Si vas a comprar un vehículo nuevo, pero aún no dispones de la aprobación de Hacienda para la aplicación del iva reducido al 4% por minusvalía, te decimos cómo solicitar la devolución del IVA pagado en exceso al matricular el coche.
La diferencia es mucho dinero!
Si llega el vehículo nuevo y aún no dispongo de la aprobación del IVA reducido, ¿qué hago?
Hacienda exige que los beneficios fiscales por minusvalía (Exención del Impuesto de matriculación e Iva reducido al 4%) se soliciten y sean aprobados siempre con fecha previa a la matriculación del vehículo nuevo.
Sin embargo, en ocasiones, el vehículo nuevo encargado llega antes de que Hacienda haya dado su aprobación.
En estos casos, para no perder la aplicación del Iva reducido al 4% por movilidad reducida, la solicitud en Hacienda de la reducción de Iva debe presentarse antes de que el vehículo se matricule.
De esta forma, aunque el reconocimiento del derecho del adquirente se produzca después de que el vehículo haya sido matriculado, el devengo se producirá a partir de la fecha en la que se haya presentado la solicitud.
Por lo que aunque en el momento de la matriculación del vehículo se haya liquidado el IVA general del 21%, el comprador podrá solicitar en la AEAT la devolución de ese IVA pagado en exceso para beneficiarse del tipo reducido del 4%.
¿Cómo se solicita la devolución de ese IVA?
Siempre que la solicitud de IVA reducido por Movilidad reducida se haya presentado con carácter previo a la matriculación del vehículo, el interesado podrá obtener la devolución de las cuotas de IVA repercutidas en exceso presentando en Hacienda una instancia de devolución de ingresos indebidos.
Se solicitará al vendedor del vehículo la rectificación de la factura emitida, el cual estará obligado a reintegrar al adquirente el importe de las cuotas repercutidas en exceso.
En su Delegación de Hacienda le entregarán el impreso correspondiente a rellenar, que deberá ir firmado por la persona con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida o adquiriente del vehículo
El impreso deberá presentarse en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del adquiriente del vehículo.
¿Qué documentación hay que presentar para solicitar la devolución?
Junto a la solicitud de devolución se deberá adjuntar la documentación siguiente:
- Certificación o resolución expedida por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales o el órgano competente de la Comunidad Autónoma que acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33% y, en su caso, la movilidad reducida basada en el dictamen de los Equipos de Valoración y Orientación.
- Certificado de la Compañía Aseguradora del vehículo de producirse el siniestro total del mismo si no han transcurrido al menos cuatro años desde la adquisición de otro vehículo con la aplicación del citado beneficio fiscal.
- Cualquier otra documentación que el solicitante entienda necesaria para hacer valer su derecho (certificado de afiliación a la ONCE, tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad,…..)
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Hola.Tengo una niña con 65% de discapacidad,hemos reclamado la movilidad reducida porque le han puesto 0 de baremo de movilidad.Tenemos reservado un coche nuevo pero tenemos que matricularlo antes del dia 31.Podriamos matricularlo y despues si llega concedida la movilidad reducida, reclamar el IVA que hemos pagado de mas?¿Como se haria?GRACIAS
Hola
No se aplica con carácter retroactivo, por lo que el IVA reducido debe ser aprobado por la AEAT siempre previo a la matriculación del vehículo.
Una vez matriculado no habría posibilidad de devolución…
Más información en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/03/14/impuesto-de-matriculacion-me-lo-devolveran-con-caracter-retroactivo-si-me-reconocen-la-minusvalia/
(en ese artículo se refiere a la exención del Impuesto de matriculación, pero en cuanto al tema del IVA reducido por minusvalía en la AEAT lo tratan igual)
En cualquier caso, consultarlo con Hacienda por si hubiera alguna excepción en este tema…
Salu2
hola tengo una incapacidad del 55% me quiero comprar un coche nuevo y me ha comentado un amigo que la ha solisitado haora a ultimo de diciembre y que lla han quitado la reducion al 4%del iva quisiera saber si es sierto un saludo
Hola
No tenemos ninguna constancia ni noticia de que el IVA reducido al 4% para personas con movilidad reducida se haya quitado.
Lo único es que en tu caso, para solicitar ese Iva reducido no basta con tener más del 33% de minuvalía, es necesario tener además acreditada la movilidad reducida o pertenecer a alguno de los casos que indicamos en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/08/12/descuento-por-minusvalia-en-la-compra-de-coche-reduccion-del-iva-al-4/
No sabemos si en tu caso lo cumples.
Sino, sólo tendrías derecho a la exención del Impuesto de matriculación en Hacienda, y del Impuesto municipal de circulación que se solicita en el Ayuntamiento.
