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28 de abril de 2016

¿Qué hacer si ya he confirmado el Borrador con errores en los datos declarados?

Son muchos los contribuyentes que a estas fechas ya han presentado su Declaración de la renta de 2015 mediante la confirmación del Borrador con el sistema Renta Web

Sin embargo, algunos de ellos se han dado cuenta de que hay errores u omisión de datos en dicho Borrador después de haberlo confirmado.

¿Qué hacer en estos casos? El cauce para la rectificación de las anomalías es diferente, dependiendo de que los errores u omisiones hayan causado un perjuicio al contribuyente, o a la Hacienda Pública.

1. Errores en perjuicio del contribuyente:

Las causas de estos errores suele ser porque:

  • Se declaró indebidamente alguna renta exenta.
  • Se computó importes en cuantía superior a la debida
  • Se olvidó practicar alguna reducción o deducción a las que tenía derecho.

El contribuyente puede solicitar en la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal la rectificación de su autoliquidación, siempre que la Administración no haya practicado liquidación provisional o definitiva por ese motivo.

La Agencia Tributaria permite realizar esta rectificación en el el plazo de 4 años a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las declaraciones, o bien, si la declaración se presentó fuera de ese plazo, desde el día siguiente a la presentación.

Para su solicitud se ha de presentar el siguiente modelo:

  • Además es conveniente que haga constar claramente los errores y que acompañe justificación suficiente de los mismos.

2. Errores en perjuicio de la Hacienda Pública:

Si ya ha confirmado el Borrador de la declaración con errores u omisiones que provoquen una cantidad a devolver superior a la que correspondería, o una liquidación a pagar inferior a lo que corresponde, debe presentar una declaración complementaria a la originariamente presentada.

¿Cómo presentar una Declaración complementaria?  Instrucciones

  • Utilice Renta WEB con los datos del ejercicio correspondiente (los contribuyentes con actividades económicas deberán utilizar el Programa Padre)
  • Introduzca en el Renta WEB todos los datos de la declaración/borrador presentado en su día y los nuevos rendimientos imputados corrigiendo los errores
  • Marque la casilla que corresponda: 120, 121, 122, 123, 124 y 125 y consigne la cantidad ingresada en su día o la devolución obtenida.
  • Compruebe los datos y acepte en «Presentar declaración»

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