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14 de diciembre de 2017

Aprobada la Custodia compartida para las Mascotas en caso de separación o Divorcio

Casi el 40% de los hogares españoles tiene una mascota en casa. Con la modificación del Código Civil, los animales domésticos dejarán de considerarse «cosas» y se tendrá en cuenta su sensibilidad de forma que ante una separación o divorcio, podrá ser el juez el que decida la custodia compartida de los animales de compañía.

Vemos cuáles son los puntos que quedarán modificados por Ley y cómo te afectarán si tienes mascotas en casa para que lo tengas en cuenta.

Mascotas con Custodia compartida en separación o divorcio.

En los casos de separación o divorcio, el destino de la mascota suele convertirse en un punto de disputa entre los cónyuges.

Se estima que en España hay más de 20 millones de animales domésticos según señala el censo de la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC), lo que supone que casi el 40% de los hogares tienen una mascota.

Con el Código Civil modificado una vez sean aprobados de forma definitiva los cambios, en casos de desacuerdo ante una separación o divorcio, podrá será el juez el que decida la custodia compartida de los animales de compañía.

  • Para ello la normativa indicará que corresponderá al juez decidir

    «el destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, pudiendo preverse el reparto de los tiempos de disfrute si fuere necesario» (quedaría modificado así el artículo 90)

  • Además, se señalará que

    «la autoridad judicial confiará los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar animal». (artículo 94 bis)

¿En caso de divorcio o separación, quién se quedaba hasta ahora con el animal?

Para determinar el destino del animal hasta ahora bastaba con comprobar a nombre de quién estaba inscrito.

Se considera una «cosa» más sobre la cual se «medía» fríamente su valor al igual que se mide el valor de la casa, del coche, de las acciones…

¿Y si se trata de un animal exótico que no sea ni perro ni gato?

La modificación de la Ley se aplicará para todos los animales que sean de compañía (independientemente de qué tipo de animal se trate), ya sea una iguana, un canario, un cerdo vietnamita o una araña por ejemplo..

Se entiende por animal de doméstico a aquel que convive con el humano por el mero disfrute de su compañía.

El destino que la persona le de al animal es lo que determina si es un animal de compañía o no.

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