Para cobrar indemnizaciones por accidente, ayudas y prestaciones (como en la compra de coche, ayudas a personas con discapacidad..), para herencias y otroscasos, se exige ser familiar directo o colateral hasta un cierto grado de parentesco.
Pero.. ¿Qué grado de parentesco guardo con mi tío, o con un primo? ¿Y si soy nieto..?
Aclaramos el lío de los grados de parentesco.
¿Cómo se sabe el Grado de parentesco que tengo con otro familiar?
Cada generación es un grado y la sucesión de grados se llama “línea de sucesión”.
Hay dos tipos de línea de sucesión, la directa y la colateral:
1.- Sucesión directa:
Es la formada por personas que ascienden o descienden unas de otras (abuelos, padres, hijos, nietos).
Por ejemplo: En línea ascendente, el hijo dista un grado del padre, dos del abuelo y tres del bisabuelo; en la línea descendente, el abuelo dista un grado del padre, dos del nieto y tres del biznieto.
2.- Sucesión colateral:
Es la formada por personas que proceden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos).
En este caso el grado de parentesco se cuenta subiendo en primer lugar hasta el tronco común (como en la línea de sucesión directa) y, en segundo lugar, descendiendo hasta la persona respecto de la que se pretenda establecer el grado de parentesco.
Por ejemplo:
un hermano dista 2 grados de otro hermano (el primer grado sería el padre en línea recta que constituiría el tronco común, y el segundo sería el hermano que, como hijo, dista del padre otro grado), 3 grados del tío (el primer grado sería el padre, el segundo el abuelo y el tercero el hijo del abuelo, esto es, el tío), 4 del primo (el primero sería el padre, el segundo el abuelo, el tercero el tío y el cuarto el primo).
Quizás el cuadro resumen de grados de parentesco te ayude a entenderlo mejor. Puedes verlo en:
->> Ver cuadro resumen «Grados de parentesco»
¿Qué grados de parentesco exigen para solicitar ayudas, o cobrar indemnizaciones o herencias..?
Son muchas las prestaciones, ayudas y casos en los que se exige un determinado grado de parentesco para poder acceder a ellas.
Vemos algunos ejemplos y las condiciones de parentesco que se suelen exigir:
- Para solicitar por ejemplo la ayuda económica para el cuidado de personas dependientes o con discapacidad por alquien de su entorno, se exige que quien atienda a estas personas sea cónyuge o familiar hasta el tercer grado de parentesco.
- Si se tiene un familiar con minusvalía, se puede comprar un coche nuevo aplicando los beneficios por su minusvalía sin tener que ponerlo a su nombre si mantiene con esa persona una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta del tercer grado, inclusive.
- El cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad sirve como excusa por ejemplo para no tener que acudir a una mesa electoral.
- Quienes cobren una pensión no contributiva pueden solicitar la ayuda al alquiler aunque la vivienda donde vivan sea de un familiar, siempre que no tenga relación de parentesco hasta el tercer grado con el arrendador de la vivienda alquilada.
Y donde se tiene muy en cuenta los grados de sucesión es en el tema de las herencias para determinar si se tiene derecho a parte de la misma o no dependiendo de los familiares que vivan aún y los grados de parentesco.
Leer más en sobre este tema en:
->> Herencia legítima: derecho de sucesión o línea de sucesión
Artículos relacionados:
Los + leídos