En los Presupuestos Generales del Estado, ya aprobado, se incluye el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), una ayuda de 431€ a los desempleados de larga duración y con cargas familiares que reemplaza la PAE (Programa de Activación para el Empleo).
Esta ayuda entró en vigor, el pasado jueves, día 5 de julio y se puede solicitar desde ya en las oficinas de SEPE.
¿Cuál es a la ayuda?
La duración de la ayuda es de 180 días como máximo.
La cuantía es del 80% del IPREM vigente. En 2018, la ayuda es de 431€ al mes.
¿Quién se puede beneficiar de esta ayuda?
La ayuda está dirigida a los desempleados que previamente no hayan recibido la PAE, que tenga responsabilidades familiares y que se encuentre en algunas de las 2 siguientes situaciones:
- Desempleados que haya agotado el subsidio de desempleo desde el 1 de marzo de 2018.
- Parados de larga duración inscritas como demandante de empleo a 1 de mayo de 2018 y que hayan extinguido por agotamiento de algunas de las siguientes ayudas:
- Prestación o subsidio de desempleo.
- Renta Activa de Inserción (RAI).
- Programa Temporal por protección por desempleo e inserción (PRODI).
- Programa de recualificación profesional (PREPARA).
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Depende de cómo accedas a la ayuda:
- Supuesto 1) del apartado anterior:
- Terminas de cobrar un subsidio de desempleo, desde la entrada en vigor de los PGE (5 de julio): dispones de 15 días a partir de que se cumpla 1 mes de espera desde el agotamiento del subsidio anterior.
- Terminaste de cobrar un subsidio de desempleo entre el 1 de marzo de 2018 y el 5 de julio: Dispones de 5 meses desde la entrada en vigor de la ley (5 de julio).
- Supuesto 2) del apartado anterior: Sin plazo, sólo hay que demostrar que en el mes anterior se haya realizado acciones de búsqueda activa de empleo.
¿Se puede solicitar varias veces esta ayuda?
No, la SED sólo se puede recibir una única vez en la vida.
De igual forma, las personas que haya recibido la PAE no puede solicitar la SED.
¿Qué más requisitos exigen?
- Estar dado de alta en la demanda de empleo.
- Búsqueda activa de empleo.
- Carencia de rentas
- Tener responsabilidades familiares.
¿Qué es tener responsabilidades familiares?
Tener el cónyuge o hijos a cargo.
Se considera que está a cargo, cuando sus ingresos es inferior al 75% del SMI (551,93€ para 2018).
¿Vigencia de la ayuda?
La vigencia de esta ayuda es de 6 meses (hasta el 4 de enero de 2019) pero se prorrogará automáticamente si la tasa de paro esté por encima del 15%.
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Buenos días. He estado cobrando durante cuatro meses el sed. Justo a los cuatro meses he comenzado a trabajar con contrato de seis meses que termino en mayo. ¿Podría cobrar los dos meses que me quedan? Tengo que solicitar que me lo reactiven en el sepe? Muchas gracias.
Sí, puedes reanudar la ayuda y sí, tienes que ir a SEPE a solicitar la reanudación y darte de alta nuevamente en la demanda de empleo.
Salu2.
buenas,mi caso es el siguiente en noviembre del 2018 empeze la prestacion de subsidio por deseempleo ,solo me duro 3 meses ,luego en febrero de este año he solicitado el subsidio por deseempleo extraodinario,y me acaba de llegar una carta del sepe que me lo han denegado porque no estoy en ninguno de los causas del acceso :no soy parado de larga duracion ,y que el 1 de mayo de 2018 no me encontraba inscrito como demandante de empleo ni tenia interrumpida la inscripcion, pero acabo de leer los requisitos y dice que Hayan extinguido en último lugar por agotamiento cualquiera de los subsidios por desempleo previsto en el artículo 274 de TRLGSS a partir del 05/07/2018 y quienes lo hayan agotado entre el 01/03/2018 y el 04/07/2018. y yo lo he agotado el dia 30/01/19 ,que viene a ser despues del 05/07/18 , no se si pueda hacer algo,gracias.
No entiendo bien… ¿prestación de subsidio por desempleo? no será simplemente, la prestación por desempleo?
Porque o es una prestación (contributiva) o subsidio (subsistencial).
De cualquier forma, 2 de los requisitos para los que han agotado un subsidio o prestación a partir de 1 de marzo de 2018 son:
Haber permanecido inscrito o inscrita como demandante de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario.
Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo a fecha 1 de mayo de 2018. Este requisito se entenderá cumplido en los supuestos en que la persona trabajadora, aun no estando inscrita como demandante de empleo en dicha fecha, tenga interrumpida la inscripción debido a la realización de un trabajo por cuenta ajena, siempre que la duración del contrato haya sido por tiempo inferior a 90 días.
Saludos.
Buenos dias.. Fui a solicitar la ayuda del SED y no me la han concedido porque no estaba inscrita como demandante de empleo el 1 mayo del 2018, Tengo un hijo a cargo y el unico ingreso que tenia era el de los 437, pero ya se me termino.. Podria haber manera de volver a solicitarla, ademas estoy embarazada..
