La Comisión de Interior del Congreso de los Diputados ha aprobado la semana pasada el agravamiento de las sanciones para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción.
El uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo son algunos de los ejemplos.
Eso sí, de momento se mantiene el margen de 20 kilómetros hora adicionales para adelantar en carreteras convencionales, que el Gobierno quiso eliminar pero que finalmente siguirá en vigor.
Entre las novedades destacan las siguientes 5 nuevas multas:
Sujetar el móvil con la mano
Penalización con seis puntos del carnet conducir por sujetar el móvil con la mano
Cinturón y sistemas de seguridad
Penalización con cuatro por no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección
Patinete eléctrico requiere Casco
Se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.
Detector de radares
Se sustituye la infracción grave consistente en “utilizar” mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de “llevar en el vehículo” esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción y 500 euros de sanción.
No apagar el motor cuando se esté parado
Se puede sancionar con una multa de 100 euros a quienes no apaguen el motor cuando el vehículo esté parado en un estacionamiento. Este cambio está relacionado con las medidas y nuevas sanciones para mejorar el medio ambiente. Los consistorios podrán hacer uso del artículo 10.1 de la futura ley de Seguridad Vial para imponer dicha sanción.
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