Hoy, el último día del mes de julio, la Seguridad Social ha cargado las cuotas de autónomos incluso a los que tienen concedido la prestación por cese de actividad.
A muchos les habrá sorprendido, pero es así con la nueva ayuda por cese de actividad de a los autónomos que entró en vigor en el mes de julio de 2020.
Tras finalizar el estado de alarma, se prorrogó la ayuda, pero con algunas variantes:
1. Los que conservan la prestación:
La ayuda se aumenta ligeramente:
- Además de lo que se cobró durante el estado de alarma: el 70% de la base reguladora.
- Se añade: un 28,3% de la base reguladora media de los 12 meses anteriores al mes de la solicitud.
Pero el autónomo se hace cargo de sus cotizaciones:
- El porcentaje de la base reguladora que hay que cotizar es el 30,3%.
En definitiva, se les ha subido algo más la prestación, pero tienen que hacerse cargo de las cuotas.
El resultado final es que el autónomo ingresa ligeramente menos al mes, un 2% de su base reguladora menos que con la anterior ley.
Le costará más dinero el cambio cuanto mayor será su base de cotizaciones.
2. Los que han vuelto a trabajar sin derecho a la prestación:
Tienen derecho a un descuento de las cuotas de autónomos durante 3 meses:
- Julio: 100%
- Agosto: 50%
- Septiembre: 25%.
Por lo tanto, si eres autónomo y continuas o vuelves a trabajar y no has solicitado o te han denegado la prestación por cese de actividad, la Seguridad Social no te ha cargado las cuotas del mes de julio.
Al resto, se le ha cobrado las cuotas, siendo la mínima, 283,31€.
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