Hoy ha salido publicado en el BOE, el nuevo subsidio para mayores de 52 años y entrará en vigor a partir de mañana, día 13 de marzo de 2019.
Como ya hemos indicamos alguna vez, este Real Decreto podía ser rechazado como ya ha ocurrido con otros (el de los alquileres) y es especialmente delicado, ya que el Congreso de los Diputados está disuelto por elecciones.
El subsidio será para mayores de 52 años.
Las mejoras son:
- El subsidio volverá a ser para mayores de 52 años, aunque no tengan responsabilidades familiares.
- El subsidio será siempre el 100% (el 80% del IPREM), independientemente de la parcialidad del empleo que originó la ayuda. En 2019 es de 430,27€.
- Se cobrará la ayuda, hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación o hasta que cobre una pensión contributiva.
- Todos los perceptores cotizarán por el 125% del SMI, en lugar del 100% del SMI.
Condiciones de acceso
El cambio más importante es que los parados que perdieron su empleo antes de cumplir los 52 años, siempre que se mantuvieran dados de alta en la demanda de empleo hasta cumplir los 52 años, tienen derecho a la ayuda.
Las condiciones actuales serán:
- Cotizar por desempleo al menos durante 6 años a lo largo de su vida laboral
- Acreditar en el momento de la solicitud que se reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación (tener 15 años cotizados, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de la solicitud).
- No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
- Tener la edad de 52 años al terminar de cobrar o tener derecho a las siguientes ayudas, o permanecer en la demanda de empleo (ininterrumpido) hasta cumplir los 52 años cuando terminó de cobrar una de las siguientes ayudas:
- La prestación contributiva
- El subsidio por desempleo
- El subsidio de emigrante retornado
- Ser beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
- El liberado de prisión
- El subsidio por cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva
¿Qué pasa con las personas que pudieron acceder al subsidio, pero no cumplía la edad de 55 años?
Si entonces tenían derecho al subsidio, y el único requisito que no cumplía era la edad de 55 años, ahora puede acceder al subsidio siempre que no haya interrumpido la demanda de empleo.
¿Y los que quedaron fuera por tener ingresos familiares superiores?
También tendría derecho a la ayuda, siempre que no haya interrumpido la demanda de empleo.
¿Habrá retroactividad con estos parados?
No, este Real Decreto entra en vigor hoy, aplicando las nuevas reglas a todos.
¿Hay que hacer algo los que están cobrando el subsidio?
Como hemos dicho, se aplica a todos los beneficiarios, así que los que estuvieran cobrando un subsidio parcial, le deberían de pagar desde hoy el 100% sin tener que hacer absolutamente nada.
Artículos relacionados:
Tambien desearia saber, si me contratase una empresa, el tiempo que me exige la ley para poder acceder a esta ayuda para mayores de 52 años, ¿el contrato tendría que ser a tiempo completo? o ¿podria se un contrato por horas o a media jornada? GRACIAS
3 meses a tiempo completo.
Los empleos a tiempo parcial se computa de diferente forma:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/05/25/trabajo-a-tiempo-parcial-y-derecho-a-las-prestaciones-de-desempleo/
Salu2.
Hola buenos días
Mi mujer y yo trabajábamos en la misma empresa fuimos despedidos en el año 2005 después de 20 años cotizados, ambos cobramos el desempleo (2 años) despues al cumplir los 45 cobramos la Rai, los 3 tramos .
Ahora en los próximos meses ambos cumplimos los 52, no tenemos ingresos y siempre hemos renovado la demanda de empleo .
Tendríamos derecho los dos a este subsidio???
Gracias
Yo creo que sí.
Así que vete a SEPE y pide información.
Salu2.
Hola. Soy un parado de 62 años que estuvo cobrando el subsidio de 55 hasta hace 14 meses. Se me acabó al llegar a la primera edad (61) en que podría haberme prejubilado cobrando una pensión. No lo hice (y por ello no cobro nada) porque vi que me era más interesante esperar 2 años (a los 63) porque debido a la nueva ley y al cómputo de más años, cobraría más.