Pues no sabría decirte. Vete a SEPE y pregunta.
Quizás tengas derecho a la RAI…
Suerte!!
Hola mi marido está cobrando la ayuda sed,en el mes de marzo compatibilizo la ayuda con un trabajo a tiempo parcial y nos pagaron la parte proporcional,hasta ahí bien,pero el 29 de marzo fuimos a que le hicieran la reagrupación,con fecha del 14 de marzo al 21 de marzo,le llevamos un documento que nos dio el sepe,para que lo rellenara la empresa y sellara,que así lo hizo la empresa,la funcionaria dijo que ese documento no valía,pero se lo quedó el documento y dijo que eso lo tendría que hacer la empresa y este mes de mayo el día 10 l han pagado como si estuviera compatibilizando,aunque ya no está trabajando ni dado de alta, que podemos hacer? Ya tengo cita en sepe,también decir que le han alargado la ayuda 6 días más que es la fecha del 14 al 21 de abril,que a pasado? Le pagan al día 8,69
Tendrás que entregar la documentación que le ha pedido…
No ha hecho efectivo a reanudación al 100% de la ayuda.
Vete nuevamente a SEPE, entrega toda la documentación.
Salu2.
Gracias X su contestacion,hemos ido a sepe y a sido una equivocación de ellos,así que el mes que viene abonarán lo que pagaron de menos este mes, estaba como compatibilizando el trabajo y la ayuda y este mes pasado mi marido no había trabajado,como usted m dijo no tenía concedida la ayuda el 100%muchas gracias.
Nos alegramos
Salu2.
Hola, tengo una duda…se me acaba el paro y me dicen q puedo cobrar el subsidio SED, sabéis si la cuantía varía ? Tengo 2 hijos y no sé si cobraré 431 euros como cualquier otro parado o por lo contrario algo más?
Gracias
Los subsidio son una cuantía fija, 431€ al mes.
Salu2.
Hola,
He solicitado, el subsidio SED el día 18/06/2019 y a día de hoy me sigue figurando en trámite. Cuánto se tarda en contestar la solicitud?
Pero es normal…
Suele tardar entre 1 y 2 meses en resolver comenzar a pagarte.
Si tienes suerte, tarda unos pocos días… pero no es lo normal.
Salu2.
Hola se me acaba el subsidio SED y tengo dos hijos a cargo hay algún subsidio o ayuda que solicitar después. Tengo 38 años.
Muchas gracias.
Me temo que de SEPE ya nada hasta que vuelvas a trabajar o tener 45 años.
Mira a ver si en tu Comunidad Autonóma ofrece una ayuda de Renta Social.
Igualmente, puedes pedir la ayuda por hijo a cargo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2019/06/24/eres-padre-mil-eurista-pide-esta-ayuda-de-hasta-1-000e-por-cada-hijo-a-cargo/
Salu2.
Buenos días, voy a solicitar la prestacion SED, y me piden la renta de 2018 de mi conyugue, tengo hijo menor de edad sin ingresos. Pero si sumo los ingresos de 2018 supero el 75% del SMI. Mi duda es, me lo denegaran? o excluyen a mi conyugue de la unidad familiar por superar el 75% y solo me considerarian con mi hijo?
Tienes que sumar todos los ingresos, dividir entre el número de miembros y no ha de superar el 75% del SMI.
Además se utiliza la renta de 2018 para determinar si ahora mismo tienes o no suficientes rentas.
Por ejemplo, si tuviste tu rentas en 2018 porque trabajaste, lógicamente, esos ingresos ya no tendrías ahora y no se tendría en cuenta.
Salu2.
Entonces entiendo que si a día de hoy no supero el 75% entre los 3 miembros de la unidad familiar, no debe de haber problema? porque mi duda era que si tenemos en cuenta las rentas de 2018 de todos los miembros no me lo darian, pero a día de hoy las rentas no son las mimas. Gracias
Claro, las rentas de trabajo o prestaciones o subsidios que pudieras tener en 2018, lógicamente ahora ya no las tienes, porque ya no trabajas y por eso solicitas el subsidio.
Salu2.
Buenas, estaba cobrando el subsidio por desempleo de 21 mes (tengo una niña de 7 años) y cuando me quedaba solo tres meses para acabar el subsidio empeze a trabajar seis meses, quiero saber si cuando termine de trabajar puedo volver a cobrar los 21 meses o me dan los 3 meses que me quedaron en el otro subsidio.
Al no haber trabajado más de 1 año, reanudas la ayuda pendiente. Los 6 meses trabajados te lo guardan. Cuando acabes la ayuda, aunque trabajes sólo 1 día podrías pedir el subsidio.
De todas formas, pregunta por si te dan la opción de renuncia a la ayuda pendiente y pedir un nuevo subsidio (pregunta en SEPE).
Salu2.
Hola, mi duda es en la parte de la Bae, si ya estoy inscrita en los portales de empleo, igualmente vale como certificado para la Bae?
No, leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2018/07/11/como-cumplir-el-requisito-de-busqueda-activa-de-empleo-bae-sin-salir-de-casa/
Slau2.