A la hora de comprar un vehículo son varios los descuentos y beneficios fiscales que se pueden solicitar si se tiene alguna minusvalía, ya sea el vehículo para uno mismo, o para el transporte habitual de un familiar directo.
Uno de los descuentos que más dinero ahorrado supone, es la aplicación del Iva reducido al 4% en vez de aplicar el general del 21%, pero para ello hay que cumplir las condiciones que Hacienda impone y que vemos a continuación.
¿A qué vehículos se le puede aplicar el Iva al 4% en el precio de compra?
Se aplicará el IVA reducido al 4% en la compra de vehículos nuevos sin matricular (no se aplica a los KM0 al estar ya matriculados, ni a los coches de segunda mano u ocasión) o vehículos de segunda mano sujetos a IVA destinados al transporte de personas con discapacidad en sillas de ruedas o con movilidad reducida, con independencia de quién sea el conductor de los mismos.
¿Qué condiciones hay que cumplir?
Para poder solicitarlo hay que cumplir las siguientes 3 condiciones:
- Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo solicitando estos beneficios fiscales por minusvalía en Hacienda. No obstante, este requisito no se exigirá en supuestos de siniestro total de los vehículos, debidamente acreditado.
- Que el vehículo comprado con este descuento no sea vendido (transferido) durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.
- Que se obtenga previamente la certificación de discapacidad del IMSERSO o entidad gestora a la Comunidad Autónoma correspondiente.
Cuidado! Se requiere previa aprobación de Hacienda
Para poder aplicar el IVA reducido al 4% se requiere el previo reconocimiento del derecho por la Administración tributaria, mediante la solicitud (modelo 04). Este reconocimiento, en caso de producirse, surtirá efecto desde la fecha de su solicitud.
¿Quienes se consideran personas con «movilidad reducida»?
Además de las personas que se desplazan en silla de ruedas, se considerarán personas con «movilidad reducida»:
- Las personas ciegas o con deficiencia visual y, en todo caso, las afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) que acrediten su pertenencia a la misma mediante el correspondiente certificado.
- Los titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad emitidas por las corporaciones locales o, en su caso, por las comunidades autónomas.
¿Qué documentación hay que presentar para solicitar el IVA reducido?
Solicitud de aplicación Iva reducido al 4% (modelo 04):
Intrucciones para rellenar y presentar el Modelo 04
Esta solicitud se deberá acompañar la documentación que acredite que el destino del vehículo es el transporte habitual de la persona con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida (certificado de la ONCE, Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad..)
Además se deberá presentar el certificado o resolución expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente.
¿Qué otros descuentos puedo solicitar a la hora de comprar un vehículo con minusvalía?
Con sólo cumplir tener certificada una minusvalía superior al 33% podrá solicitar:
- en Hacienda la Exención del Impuesto de matriculación (sólo para vehículos nuevos sin matricular o de importación)
- Exención del Impuesto municipal de circulación en su ayuntamiento correspondiente (en este caso se aplica tanto a vehículos nuevos como de ocasión. Se exige que el titular del vehículo sea la persona con minusvalía, y sólo se puede solicitar para un solo vehículo por titular)
- Si además se desplaza en silla de ruedas o tiene acreditada como tal la movilidad reducida, podrá solicitar el Iva al 4% tal como señalamos en el artículo superior.
Artículos relacionados:
Vivo en un pueblo de la provincia de Girona,tengo 55 años, me han otorgado el grado de discapacidad del 51% pero no tengo el baremo de movilidad.
Quisiera comprarme un coche, puede ser cualquier tipo de coche? para poder optar a:
-Exencion del impuesto de matriculacion del vehiculo
-Exencion del impuesto de circulacion del vehiculo
Pero estoy en tramites para que me otorguen la Invalidez Absoluta, y si no llego a cumplir los requisitos iran a por una Invalidez Total en mi trabajo . Con esto es suficiente para que me apliquen el 4% de Iva reducido si no tengo lo de la mobilidad?