Con el nuevo subsidio ¿podría yo volverlo a pedir hasta los 65 y pico?
Gracias por su ayuda.
Si no te has dado de baja de la demanda… creo que existe alguna opción, aunque ya te decimos que hay gente como tu caso que nos han dicho que les ha denegado la ayuda.
Yo en tu caso, iría a SEPE y preguntaría y solicitarlo de todas formas.
Salu2.
Me respondo yo mismo por si la respuesta sirve a alguien: pedí hora al SEPE, he estado allí y me han dicho que sí, que me lo reanudarán. Se rellena una solicitud y, al parecer, no hay problema salvo que tardan 4 o 5 meses y lo dan con atrasos.
Claro que sí. Gracias por la información.
Me gustaría saber si cobrando el subsidio d 52 años, puedes acceder a un trabajo parcial sin perderlo,gracias.
Sí, se puede compatibilizar con empleo a tiempo parcial.
No se cobra la ayuda completa, sino la parte proporcional de las horas no trabajadas.
Eso sí, hay que cumplir el límite de ingresos sin tener en cuenta la ayuda.
Salu2.
Hace poco me han aprobado el subsidio para mayores de 52 años y lo comenzaré a cobrar a partir del día 10 de junio de 2019. Me han llamado para una entrevista para unas prácticas no laborales becadas con el 80 % del IPREM. Estas prácticas se denominan EPES en Andalucía.Las Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES) es un programa puesto en marcha por la Consejería de Economía, Innovación Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía que tiene como objetivo facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas mediante la adquisición de experiencia profesional a través de la realización de prácticas en empresas Me gustaría saber si puedo compatibilizar el cobro del subsidio para mayores de 52 años con estás prácticas becadas. La duración es de unos tres meses. Cuatro días a la semana y cada uno unas cinco horas y el último día una sección de orientación. Gracias.
——-
Sobre el comentario de arriba quise decir el 75 % del IPREM,
Has de acudir a SEPE y preguntarlo.
Por ingresos seguirías cumpliendo los requisitos… el tema es si considera eso un empleo o no.
Salu2.
Hola buenos días
Mi pareja y yo cobramos el subsidio de 55 , en breve venderemos nuesto piso para comprar algo mas pequeño.
Tenemos que comunicarlo al SEPE?
Nos pueden retirar la ayuda?
Que duele ocurrir en estos casos?
Muchas gracias
Comunícalo, eso siempre…
Al tratarse de la vivienda habitual, es posible que no afecte, pero vete a SEPE antes de hacer nada para pedir información y las condiciones… y los trámites que has de hacer.
Hazlo todo bien!!!
Salu2.
Hola, tengo 57 años y tendría los 15 de trabajo con ayuda del coeficiente de parcialidad porque he trabajado mucho tiempo jornada parcial, mi pregunta es si en este caso tendría derecho a la ayuda para mayores de 52 años, es decir, si se aplica también para recibirla este coeficiente como se aplica para pensión por jubilación, gracias
Sí, se aplica.
Salu2.
Hola.Cobrando subsidio,el beneficiario puede salir fuera de país? si puede ,a donde? CE o otros países de Europa? Cuanto tiempo puede estar fuera ?
Puede irse por 15 días fuera de España (da igual el motivo y dónde). Primero pedir permiso en SEPE.
Salu2
gracias por contestar, y si necesito salir para mas tiempo? hay sanciones ? si hay , se pueden suspender para siempre?
Si por más tiempo, habría que solicitar permiso también y tienes que alegar motivo de búsqueda de empleo o similar.
En caso de que el motivo no sirve para suspender la ayuda, pierdes la ayuda.
Salu2.
mi mujer tiene 56 años.tiene 28 años cotizados,se le acabo el trabajo en el 2001 y desde esa fecha al dia de hoy tiene cotizados 2 meses,mi pregunta es si tiene derecho a la ayuda para mayores de 52,el RAI lo tiene agotado.Gracias un saludo.
Si reúne 3 meses cotizados en los últimos 6 años, tendría derecho seguro, pero que vaya a SEPE y lo pregunte.
Salu2.