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27 de abril de 2020

¿Cuánto hay que pagar de sello agrario en 2020 tras la reducción del 19%

El pasado martes, día 21 de abril, se aprobó en el Consejo de Ministros una reducción del 19,11% el coste de los sellos agrarios en los periodos de inactividad durante el 2020.

Esta medida sólo beneficiará a los trabajadores que durante el 2019 hayan realizado un máximo de 55 jornadas reales y cotizadas.

El sello agrario es la cotización que han de pagar los trabajadores eventuales del campo durante los periodos de inactividad (en paro).

¿Entonces cuánto es el sello agrario en 2020?

El tipo de cotizaciones en situación de inactividad es de 11,50% durante el año 2020.

En 2020, se ha incrementado la base mínima de cotizaciones, que es de 1.108€ al mes (en 2019, 1.050€)

De esta forma, un jornalero de forma general tendrían que pagar 127,42€ al mes en 2020 (en 2019, 120,75€).

Los trabajadores beneficiarios de la reducción del 19,11%, tendrán que pagar 103,07€ al mes (prácticamente lo mismo que en 2019, que había una reducción del 14,5%).

2019 2020
Tipo cotizaciones 11,50% 11,50%
Base cotizaciones 1.050€ 1.108€
Sello general 120,75€ 127,42€
Sello con reducción 103,12€ 103,07€

¿Desde cuándo se aplica esta nueva reducción?

Aunque la reducción se haya aprobado ahora tiene efecto retroactivo a 1 de enero de 2020.

Los que hayáis pagado de más, la Seguridad Social de oficio os devolverán el dinero.

¿Y si cobro la Renta Agraria?

Durante la percepción de las ayudas agrarias de SEPE, no tenéis que pagar el sello. Lo pagan por ti SEPE a la Seguridad Social.

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131 comments to ¿Cuánto hay que pagar de sello agrario en 2020 tras la reducción del 19%

  • Hola, estoy inscrita en el reas, osea el régimen antiguo del régimen agrario. Me gustaría saber cuántos días de trabajo son necesarios en el campo al año para seguir manteniendo ca cartilla agrícola.

  • juan carlos

    hola buenos dias, estoy asegurado por el regimen agrario pero no tengo ni pago cartilla agricola, ¿tengo derecho a subvencio o paro?

    • Si no pagas los sellos, no estás en ese régimen. Te han excluido, salvo que estés trabajando en estos momentos o cobrando una ayuda de SEPE; en tal caso, la empresa o SEPE paga por ti los sellos.

      Salu2.

  • Eugenio

    Hola buenas, realicé la inclusión en el REA con fecha de 1 de febrero de este año, el caso es que empiezo otra vez y estaré de alta para el día 15 de febrero, mi pregunta es si por estar 15 días de baja y no completar el mes si me cobrarán el sello o no? Y si lo cobran saber que día pasan el recibo del sello.

    • NO entiendo muy bien lo que me dices.

      Durante los periodos (días) que estás sin trabajo, tienes que pagar de tu bolsillo.

      Los días que estás trabajando o cobrando ayuda de SEPE, ellos se encarga del pago de tu sello.

      Salu2.

  • Youssef

    Hola estoy de alta quiero sellar el paro puedo hacerlo o no

  • Manu

    Hola quiero sacarme el sello agrario puedo pagar el año completo ? Si es el caso cuándo empezaría a cobrar ?

  • Elena

    Hola, si la seg.social me dio de baja del régimen agrario cuenta ajena ase tiempo ,cómo puedo darme de alta otrabe pará pagar los sellos. Gracias

  • Quintin

    hola buenas, estoy trabajando y me han cobrado 82 euros del sello agricola correspondiente al mes de febrero pero estando trabajando no deberia pagar nada no? gracias

    • Eso es por no has estado todos los días trabajando. Te han hecho pagar los días que no estuviste trabajando.

      Mientras se trabaja, hacen cargo de tus cotizaciones, sólo los días que estés trabajando.

      Salu2.

  • Carmen

    Hola estoy cobrando la renta agraria desde el mes de julio y no an dejado de cobrarme el sello y echo de todo y no tengo respuesta alguna q debo hacer

  • Maria

    Hola en el mes de febrero hice la inclusión al sello agrario y me gustaría saber que día del mes se cobran? yo no quiero cobrar la renta agraria solo pagar sello. Debo presentar todos los años peonadas? Gracias

  • Miguel Ángel

    Hola estoy pagando el sello agrícola y lo tengo por el banco pagándolo y este mes de febrero no me lo han cobrado que sería el mes de enero que puedo hacer?

    • No llevarás más de 1 año sin trabajar.

      Cuando el trabajador no realice un mínimo de 30 jornadas de labores agrarias en un período continuado de 365 días te dan de baja de oficio (ellos).

      Salu2.

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