Muchas gracias por su atencion, saludos
Conchi
Buenos días
Para las dos exenciones que comentas, basta con tener minusvalía superior al 33%. (el coche para la exención del Impuesto de matriculación debe ser nuevo, no valen km0 ni segunda mano..).
Para la exención del Impuesto municipal de circulación, da igual si el coche es nuevo o no.
Sin embargo, para la aplicación del Iva reducido al 4% es necesario tener acreditada la movilidad reducida como tal (aunque te concedan la invalidez total no sería acreditación suficiente para ello). Debes solicitar valoración de tu movilidad y conseguir certificado que acredite que es reducida.
Salu2 y suerte con la compra!
Hola,
Mi madre ha solicitado la aplicación del iva reducido, tiene una minusvalia del 72% y la movilidad reducida de un 7, pero no tiene carnet de conducir!! ha tenido que entregar mi carnet de conducir como hija y el libro de familia.
Le han comentado que al no vivir el conductor con ella que será denegada la solicitud!
Mi duda és que en la normativa no hemos visto que eso sea un requisito para poder tramitarlo.
He podido ver que se puede solicitar independientemente del conductor, pero no especifica nada más.
Esto queda en manos de lo que decida el inspector?
Se podría reclamar en caso de que lo denegaran?
Os agradecería me pudierais informar
Gracias
Ana
Buenos días
No dejéis de solicitarlo, porque por lo que indicas tu madre cumple todas las condiciones para poder solicitarlo.
Y lo que se exige es que sea para el transporte habitual de la persona con minusvalía (no que tenga que conducir ella, ni que deba tener carnet de conducir..)
Así que no vemos motivo para que se lo denieguen.
Como bien indicas, en la normativa no figura nada del tema del conductor que te han comentado.
Matricular el vehículo a su nombre, y que figure ella también como tomadora del seguro (sólo sería la que paga la prima, como conductora habitual puedes ponerte tú o quien vaya a conducir el vehículo habitualmente)
– Y una vez matriculado, puede solicitar también la exención del Impuesto municipal de circulación en su ayuntamiento.
Salu2!
Ok, muchas gracias por la respuesta tan rápida!
Lo que haremos es que si lo deniegan es hacer una reclamación.
Saludos
Ana
Hola, tengo un hijo con una discapacidad del 87% y le llevo todos los días a un centro especial. Vivimos juntos y tengo que desplazarme todos los días para llevarle. Estoy con idea de comprar un coche, el que llevo ahora es de un familiar que me lo deja. Que exenciones me corresponden?
Muchas gracias y un cordial saludo.
Para que tengas exención, el vehículo debe de ser uso exclusivo para tu hijo y me temo que no será así.
Salu2.
Mi hijo es discapacitado psíquico y además tiene acreditada la movilidad reducida y alguien le tiene que llevar todos los días y soy yo la que le lleva
Ya, pero el vehículo para que tenga exención debe de ser uso exclusivo de dicha persona. No te lo puedes llevar a tu trabajo y para tu vida diaria.
Salu2.
Hola, mi madre compro un coche hace un año y medio con la deduccion de iva y ahora quiere venderlo y comprar otro. Que tenemos que hacer para poder compar el nuevo con la deduccion de iva tambien?
No se puede hacer eso. Se perdería la deducción aplicada en el vehículo (no se puede transferir en un plazo de 4 años).
Si se hiciera lo que indica, habría que devolver la exención del vehículo actual, eso sí, se podrá pedir nuevamente sobre el nuevo vehículo.
Salu2.
Hola, tengo una minusvalia y movilidad quiero comprar un coche con el iva reducido del 4%, mi proxima revisión de minusvalia y movilidad es dentro de 1 1/2 años que ocurriria si no me la renovaran la movilidad despues de haber comprado el coche.
Gracias!
Si en el momento de la compra, cumples las condiciones… después nadie te va a reclamar la devolución… salvo que vendas el coche o similar (ya que en ese caso, se comunica a la administración de un hecho sobre tu vehículo.
Salu2.
