La DGT ha dado instrucciones, de momento transitorias, en la que establece una serie de criterios para sancionar ciertos comportamientos de los usuarios de los patinetes eléctricos.
Y no es una tontería, te pueden sancionar hasta con 500€ o incluso 1.000€ de multa por un mal uso de estos vehículos de movilidad personal (VMP).
¿Qué sanciones?
1. Alcoholemia
Como si condujeras un coche. Multas de hasta 500 o 1.000€ por conducir bajo los efectos de alcohol o drogas.
Negarse a someterse a dichas pruebas se considera un delito tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal.
Si el conductor da positivo a alcohol o droga, el VMP se inmoviliza, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
2. Auriculares
Está prohibido bajo multa de 200€.
3. Teléfono móvil
Está prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. Multa de 200€.
4. Uso de cascos
No es obligatorio de momento y depende de las ordenanzas municipales. Si hay una normativa, la multa es de 200€ y se inmoviliza el vehículo.
5. Prohibido en aceras y zonas peatonales
Están prohibido a excepción de monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona siendo sancionable con 200€ salvo cambios por las Ordenanzas.
6. Pasajeros
Los VMP sólo puede transportar a una persona. Si van 2 o más personas se sanciona con 100€ de multa.
7. Prendas reflectantes o sistema de alumbrado.
200€ de multa si se conduce durante la noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes.
8. Paradas y estacionamientos.
Depende de las ordenanzas municipales.
¿Y si comente la infracción un menor?
Las sanciones a menores de 18 años, debe de responder los padres o tutores legales de estos.
Ojo con algunos MVP que no lo son
Hay patinetes que se comercializan como MVP, y no lo son y se exige tener seguro y pasar la ITV o que directamente no están permitido su uso en las vías, porque no tiene autorización.
Para que sea una MVP debe de cumplir lo siguiente:
- No debe de superar los 25 km/h en su ficha técnica.
- No debe de haberse trucado y pueda superar esa velocidad.
- Los patinetes no deben de tener asiento.
Se puede multar hasta con 500€ si no tiene los permisos para su uso en las vías con regulación.
¿Qué pasa con las bicicletas eléctricas?
Las bicicletas eléctricas siguen siendo bicicletas y no ciclomotores (necesidad de seguro e ITV) si son de pedaleo asistido.
La potencia nominal continua máxima ha de ser inferior o igual a 250W que ha de ir disminuyendo progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25km/h o si el ciclista deja de pedalear.
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