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22 de enero de 2021

La ley dice que los actuales beneficiarios de la prestación por hijos (puntos) seguirán cobrando el 2021 y siguientes

En 2021 la prestación por hijo a cargo (puntos) es reemplazado por el IMV (Ingreso Mínimo Vital), y ya no se podrá solicitar esta ayuda.

Sin embargo, la ley mantiene la ayuda para los beneficiarios con derecho antes de la entrada en vigor del IMV tal y como figura en la Disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley 20/2020.

Además, este derecho perdurará hasta que el hijo sea mayor de edad o si la familia deja de cumplir los requisitos económicos o si se le concede el IMV:

¿Y si me concede el IMV?

Si te concede el IMV, te quita la prestación por hijo a cargo. Eso sí, puedes ejercer tu derecho de opción siempre que el IMV sea de inferior cuantía que la prestación por hijo y elegir la ayuda que mejor te convenga, tal y como figura en el artículo 16.

¿Y si me deniega el IMV?

Si te ha denegado el IMV te tienen que pagar los puntos si tenías derecho. Pero es posible que por la saturación actual de la Seguridad Social hayan cometido un error o ha dejado tu expediente en el montón pendiente, etc etc. Llamad a la Seguridad Social y reclamad la ayuda.

No te pueden extinguir la ayuda de los puntos por la denegación del IMV según la Disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley 20/2020.

La denegación y la solicitud del IMV no es motivo de extinción de la prestación por hijo a cargo.

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