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11 de marzo de 2020

Prorrogada por 4 años y mejorada la prohibición de desahuciar a familias vulnerables

Se ha publicado en el BOE un Real Decreto que prorroga por 4 años más la prohibición de desahuciar familias vulnerables establecida en una ley de 2013 (1/2013) cuyo efecto terminaba en próximo mes de mayo.

De esta forma, la prohibición se extiende hasta mayo de 2014, además de ampliar suaviza los requisitos y añade más grupos de familias que se pueden beneficiar de esta medida:

  • Las familias monoparentales con un hijo (antes al menos 2 hijos).
  • Las familias numerosas
  • Las que tengan un menor de edad
  • Los hogares con algún miembro con una discapacidad del 33% o más, una enfermedad que le incapacite permanentemente para trabajar o con una situación de dependencia
  • Una familia cuyo titular hipotecario esté desempleado
  • Una familia con un pariente (con hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad) que conviva en la misma vivienda y que tenga discapacidad, dependencia o incapacidad permanente por enfermedad grave
  • Un hogar con una víctima por violencia machista
  • Un deudor con más de 60 años

Además, han de cumplir los siguientes requisitos:

  • Ingresos unidad familiar:
    • General: no superar 3 veces el IPREM
    • Desempleados o discapacitados: 4 veces el IPREM
    • Con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual (33% o más) discapacidad física o sensorial (grado del 65% o más) o enfermedad grave: 5 veces el IPREM.
  • Si se tiene hijos a cargo, se incrementa por cada hijo:
    • 0,15 veces el IPREM para las familias monoparentales
    • 0,10 veces el IPREM para el resto
  • Que la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas.
  • Que la cuota de la hipoteca supere el 50% de los ingresos netos de la familia.
  • Que los titulares de la hipoteca solo tengan una vivienda en propiedad.

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