Hoy ha salido publicado en el BOE, el nuevo subsidio para mayores de 52 años y entrará en vigor a partir de mañana, día 13 de marzo de 2019.
Como ya hemos indicamos alguna vez, este Real Decreto podía ser rechazado como ya ha ocurrido con otros (el de los alquileres) y es especialmente delicado, ya que el Congreso de los Diputados está disuelto por elecciones.
El subsidio será para mayores de 52 años.
Las mejoras son:
- El subsidio volverá a ser para mayores de 52 años, aunque no tengan responsabilidades familiares.
- El subsidio será siempre el 100% (el 80% del IPREM), independientemente de la parcialidad del empleo que originó la ayuda. En 2019 es de 430,27€.
- Se cobrará la ayuda, hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de jubilación o hasta que cobre una pensión contributiva.
- Todos los perceptores cotizarán por el 125% del SMI, en lugar del 100% del SMI.
Condiciones de acceso
El cambio más importante es que los parados que perdieron su empleo antes de cumplir los 52 años, siempre que se mantuvieran dados de alta en la demanda de empleo hasta cumplir los 52 años, tienen derecho a la ayuda.
Las condiciones actuales serán:
- Cotizar por desempleo al menos durante 6 años a lo largo de su vida laboral
- Acreditar en el momento de la solicitud que se reúnen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación (tener 15 años cotizados, de los cuales al menos 2 deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de la solicitud).
- No tener ingresos personales superiores a 675,00€ mensuales (el 75% del SMI de 2019).
- Tener la edad de 52 años al terminar de cobrar o tener derecho a las siguientes ayudas, o permanecer en la demanda de empleo (ininterrumpido) hasta cumplir los 52 años cuando terminó de cobrar una de las siguientes ayudas:
- La prestación contributiva
- El subsidio por desempleo
- El subsidio de emigrante retornado
- Ser beneficiario de una pensión de incapacidad que ha sido revisada por mejoría.
- El liberado de prisión
- El subsidio por cotizaciones insuficientes para la prestación contributiva
¿Qué pasa con las personas que pudieron acceder al subsidio, pero no cumplía la edad de 55 años?
Si entonces tenían derecho al subsidio, y el único requisito que no cumplía era la edad de 55 años, ahora puede acceder al subsidio siempre que no haya interrumpido la demanda de empleo.
¿Y los que quedaron fuera por tener ingresos familiares superiores?
También tendría derecho a la ayuda, siempre que no haya interrumpido la demanda de empleo.
¿Habrá retroactividad con estos parados?
No, este Real Decreto entra en vigor hoy, aplicando las nuevas reglas a todos.
¿Hay que hacer algo los que están cobrando el subsidio?
Como hemos dicho, se aplica a todos los beneficiarios, así que los que estuvieran cobrando un subsidio parcial, le deberían de pagar desde hoy el 100% sin tener que hacer absolutamente nada.
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Hola tengo 48 años en el 2012 se acabo el paro tengo 22 años cotizados tengo derecho a la ayuda de los 52 años.
No tienes 52 años!!!
Vete a SEPE y pregunta si tienes derecho a algún subsidio o a la RAI.
Salu2.
Hola, estoy cobrando el paro después de haber cotizado mas de 360 días. Cuando acabe tendré cotizados 14 años y 6 meses. Cumplo con todos los demás requerimientos menos los 15 años de cotización ya que me faltan 6 meses. Si no me sale trabajo que opciones tengo?
Autónoma 6 meses? Convenio???
Un saludo.
Para cobrar el subsidio de mayores de 52 años, tienes que tener 15 años cotizados.
Si te haces autónomo, cumplirá lo de los 15 años, pero para entonces, no estarás en situación legal de desempleo y tendrías que trabajar al menos 3 meses por cuenta ajena y perder el empleo de forma no voluntaria.
En cuanto al tema de convenio, no sé si servirá, habría que preguntar tanto en la Seguriddad Social como en SEPE
Salu2.
hola ni pregunta es la siguiente tengo 48 años en el 2012 ne quede en paro he cobrado el paro los dos años y un Rai y tengo 22 años cotizados y estoy escrito en el soc cuando cumpla los 52 años tendré derecho al subsidio de 52 años es ni pregunta y mis dudas gracias un saludo cordial.
Si te mantienes de forma ininterrumpido de alta en la demanda de empleo, sí.
Salu2.
hola tengo 59 años y cumplo los 61 en octubre de 2021estoy recibiendo el subsidio desde enero de 2016 sabeis si puedo prejubilarme a los 61 años y cuanto percibiría de menos mas o menos por no esperar a los 65 actualmente tengo cotizados 38 años y 3 meses un saludo gracias
Si perdiste el empleo por un ERE o similar sí.
En cuanto a los coeficientes reductores, leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
hola he visto en el diario el economista que a lo mejor suben todo tipo de subsidios sabeis algo un saludo
Está ligado al IPREM y el IPREM y si suben, deben de subir el IPREM.
Ya lo dijeron que iban a subir para el 2020, pero se quedaron sin presupuesto y por lo tanto, no hubo subida.
Como decimos, depende de si hay presupuesto generales del estado.
Salu2.
hola estoy recibiendo el subsidio de 55 mipadre me va hacer una transferencia de 3000 euros me pueden sancionar por eso un saludo
No tiene porqué…
Si te hacen un préstamo, no es ningún ingreso que vayas a tener.
Pero si te hacen una donación, pues podría.
Salu2.
Tengo cotizado 37 años en el régimen agrario voy a cobrar una la contributiva agraria con 400 días .luego podría solicitar la ayuda para mayores de 52 años estoy en la Renta agraria.gracias
Por los datos indicados, no parece que haya impedimento para que no te conceda la ayuda.
Salu2.
Hola tengo 55 años y estoy en el paro desde junio/2020, me dijeron que no tenia derecho a ninguna paga,porque nunca he estado en el paro, de momento no tengo trabajo y tampoco ningun ingreso, me ha denegado la ayuda minima vital tambien. puedo solicitar la ayuda de los 52 años
La ayuda que puedes pedir seguramente sea la RAI (dentro de 3 meses):
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Pide cita en SEPE.
¿Estás dado de alta en demanda de empleo, verdad? es condición imprescindible para cualquier ayuda.
Salu2.
Tengo 55 años cotizado 32 años, cuando termine de cobrar la Renta agraria puedo solicitar el subsidio para mayores de 52 años?
Vete ya y pregunta.
Si tienes derecho lo puedes cobrar desde ya.
Salu2.
Tengo 56 años cotizados más de 30 también más de 6 por desempleo,tengo una una duda estoy cobrando la renta agraria pero me queda poco,pregunte en el SEPE si tenia derecho al subsidio para mayores de 52 años me dijeron que despues de la Renta agraria no podia solicitarlo,por la respuesta anterior a nuestra compañera creo que tendría derecho ,no se es que el funcionario me dio una respuesta equivocada?debería de solicitarlo después de terminar la Renta agraria ?y si me lo deniegan recurrirlo?a ver si me pueden aclarar algo,un saludo
Hay varias ayudas, el subsidio agrario de mayores de 52 años y el subsidio de mayores de 52 años (regimen general).
Al segundo seguro que no.
Al primero, debes de pregunta en SEPE, podrías tener derecho a esa ayuda.
Salu2.