Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
5 de febrero de 2020

Definitiva la subida del SMI a 950€ a efecto de 1 de enero, reclamalo

Ayer, día 4 de febrero de 2020, se publicó en el BOE la subida del SMI hasta los 950€ a efecto de 1 de enero de 2020.

Las personas que tengan un salario inferior a los 950€, siempre con un contrato a tiempo completo, puede reclamar la subida en su sueldo del mes de enero y lógicamente, para los siguientes meses.

Lo normal, es que la empresa de oficio te pague la diferencia, pero si no es así, tienes derecho a cobrarlo y reclamarlo, incluso si ya no trabajas para esa empresa.

Es importante tener en cuenta que el SMI ha subido hasta los 950€ al mes, pero 14 pagas. Es decir, que también te corresponde una subida de la parte proporcional de la paga extra.

Adicionalmente, las empresas tienen que actualizar las cuotas satisfechas por estos trabajadores a la Seguridad Social. La nueva base mínima es de 1.108 euros al mes.

¿Qué pasa si la empresa se niega a pagar?

Habría que denunciarlo ante el Tribunal de lo Social previo paso por el acto de conciliación. Las empresas no puede negarse a pagar.

¿Cuál es el SMI 2020?

El SMI (Salario Mínimo Interprofesional) para el 2020 es de:

  • SMI diario: 31,66 €
  • SMI Mensual: 950,00 € (14 pagas)
  • SMI anual: 13.300,00 €

El SMI ha experimentado este año una subida del 5,5%, de forma que todos los trabajadores que lo estén cobrando, en este año 2020 cobrarán 50€ más, hasta los 950,00 euros (SMI Mes con 14 pagas).

¿Cuánto ha subido el SMI en los últimos años?

En los últimos 4 años hay una subida acumulada de casi el 50%, desde los 655€ de 2016 hasta los 950€ de 2020.

Este dato contrasta con el IPC acumulado durante este tiempo, que está por debajo del 5%, por lo que estos años ha supuesto un aumento considerable del poder adquisitivo de las personas que tengan su salario referenciado a este índice.

Año SMI día SMI Mes* Variación
2000 14,16 € 424,80 € 2,0%
2001 14,45 € 433,45 € 2,0%
2002 14,74 € 442,20 € 2,0%
2003 15,04 € 451,20 € 2,0%
2004 15,35 € 490,50 € 8,8%
2005 17,10 € 513,00 € 4,5%
2006 18,03 € 540,90 € 5,4%
2007 19,02 € 570,60 € 5,5%
2008 20,00 € 600,00 € 5,3%
2009 20,80 € 624,00 € 4,0%
2010 21,11 € 633,30 € 1,5%
2011 21,38 € 641,40 € 1,3%
2012 21,38 € 641,40 € 0,0%
2013 21,51 € 645,30 € 0,6%
2014 21,51 € 645,30 € 0,0%
2015 21,62 € 648,60 € 0,5%
2016 21,84 € 655,08 € 1,0%
2017 23,59 € 707,60 € 8,0%
2018 23,59 € 735,90 € 4,0%
2019 23,59 € 900,00 € 22,3%
2020 23,59 € 950,00 € 5,6%

*SMI Mes, teniendo en cuenta que hay 14 pagas.

¿Pero qué es el SMI?

El SMI es el Salario mínimo interprofesional, o que es lo mismo es la cuantía retributiva mínima que tiene que percibir cualquier trabajador en una jornada legal de trabajo, sin tener en cuenta sexo, edad de los trabajadores e independientemente del tipo de contrato.

El SMI se fija por Real Decreto anualmente, y se hace en función de la evolución del IPC y de otros factores como la productividad.

¿En qué otras cosas influye el SMI?

El SMI se puede considerar como un baremo del nivel de vida de un país o al menos determina el mínimo poder adquisitivo de un trabajador.

Este baremo sirve de referencia para la concesión de ayudas o subsidios de desempleo, que generalmente fija en el 75% del SMI.

Si una persona no tiene ingresos superiores al 75% del SMI (para el 2020 712,5 euros) tiene derecho desde el punto de vista económico a los subsidios de desempleo (tiene que cumplir otras condiciones personales y laborales).

También afecta sobre el sueldo no embargable (inferior al SMI).

Artículos relacionados:

Deje un Comentario

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>