Si tienes minusvalía y en vez de un coche quieres comprar una moto para desplazarte, te indicamos los descuentos por minusvalía que podrías solicitar, pudiendo ahorrar así un buen dinero en el precio.
¿Pueden aplicarse los descuentos por minusvalía al comprar una moto?
Sí, ya que las motocicletas se consideran vehículos-automóviles según la Ley de Tráfico. por lo que cuando sea adquirida por un minusválido, siempre que cumpla los requisitos exigidos puede concederse:
- la exención del impuesto de matriculación
- el Iva reducido al 4%
- y el Impuesto municipal de circulación
Condiciones para solicitar la exención del Impuesto de matriculación.
Deberá acreditarse una minusvalía del 33% o superior, mediante certificado o resolución del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad autónoma correspondiente.
Además de acreditarse la minusvalía anteriormente indicada, deben cumplirse los dos siguientes requisitos:
- Que hayan pasado al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo para el que se hayan solicitado también los descuentos por minusvalía.
- Que la motocicleta comprada con estos beneficios no se venda ni transfiera en un plazo de 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.
Condiciones para solicitar el Iva reducido al 4%.
Será necesario acreditarla mediante el certificado o resolución del IMSERSO o el órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de valoración de minusvalías, basándose en el dictamen emitido por los Equipos de Valoración y Orientación dependientes de las mismas donde se indique específicamente dicha Movilidad reducida.
Condiciones para solicitar la exención del Impuesto municipal de circulación
Los requisitos necesarios para la exención del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica son:
- Que el vehículo esté matriculado a nombre de una persona que tenga la condición legal de minusválido en grado igual o superior al 33%.
- Que se destine para su uso exclusivo, sea conducido por la persona con discapacidad, o sea destinado a su transporte.
- Que la persona con minusvalía no sea beneficiaria de la exención del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por otro u otros vehículos simultáneamente.
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Hola:
Tengo reconocida una discapacidad por temas psicológicos del 68% . Al no tener movilidad reducida entiendo que no puedo solicitar la reducción del IVA. ¿Para la exención del impuesto de matriculación y el impuesto municipal de circulación tendría algún problema¿. También quisiera saber si ese trámite hay que hacerlo en el concesionario o en otro sitio (ayuntamiento, etc..)
Gracias de antemano por su ayuda. Saludos.
Para el impuesto de circulación, no.
El IBI ya depende de cada ayuntamiento. Pregunta en el tuyo.
Salu2.
y si hay discapacidad (personas sordas), es compatible esta ayuda con la ayuda para compra de motos ELÉCTRICAS del plan renove 2020?
gracias.
Por lo que he leído, ambas ayudas son compatibles.
Salu2.
Donde se puede comprar moto..?
En cualquier concesionario.
Salu2.