La Seguridad Social garantiza que todos los ciudadanos de un país tengan cierta garantía de subsistencia llegado el momento de no poder trabajar: jubilación o invalidez.
La pensión contributiva se otorga a las personas que hayan cotizado a lo largo de su vida (al menos 15 años y que 2 de esos años sea en los últimos 15 años justamente antes de jubilarse).
La pensión no contributiva, se da a las personas que NO cumplan los requisitos anteriores (insuficiencia de cotizaciones o ninguna cotización), pero en cambio ha de cumplir otros requisitos.
¿Qué requisitos?
- Carecer de ingresos individuales. Se considera que existe carencia de ingresos cuando las rentas de que se disponga sean inferiores 5.178,60 € anuales en 2018.
- Carecer de ingresos familiares. Los convivientes no puede superar un límite de ingresos (ver más detalle aquí).
- Si la pensión que se solicita es de jubilación (tener 65 años o más) se exige una residencia de al menos 10 años en territorio español desde que el beneficiario cumplió 16 años y hasta el devengo de la pensión, de los cuales dos de ellos han de ser consecutivos.
- En el caso de pensión de invalidez, hay que tener un grado de invalidez superior al 65% y residir en territorio español, habiéndolo hecho durante un periodo de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
¿Que cubre una y otra prestación?
Tanto las pensiones contributivas como las pensiones no contributivas cubren los supuestos de invalidez y jubilación.
Además, la contributiva, cubre la incapacidad permanente (total, absoluta y gran invalidez) y por fallecimiento (viudedad y orfandad en favor de familiares).
¿Y cuánto es la ayuda?
La contributiva depende la cuantía y duración de las cotizaciones, existiendo unos mínimos y máximos (ver aquí).
En cambio la no contributiva es una cuantía fija que depende de los otros ingresos que pueda tener el pensionista. Como máximo en 2018 es de 380,10 € mensuales.
En el caso de invalidez de grado igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 5.321,40 € anuales, fijado en 2.660,70 € anuales.
¿Quién gestiona cada ayuda?
Las pensiones contributivas se gestionan de forma centralizada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Las pensiones no contributivas se gestionan de manera descentralizada por las Comunidades Autónomas, que tienen transferidas sus funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
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