He visto esto en otro foro es verdad? «Yo lo que sé es que el titular del coche únicamente es necesario que conduzca él mismo o que vaya como acompañante del conductor en los casos que haya solicitado la exención (en los casos de minusvalía) del impuesto de circulación y se lo hayan concedido. En ese caso SÍ necesariamente ha de ir en el coche ya sea conduciendo o como acompañante del conductor. Es decir: SIEMPRE ha de ir en el coche.
Pero si no tienes concedida la exención del impuesto de circulación (si pagas el impuesto) entonces el vehículo puede circular aunque no lo conduzca el titular»
Según esto deduces solo el IVA del 4% y pagas el permiso de circulación y lo puede conducir cualquiera? esto es factible?
No es necesario que le minusválido siempre vaya en el coche, puede que hayas ido a sacar el coche del parking para ir a buscar a esa persona o has ido a realizar un mantenimiento del vehículo, que no tiene porque acudir la persona discapacitada.
Hola según lo que he leído, yo teniendo 48% de discapacidad y sin movilidad reducida (5) puntos ara poderme beneficiar de la reducción del Ivá lo más conveniente seria afiliarme o ser socio de la once no?
Si eres socio de la ONCE directametne tienes derecho a la bonificación.
Salu2.
Buenos dias, mi pregunta es la siguiente, solicitado el reconocimiento del derecho a la aplicación del tipo impositivo reducido del 4% para la compra del vehículo y recibido en mi domicilio hace pocos días al ir a entregar al concesionario el documento me comentaron que el vehículo estaba ya en las instalaciones les dije que me lo enseñaran y observándolo me di cuenta que tenia un material deteriorado, se lo comunico al vendedor y me dice que se pondrán en contacto conmigo,a los pocos días me dicen que lo reparan que no lo cambian y yo les comento que no, que es un coche nuevo y quiero toda la pieza nueva y no están por la labor creo que tengo ahora un problema al tener solicitado la reducción, no podré solicitar otra reducción del 4% del Iva si no comprara este coche y me decidiera por otro en otro concesionario tendré que esperar otros 4 años?
http://www.preguntasfrecuentes.net/2008/11/20/consultorio/comment-page-9/#comment-408712
Hola buenos días. Leyendo su artículo he visto que es posible poner un vehiculo a nombre del conyuge de la persona minusválida beneficiándose del iva reducido. Mi padre es minusválido y hemos comprado un coche. El problema viene que dicen en la gestoría que solo puede ir a nombre de la persona minusválida y no del conyuge. Me pueden decir la ley en la que dice que esto no es cierto? Muchas gracias un saludo.
¿y qué más da? Ponlo a nombre del minusválido y ya está, no? ya que para poderse beneficiar de esta ayuda, el vehículo será de uso exclusivo del esta persona.
Salu2
Hola,
he visto que el IVA reducido del 4% al comprar vehículo nuevo para una persona con movilidad reducida se pierde si se transmite el citado vehículo antes de 4 años desde la compra.
¿Qué ocurriría si antes de esos 4 años fallece la persona con la movilidad reducida, también se perdería? Es decir, ¿habría que devolver a Hacienda esa diferencia de IVA entre el 4 y el 21% en el momento en que los herederos se queden con ese vehículo?
Muchas gracias.
Eso es por causa mayor… no creo que se haya que devolver, pero acudir a Tráfico y pedir información.
Salu2.
puedo beneficiarme del la bajada del iva, del 21% al 4% con incapacidad permanente absoluta
Si cumples las condiciones arriba indicadas.
Salu2.
voy a comprar una autocaravana a nombre de mi hija con una minusvalia del 80 % y baremo de movilidad positivo.es para su transporte aunque logicamente lo conducire yo,su padre.?tengo derecho al iva del 4 % o hay alguna exclusion segun que tipo de vehiculo sea?gracias.
Si el vehículo es de uso exclusivo del discapacitado (que no creo que sea así en este caso), sí tendrías derecho al IVA reducido.
SAlu2.