Salu2 y Feliz 2017!
Buena tarde,
Yo adquirí un vehículo nuevo en septiembre, me comentaron que podía solicitar la devolución del IVA, por lo que me acerque con un contador que me esta ayudando y me indico inicialmente que si se podía, después me dijo que no y yo entendí mal, por lo que quiero saber si si es posible o no, cabe mencionar que no tengo minusvalía.
Saludos.
Buenos días
Quienes tienen minusvalía con movilidad reducida acreditada en el momento de comprar un coche nuevo (y siempre antes de que se matricule), pueden solicitar en Hacienda la aplicación del Iva reducido al 4%.
Pero por lo que comentas éste no sería tu caso…
Salu2
Hola buenos días.
Mi duda es, a mi padre le reconocieron la minusvalía del 75% y de 10 puntos de movilidad reducida, a partir de aquí surgen mis dudas:
1º Si ya tiene un coche, del que se beneficia, del ahorro del impuesto de circulación. Si compro uno con el iva reducido ahora, ¿ Tendría que pagar el impuesto de circulación por ese coche?
2ª ¿Si hace menos 2 años, que se beneficia de ese ahorro, al hacer menos de 4 años, le harían pagar también los dos anteriores?
3ª Si el reside en Murcia, y el coche lo compramos en Madrid, ¿se podría realizar?
4ª ¿Te pueden multar, sancionar, o algun tipo de sancion, por no ir él, haciendo uso o disfrute del coche?
5ª ¿Sabes donde podría mirar, los requisitos de la comunidad de madrid?
6ª Según lo leído, podría poner el coche a mi nombre, y beneficiarme de los requisitos, estoy en lo cierto?
7ª Si pudiera, y tengo que hacer la operación antes del día 20, ¿como podría hacerlo?
Muchas gracias
Buenos días
Hay que diferenciar 3 cosas diferentes (exención del impuesto municipal de circulación, exención del impuesto de matriculación, y el Iva reducido por minusvalía):
1º.- El impuesto municipal de circulación lo aplica el ayuntamiento, y sólo se puede solicitar su exención en el ayuntamiento para un solo vehículo.
Así que os lo seguirán aplicando en el anterior coche. Si el coche nuevo pagara más impuesto de circulación, podéis anular la exención anterior y solicitarla para el nuevo.
2º.- La exención del Impuesto de matriculación se solicita en Hacienda, al igual que el IVA reducido. Sólo podréis solicitar estos dos descuentos por minusvalía en el caso de que hayan transcurrido más de 4 años desde el último coche que comprásteis aplicando estos dos descuentos.
Por lo que te hemos entendido sólo han pasado 2 años. Por lo que no podéis solicitarlos para el coche nuevo (o si lo queréis solicitar, tendréis que devolver antes a Hacienda lo que os ahorrasteis en la compra del anterior coche..)
3º.- Podéis comprar el coche en MAdrid sin problema, pero la exención del Impuesto de matriculación y del Iva reducido si la solicitarais tendríais que tramitarlo en la Delegación de Hacienda de vuestra Comunidad autónoma y siempre antes de la matriculación del vehículo.
4º.- No, los agentes no te multarán por ello aunque él no vayan, no es su competencia así que por eso no te preocupes. Quien sí que os podría sancionar es Hacienda si alguno de sus inspectores os visitara a casa. Podéis ver casos en:
5º.- Lo siento, no entendemos a qué requisitos te refieres…
6º.- Podrías ponerlo a tu nombre y beneficiarte de la minusvalía de tu padre al ser familiar directo, siempre que hayan transcurrido más 4 años desde la fecha en que tu padre comprara otro coche solicitando esos descuentos.
7º.- ¿Ya te ha llegado el coche nuevo pedido? Si quieres solicitar el Iva reducido e impuesto de matriculación debes solicitar en la delegación de hacienda de la cc.aa de tu padre siempre antes de la matriculación del vehículo.
Es complicado explicarse por escrito, pero esperamos haber resuelto al menos algunas de tus dudas.
Sino por aquí seguimos.
Salu2
Hola de nuevo
Hace unas semanas que estoy solicitándoles información sobre la solicitud del IVA del 4% para compra de un vehículo.
Ya está solucionado.
Solo querría hacer una matización…
He leído en algún comentario que con presentar la tarjeta de estacionamiento para discapacitados ya valía para la concesión de la solicitud.
Pues bien…, cuando presenté la documentación me dijeron que la tarjeta no servía como justificante de movilidad reducida, que tenía que aportar otro documento.
Esto lo comento por si hay alguna persona que esté en mi situación y le pueda servir.
No sé si la concesión depende de La Comunidad Autónoma o del Estado. Yo soy de Huesca.
