Los conductores no perderán más de 8 puntos por acumulación de infracciones en un solo día, con la excepción de que concurran alguna de las infracciones muy graves que indicamos a continuación, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan:
- No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos (ver cuadro de Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad).
- Circular en un tramo a una velocidad media superior a los límites establecidos reglamentariamente.
- La conducción por las vías objeto de esta Ley habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las que reglamentariamente se establezcan, y en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier otra sustancia de efectos análogos.
- Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de posibles intoxicaciones de alcohol, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas, y la de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación.
- La conducción temeraria.
- La circulación en sentido contrario al establecido.
- Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas.
- Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
Así que cuidado… sobre todo para los profesionales de la carretera para los que es imprescindible el carnet de conducir para desempeñar su trabajo.
Artículos relacionados:
Los + leídos