualizan anualmente)
- Identificación del interesado:
- Personas físicas; documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
- Personas jurídicas: tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y acreditar la representación e identidad del que firme.
- Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
- Si el solicitante no es el titular del vehículo deberá aportar un documento acreditativo de la propiedad (contrato junto con el DNI del transmitente; factura junto con el NIF de la empresa, documento notarial,…)
- En el caso de que se trate de un vehículo adjudicado en subasta por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, el acta o certificado de adjudicación legitimará al adjudicatario para solicitar su rehabilitación
2.- Acudir a la ITV.
Presentada la documentación anterior, en la Jefatura de Tráfico le indicarán si es necesario acudir a la ITV para que someta el vehículo a inspección. En ese caso, una vez superada la inspección, se presentará de nuevo en Tráfico los siguientes documentos según corresponda en casa caso:
- Tarjeta de ITV expedida a tal fin por la estación de ITV.
- Justificante del pago/exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales si no se presenta factura y la persona que solicita la rehabilitación es distinta del último titular.
- Justificante del pago/exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento donde tenga su domicilio el solicitante.
- Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
- Certificado de transportes si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas.
Si no presentara el trámite el titular, será necesario acompañar una autorización firmada por éste. Utiliza el siguiente modelo:
Artículos relacionados:
Buenas tardes,
Hemos comprado un vehículo en Polonia totalmente legal en ese pais, con todo en regla y que previamente había sido matriculado y vendido en España. (Tenía matrícula Española)
El caso es que el vehículo fue dado de baja definitiva y vendido entero para el extranjero (estando el vehículo en perfecto estado) y ahora no deja recuperar la matrícula debido a que ese coche debía haber sido «destruido» en su día por el desguace que lo dió de baja.
Las preguntas son:
– ¿Hay alguna forma de rehabilitar esta matrícula?
– Si el desguace lo vendió entero para el extranjero, ¿quien tiene la responsabilidad?
– ¿Tenemos nosotros que perder el valor integro del coche siendo un vehículo totalmente legal y en estado impecable, que puede venderse en cualquier país de la unión excepto en España?
Muchas gracias por anticipado y tenemos un verdadero problema encima
Si tiene documentación extranjera y correcta, puedes importarlo, y darlo de alta.
Lógicamente no será la misma matricula, sino una nueva.
Salu2.