En tan sólo 1 mes después del inicio de la Campaña de la Renta 2016 a presentar en 2017, Hacienda ya ha realizado la devolución de 1.041 millones de euros a los contribuyentes que ya la han presentado y les salía a devolver.
Vemos cuántos contribuyentes ya han recibido su devolución y qué debes hacer para solicitarla si la tuya es una de las 13.145.000 declaraciones que aún estarían pendientes devolver («sólo» 4.975.000 declaraciones saldrán «a ingresar»).
¿Cuántos contribuyentes ya han recibido su devolución de Hacienda?
Tan sólo el primer mes de la campaña de la Renta 2015:
1.630.000 contribuyentes ya han recibido su devolución, del 2.165.000 declaraciones ya presentadas, lo que supone un desembolso de 1.041 millones de euros.
Sin embargo, hay hay muchas declaraciones a devolver pendientes de solicitar:
- en la campaña de este año está prevista la presentación de 19.750.000 declaraciones, de las cuales 14.775.000 serán a devolver, por importe de 11.198 millones de euros
- 4.975.000 declaraciones saldrán con resultado a ingresar, por importe de 8.537 millones de euros.
¿Cómo solicitar la devolución? Formas de presentar la Declaración
El nuevo sistema Renta Web permite modificar, tramitar y presentar el Borrador de forma rápida y cómoda.
->> ¿Cómo conseguir la clave de acceso al Renta Web y ver el Borrador?
Este año, el 100% de los contribuyentes tienen que utilizar este sistema, ya que el Programa PADRE ha dejado de existir.
Ya he presentado mi claración y no me ha devuelto. ¿Cuándo me lo devolverán?
Lo cierto es que la Administración dispone de un plazo de 6 meses, desde el término del plazo de presentación de las declaraciones (hasta el 2 de enero de 2017), o desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo, para realizar el abono del importe de la devolución solicitada por el contribuyente.
Transcurrido el plazo de 6 meses sin que se haya ordenado el pago de la devolución por causa imputable a la Administración, se aplicará automáticamente a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha de ordenación del pago.
Lo cierto es que cuánto antes se presenta la Declaración a devolver antes te devuelven, pues a medida que transcurre el tiempo, la acumulación de declaraciones pendientes de tramitar ocasiona que los tiempos de espera para la devolución se alarguen.
Dudas sobre la Declaración: Teléfonos AEAT de consulta e información
Principales servicios de asistencia e información
- Teléfono Asistencia: 901 200 345 para gestionar el borrador; de 9 a 21 horas, de lunes a viernes.
- Teléfono Renta Información: 901 33 55 33 para resolver dudas; de 9 a 19 horas, de lunes a viernes.
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me parece muy fuerte que hacienda tenga derecho a retrasarse en una devolucion 6 meses y en cambio para que nosotros paguemos nos das solo un par de meses,, haber si arreglan en problema que nosotros si necesitamos el dinero ya bastante pagamos
Da el mismo tiempo para devolver que para pagar.
Ten en cuenta que la renta se puede declarar hasta finales de junio. Esas rentas corresponde al año anterior.
Lo que sí que es de impresentables es que hagan que la mayoría de las declaraciones sean a devolver. De esta forma, pueden quedarse con nuestro dinero del año anterior (2016), hasta finales de 2017.
Salu2.