Ya está abierto el plazo para solicitar las Ayudas a la compra de Material Escolar para niños de Educación Infantil, Primaria y ESO para todas las familias de Salamanca que deseen solicitarlas que cumplan las condiciones requeridas.
Vemos cuál es el plazo para solicitarlo, la cuantía de las ayudas, qué condiciones hay que cumplir, y qué tipo de material escolar puedes comprar y cuál no está incluido.
¿Quién puede solicitar estas ayudas para la compra de Material escolar?
Podrán ser solicitadas por el padre, la madre o los tutores legales de los alumnos que cursen 2º ciclo de Educación Infantil, Primaria o ESO que cumplan las condiciones que señalamos en los puntos siguientes, así como la entidad o familia de acogida que ejerza la guarda del menor en el caso de los alumnos con expediente de protección abierto.
¿Qué plazo hay para solicitar las ayudas?
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día 18 de septiembre de 2017 hasta el 27 de septiembre de 2017.
Si el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o domingo, se entenderá automáticamente prorrogado el plazo hasta el lunes inmediatamente posterior a la citada fecha.
¿Qué material escolar es subvencionable y cuál no está incluido?
Unicamente es subvencionable el siguiente material escolar: libretas, blocs, lapiceros, pinturas de colores, bolígrafos, rotuladores, carpetas, clasificadores, reglas, tijeras, mochilas, estuches, sacapuntas, gomas de borrar, pegamentos.
No serán subvencionables: uniformes, material y ropa deportiva, material o dispositivos informáticos o electrónicos
(e-books, tablets, memorias USB, calculadoras científicas, etc), cuadernos de trabajo y ejercicios.
IMPORTANTE: sólo se subvencionará el material escolar adquirido entre el 26 de Junio de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017, y es imprescindible solicitar factura, ya que no se admitirán tiques.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
El importe de la ayuda para la compra de material escolar se fija en las siguientes cuantías:
- 50€ para el segundo ciclo de Educación Infantil.
- 50€ para Educación Primaria.
- 50€ para ESO.
El importe de la ayuda por alumno nunca podrá ser superior al importe del gasto acreditado, que será liquidado en un único pago por transferencia bancaria al número de cuenta presentado junto a la solicitud o justificado mediante documento acreditativo y previa justificación de los gastos realizados entre el 26 de Junio de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017.
¿Qué requisitos hay que cumplir para poder solicitar las ayudas?
Para poder solicitar la ayuda se deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar empadronada en Salamanca con fecha anterior
al 1 de enero de 2017, tanto los solicitantes de la ayuda como los alumnos beneficiarios.
b) Estar matriculado durante el curso escolar 2017/18, en algún centro escolar ubicado en el término municipal de Salamanca, en alguno de los siguientes cursos:
• 2º ciclo de Educación infantil (3 a 6 años).
• Educación Primaria.
• Educación Secundaria Obligatoria
c) Presentar la solicitud y documentación requerida en los plazos establecidos.
d) No estar incurso en ninguna de las causas establecidas en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
e) No tener expediente abierto de absentismo escolar por la Comisión de Absentismo Escolar de la Dirección Provincial de Educación, durante el curso 2017-18.
f) No tener deudas tributarias con el Ayuntamiento de Salamanca.
¿Cuál es el límite de rentas que hay que cumplir?
Podrán ser beneficiarios aquellas familias cuyas rentas máximas del año 2016 no superen las siguientes cuantías, teniendo en cuenta el Salario Mínimo Interprofesional para el año 2016, fijado por R.D. en 655,20€/mes:
¿Dónde se solicita?
Cada familia utilizará una UNICA solicitud para todos los hijos escolarizados en estos niveles educativos.
Las solicitudes hay que presentarlas en el registro general de la Fundación Salamanca Ciudad de Cultura y Saberes, situada en la Plaza del Liceo s/n.
->> Modelo de Solicitud de ayudas compra Material Escolar
¿Qué documentación hay que presentar?
Obligatoriamente en todos los casos hay que presentar lo siguiente:
- Fotocopia y original para su compulsa del DNI/NIE/pasaporte de la madre y el padre o representantes legales del menor firmante de la solicitud (en los supuestos de separación o divorcio de los padres serán firmada únicamente por el progenitor que tenga la custodia del menor).
- Fotocopia y original para su compulsa del Libro de familia completo.
- Certificado histórico de empadronamiento, donde figuren todos los miembros de la unidad familiar,
si no se autoriza su consulta en la solicitud. - Certificado del centro educativo de que el menor está matriculado en alguno de los niveles de enseñanza para los que se solicita la ayuda o, en su caso, fotocopia de la matrícula.
- Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas del año 2016 o, en su defecto, del certificado tributario de imputaciones de los miembros computables de la familia distintos de la persona solicitante, cuando no autoricen la consulta telemática.
Si los solicitantes así lo desean pueden autorizar al Ayuntamiento de Salamanca y a la Fundación Salamanca Ciudad de Cultura y Saberes para solicitar en su nombre los datos relativos al IRPF del año 2016 en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) del padre, madre o tutores, en cuyo caso no tendrán que aportar los certificados. En el caso de no poder acreditar la renta del año 2016 se aportará lo previsto en el artículo 6 de estas Bases.
¿En qué plazo se deberán presentar las facturas del material comprado?
Una vez que se publiquen las listas definitivas, se abrirá un nuevo plazo para la presentación de las facturas (no valen los tiques) del material escolar comprado por las familias, que haya sido adquirido entre el 26 de Junio de 2017 y hasta el 31 de diciembre de 2017.
El año pasado para el curso 2016/2017 este plazo de presentación de facturas se abrió en Febrero de 2017.
Conviene estar muy atentos, ya que el plazo es de tan sólo 10 días para presentar las facturas, y en caso de no hacerlo se pierde todo el derecho al cobro de la ayuda pese a haber presentado la solicitud y cumplir las condiciones.
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