A partir del próximo día 8 de Mayo, se podría solicitar Cita previa con la AEAT para que nos ayuden a revisar el Borrador y elaborar nuestra Declaración de la Renta.
Como novedad este año, está el Plan Le Llamamos, que también se requiere pedir cita previa (ya disponible), donde un técnico de Hacienda te llama por teléfono para hacer el mismo trámite.
Para los que quieren tener al técnico cara a cara, les avisamos que el servicio de cita previa presencial suele saturar enseguida dada su alta demanda, por lo que si quieres conseguir cita, pídela cuanto antes.
Os damos algunas indicamos para no perder tiempo y no desesperarte en el intento.
1.- ¿Quiénes pueden pedir Cita Previa en la AEAT?
Para que un gestor de la AEAT nos elabore nuestra Declaración de la renta, hay que cumplir las siguientes condiciones:
- No tener rendimientos del trabajo superiores a 65.000€, ni rendimientos del capital mobiliario superiores a 15.000€.
- No tener actividades económicas en estimación directa.
- No tener alteraciones patrimoniales por más de dos transmisiones de bienes.
- No tener más de un inmueble arrendado.
- No estar en regímenes especiales.
- Tampoco se confeccionan declaraciones complementarias de años anteriores.
2.- ¿Cómo solicitar Cita previa?
Se puede solicitar Cita Previa para la elaboración de Declaraciones y modificación de Borradores en las Oficinas de la Agencia Tributaria a través de dos vías:
- Plazo para solicitar Cita Previa: desde el 8 de mayo al 29 de junio de 2018.
- Cita previa por internet
- Cita previa por teléfono: 901 22 33 44 o su fijo equivalente, mucho más económico: 91 553 00 71 (L a V de 9 a 19h)
El servicio de atención en oficinas para modificar el borrador o confeccionar la declaración de Renta se prestará desde el 10 de mayo hasta el 2 de julio.
3.- ¿Qué datos y documentación hay que llevar el día de la Cita?
Puede verlo detallado para no olvidarse de nada en el siguiente enlace:
->> ¿Qué documentos hay que llevar a la Cita con la AEAT para que te hagan la Declaración?
4.- ¿Cuántas veces puedo pedir Cita?
Se pueden pedir hasta un máximo de dos citas por contribuyente para facilitar el acceso a citas a un mayor número de contribuyentes.
5.- ¿Puede ir otra persona por mi a gestionar mi Borrador y Declaración?
Sí. Pero es necesario pedir Cita previa a nombre de esa persona y acudir con autorización firmada siguiente:
->> Modelo de autorización para cita previa para Renta PDF.
6.- ¿Hay que solicitar cita para cada uno de la familia?
No. Basta con solicitar una cita por unidad familiar
Existen dos modalidades de unidad familiar:
1.- La formada por los cónyuges no separados legalmente y si los hubiere:
- Los hijos menores de edad (menores de 18 años) salvo los que vivan independientes, con el consentimiento de los padres.
- Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
2.- En caso de separación legal o si no existe vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos, antes apuntados, que convivan con uno u otro.
7.- ¿Tengo que anular la Cita si no puedo acudir?
Sí. En caso de no poder acudir a la cita hay que anularla como mínimo un día antes.
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