Si llevas en un ERTE desde el mes de marzo, en el mes de septiembre lamentablemente cobrarás menos, y si se prorroga al mes de octubre y siguiente, pues aún menos.
¿Por qué?
Se debe a que una prestación de desempleo se cobra el 70% de la base de cotizaciones durante los primeros 180 días.
Después se pasa a cobrar el 50% de la base de cotizaciones.
De esta forma, si llevas desde mediados de marzo en un ERTE, a partir del mediado del mes de septiembre comenzarás a cobrar el 50%.
De esta forma, más o menos, cobrarás 15 días al 70% y 15 días al 50%. Esto significa que en la prestación del mes de septiembre recibirás un 15% menos que el mes de agosto.
¿Pero todos?
No, no afectará a todos:
- Si tienes una base reguladora muy alta: Si tu prestación es superior a la prestación máxima, cobrarás sólo la máxima. Así, si el 70% superaba, al bajar al 50%, no se nota tanto el cambio.
- Si tienes una base reguladora muy baja: Si el 70% o el 50% de tu base es inferior a la prestación mínima, cobrarás la mínima.
Ojo, que en caso de desempleo por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, el importe mínimo o máximo estará en función del número de horas trabajadas.
¿Prestación mínima?
Los desempleados cobrarán al menos el 80% del IPREM incrementando en 1/6, cuando el trabajador no tenga hijos a cargo, y al 107%, cuando el trabajador tenga, al menos, un hijo a cargo.
En 2020:
- Sin hijos/as 501,98 euros al mes
- 1 hijo/a o más 671,40€
¿Prestación máxima?
La cuantía de la prestación, nunca podrá ser superior al:
- 175% IPREM si no se tiene hijos. 1.098,09 euros/mes en 2020.
- 200% IPREM si se tiene 2 hijos. 1.254,96 euros/mes en 2020.
- 225% IPREM si se tiene 3 hijos. 1.411,83 euros/mes en 2020.
La prestación estará sujeta, en su caso, a descuentos de Seguridad Social y del I.R.P.F.
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