La campaña de la Declaración de la Renta 2016 a presentar en este año 2017 empezó el pasado día 5 de abril.
A partir de esa fecha, si los datos son correctos, ya podría confirmar su Borrador de la declaración.
¿Pero cómo se consigue el Borrador de la Declaración? ¿Me lo enviarán a mi domicilio? Lo aclaramos.
¿Cómo conseguir el Borrador de la declaración de la Renta?
Hay 2 formas de obtener el Borrador.
- Por Internet a través del nuevo sistema de la AEAT llamado Renta Web (operativo sólo a partir del 5 de abril), para lo cual hace falta disponer de certificado electrónico o DNIe, Cl@ve PIN o número de referencia (que se puede conseguir a su vez con la Casilla 440 de la Declaración de la Renta 2015).
- Por correo ordinario:
Se lo enviarán por correo postal sólo en el caso de que confirmará el borrador de 2014, y no haya accedido al sistema Renta WEB y no haya presentado su declaración de IRPF 2015. Sino no lo recibirá.
¿Desde qué fecha se puede obtener el Borrador y confirmarlo?
El Borrador se puede obtener desde el 6 de abril hasta el 30 de junio de 2016.
Antes de esa fecha no está disponible ni para verlo ni para confirmarlo.
¿Cuándo me lo enviarán a casa por correo?
En el caso de que confirmara el borrador de 2015, y no haya entrado en el nuevo sistema de AEAT llamado Renta Web, se lo enviarán a casa a partir de Mayo. Se enviarán por orden progresivo.
No espere recibirlo antes..
¿Tienen derecho todos los contribuyentes a recibir el Borrador?
No. No todos los contribuyentes tienen derecho al Borrador.
Aquellos que perciben rentas de actividades económicas (autónomo, viviendas en alquiler..), no tendrán Borrador y deberán elaborar su declaración y obtener sus datos fiscales a través del programa PADRE.
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