La concesión de la solicitud me llegó en 10 días, y dentro de nada, estreno mi coche automático.
Quiero agradeceros vuestra información, me ha sido muy útil.
Gracias por todo y un saludo.
Buenos días
Perfecto. Muchas gracias por ti información, será de ayuda a muchos usuarios que pasan por ese mismo caso.
Nos alegramos que todo te haya ido bien y ya la tengas aprobada, y que disfrutes mucho de tu coche nuevo!
Salu2!
Hola, tengo una minusválida del 40% y 5 puntos de reducción de movilidad.
Me acaban de denegar la reducción de IVA. Me puede decir si es normal ? puedo reclamar ?conocéis otros casos a quien las han denegado con 5 puntos ?
Gracias
Un saludo
Hola
En general sabemos que solicitan tener 7 puntos de movilidad reducida, aunque nunca hemos visto en ninguna parte de la normativa de la AEAT que exijan esa puntuación concretamente.
Puedes reclamar presentando recurso en el plazo de un mes para que te indiquen en qué resolución o en base a qué normativa han procedido a denegártelo, a ver qué te contestan.
Aunque no vemos mucha solución..
Salu2
Hola, buenas tardes.
Soy invidente, tengo una minusvalia, del 80 por ciento, y con 0 puntos de movilidad reducida.
Compre coche, el dia 07 de julio, en noviembre me dijeron en hacienda, que si que tenia derecho, a la devolucion del iva.
Con fecha 02 de diciembre, volvi a presentar un documento, acreditativo de afiliacion a la ONCE.
Hasta la fecha de hoy, 07 de mayo, no he recibido ni noticias, ni devolucion de dicho importe.
¿ Es normal ?
¿ Debo esperar, o debo reclamar ?
Muchas gracias
Buenos días
Lo sentimos pero a pesar de que te comentaran eso en Hacienda, lo cierto es que no se aplica con carácter retroactivo, por lo que si han pasado más de 6 meses desde que lo solicitaste si recibir respuesta, habría sido desestimado por silencio administrativo.
Tanto la exención del Impuesto de matriculación por minusvalía como el IVA reducido, hay que solicitarlo y debe ser aprobado siempre previo a la matriculación del vehículo nuevo.
Podéis confirmarlo en:
– AEAT – Agencia Tributaria
# Información Tributaria: 901 33 55 33
# Centro de Atención Telefónica: 901 200 345
Salu2 y ánimo..
He solicitado la rebaja del Iva para la compra de coche nuevo, a nombre de mi hijo con un 75% de minusvalía (no es de movilidad, sino psiquica). Pueden denegarla aunque no tenga problemas de movilidad? Me habían dicho que simplemente por tener minusvalía ya tenía derecho a ello. Gracias
Hola
Con minusvalía de cualquier tipo superior al 33% tienes derecho a:
– exención del impuesto de matriculación en la compra de coche nuevo. Se solicita en Hacienda.
– exención del Impuesto municipal de circulación sea coche nuevo o usado. Se solicita en tu ayuntamiento
Pero para el Iva reducido es necesario tener además acreditada la movilidad reducida, que no sería vuestro caso, por lo que os lo van a denegar..
Salu2
Hola
Tengo un coche comprado pero no me llega hasta dentro de un mes.
Soy bastante miope y por si acaso, he ido a una trabajadora social para que me informara si podía tener derecho a una minusvalía. Me ha dicho que seguro que si tendría el 33%. Me ha dicho también que la solución al caso podría tardar hasta 3 meses.
Mi pregunta es: ¿Puedo ir a Hacienda a solicitar la exención del impuesto de matriculación?
¿Que pasaría si al final no me dan el 33% de minusvalía?
Gracias
Hola
Para ir a Hacienda a solicitar esa exención, debes tener el documento del inserso u organismo correspondiente en valoración de discapacidades que lo acredite.
Y la exención debe ser aprobada por Hacienda siempre antes de la matriculación del vehículo.
Si no te dan el 33% no podrás beneficiarte de ese exención.
Eso sí, antes de nada revisa el coche que te vas a querer comprar, a ver que CO2 emite (ya que si emite menos de 119gr/km de co2, directamente no paga impuesto de matriculación, tengas o no minusvalía, y no te haría falta solicitar dicha exención…)
Ese dato de CO2 lo puedes ver en la ficha técnica del vehículo y figura en los configuradores de los modelos a elegir de las marcas… Si nos dices qué modelo y motor te gusta te podemos ayudar a consultarlo 😉
Salu2!
he pedido los papeles a hacienda ya los e recibido me quitan el iva pero ahora tengo un problema no me decido por el coche si se pasa la fecha que tengo dos semanas me pueden quitar la ayuda
Hola
Tendrías que solicitarla de nuevo.
Salu2