¿Has cometido un error en tu declaración de la renta o estás pensando en no presentar la declaración porque te sale a pagar o simplemente quieres añadir una deducción al que no tienes derecho? Todas estas acciones conlleva una sanción, os indicamos cuáles son.
Hacienda dispone de unos avanzados mecanismos informáticos y tecnológicos para perseguir el fraude tributario: cruce de datos; además de realizar revisiones de declaraciones sensibles y mediante controles aleatorios entre las declaraciones no sensibles a fraude.
Una vez que Hacienda detecta una infracción, además de hacerte pagar lo que te corresponde, te aplican una sanción que dependen de la reincidencia y del tipo de infracción cometido:
- Infracciones muy graves: Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas… Las sanciones que se aplican ronda entre el 100% y 150%.
- Infracciones graves: Cuando la cuantía de la infracción supera los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad se debe a la ocultación de datos. Las sanciones aplicables son entre el 50% y el 100% de la infracción.
- Infracciones leves: Infracciones que no superan los 3.000€ o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos. Las sanciones son del 50% del impuesto no ingresado.
¿Cuál es la sanción por presentar la Declaración fuera de plazo?
Depende de si la Declaración es positiva o negativa, es decir, si te sale a pagar o a devolver.
A devolver:
- La sanción ronda entre 100 y 400 euros, generalmente si se presenta voluntariamente la multa es de 100 euros y en algunos caso incluso nada por descuido de la administración.
A pagar:
Si el contribuyente la presenta voluntariamente, la sanción será en función del tiempo que haya pasado desde la fecha que tenía obligación de presentar.
- Antes de 3 meses: 5% de la cantidad a ingresar.
- Entre 3 y 6 meses: 10% de la cantidad a ingresar.
- Entre 6 y 12 meses: 15% de la cantidad a ingresar
- Más de 12 meses: 20% de la cantidad a ingresar más los intereses de demora.
¿Y si no lo presento?
Cuando un contribuyente tiene la obligación de hacer la declaración y no lo presenta, la Agencia Tributaria puede requerirle y sancionarle incluso cuando la declaración es a devolver.
A devolver:
- La sanción ronda entre 100 y 400 euros.
A pagar:
- Infracciones muy graves: Independientemente de la cuantía, cuando una persona se ha beneficiado gracias a uso de medios fraudulentos: doble contabilidad, facturas falsas… Las sanciones que se aplican ronda entre el 100% y 150% de la cuantía defraudada.
- Infracciones graves: Cuando la cuantía de la infracción supera los 3.000€ y más del 10% de esa cantidad se debe a la ocultación de datos. Las sanciones aplicables son entre el 50% y el 100% de la cuantía defraudada.
- Infracciones leves: Infracciones que no superan los 3.000€ o más siempre que no se haya producido una ocultación de datos. Las sanciones son del 50% del impuesto no ingresado.
¿Otros?
- Obtener devoluciones indebidamente: 50% o 26,25% si no se recurre.
- No comunicar el cambio de domicilio fiscal: 100€ o 75€ en caso de no recurrir.
- NO presentar correctamente y completa la declaración: 50% o 26,25% si no se recurre.
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