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4 de mayo de 2016

Las 7 claves de la Cita Previa para hacer la Declaración con la AEAT

Desde el 4 de Mayo ya se puede solicitar Cita previa con la AEAT para que nos ayuden a revisar el Borrador y elaborar nuestra Declaración de la Renta.

Es un servicio que se suele saturar enseguida dada su alta demanda, por lo que si quieres conseguir cita, pídela cuanto antes.

Vemos quiénes pueden pedir Cita, cómo solicitarla, qué datos hay que llevar y resolvemos las consultas sobre este tema.

1.- ¿Quiénes pueden pedir Cita Previa en la AEAT?

Para que un gestor de la AEAT nos elabore nuestra Declaración de la renta, hay que cumplir las siguientes condiciones:

  • No tener rendimientos del trabajo superiores a 65.000€, ni rendimientos del capital mobiliario superiores a 15.000€.
  • No tener actividades económicas en estimación directa.
  • No tener alteraciones patrimoniales por más de dos transmisiones de bienes.
  • No tener más de un inmueble arrendado.
  • No estar en regímenes especiales.
  • Tampoco se confeccionan declaraciones complementarias de años anteriores.

2.- ¿Cómo solicitar Cita previa?

Se puede solicitar Cita Previa para la elaboración de Declaraciones y modificación de Borradores en las Oficinas de la Agencia Tributaria a través de dos vías:

  • Plazo para solicitar Cita Previa: desde el 4 de mayo al 29 de junio de 2016.
    • Cita previa por internet
    • Cita previa por teléfono901 22 33 44 o su fijo equivalente, mucho más económico:  91 553 00 71 (L a V de 9 a 19h)

El servicio de atención en oficinas para modificar el borrador o confeccionar la declaración de Renta se prestará desde el 10 de mayo hasta el 30 de junio.

3.- ¿Qué datos y documentación hay que llevar el día de la Cita?

Puede verlo detallado para no olvidarse de nada en el siguiente enlace:

->> ¿Qué documentos hay que llevar a la Cita con la AEAT para que te hagan la Declaración?

4.- ¿Cuántas veces puedo pedir Cita?

Se pueden pedir hasta un máximo de dos citas por contribuyente para facilitar el acceso a citas a un mayor número de contribuyentes.

5.- ¿Puede ir otra persona por mi a gestionar mi Borrador y Declaración?

Sí. Pero es necesario pedir Cita previa a nombre de esa persona y acudir con autorización firmada siguiente:

->> Modelo de autorización para cita previa para Renta PDF.

6.- ¿Hay que solicitar cita para cada uno de la familia?

No. Basta con solicitar una cita por unidad familiar

Existen dos modalidades de unidad familiar:

1.- La formada por los cónyuges no separados legalmente y si los hubiere:

  • Los hijos menores de edad (menores de 18 años) salvo los que vivan independientes, con el consentimiento de los padres.
  • Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

2.- En caso de separación legal o si no existe vínculo matrimonial, la formada por el padre o la madre y todos los hijos, antes apuntados, que convivan con uno u otro.

7.- ¿Tengo que anular la Cita si no puedo acudir?

Sí. En caso de no poder acudir a la cita hay que anularla como mínimo un día antes.

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