En el caso de perder todos los puntos, el carnet de conducir deja de tener validez. Pero.., ¿hasta cuándo se puede seguir conduciendo a pesar de tener 0 puntos?
¿Cuándo se declara oficialmente la retirada del carnet? ¿Por cuánto tiempo se quedaría sin poder conducir?
Aclaramos todas las dudas.
¿Puedo seguir conduciendo durante algún tiempo más aunque tenga 0 puntos?
Sí. Aunque haya agotado todo el saldo y disponga de 0 puntos, podrá seguir conduciendo hasta que se declare la pérdida de vigencia del carnet de conducir.
El conductor afectado con 0 puntos no podrá ya recuperar puntos superando un curso de recuperación parcial o estando de 2 ó 3 años sin cometer infracciones.
¿Cuánto tiempo más puedo conducir aunque no tenga puntos?
Podrá conducir hasta que finalice el procedimiento de pérdida de vigencia del carnet de conducir que Tráfico tiene que tramitarle.
El tiempo máximo que la DGT puede tardar en finalizar todo el trámite puede ser es de 6 meses (plazo general de duración máxima de los procedimientos administrativos que establece la Ley 30/1992), aunque por lo general tardan mucho menos.
Como mínimo tardan un mes aproximadamente tal como vemos a continuación.
¿Qué trámites tiene que realizar Tráfico para retirarme por fin el carnet de conducir?
El procedimiento de la pérdida de vigencia del carnet que la DGT debe realizar conlleva los siguiente pasos:
1º.- El Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico constata que el interesado ha perdido la totalidad de los puntos de su autorización para conducir.
2º.- La Jefatura de Tráfico de la provincia correspondiente al domicilio del interesado, en el plazo de 15 días, inicia y notifica la resolución inicial del procedimiento de pérdida de vigencia.
En este aviso informan de las sanciones que han provocado que se quede sin puntos y da un plazo de 10 días hábiles para alegar (a diferencia de las infracciones, cuyo plazo es de 20 días naturales)
3º.- Si las alegaciones no son estimadas o no son presentadas en plazo, el Jefe Provincial de Tráfico dictará resolución acordando la pérdida de vigencia del permiso o licencia para conducir, y se notificará al interesado en el plazo de 15 días.
4º.- Desde el día siguiente a la notificación de la resolución, el interesado ya no podrá conducir.
En caso contrario cometerá delito contra la seguridad vial, pudiendo caerle las penas que indicamos en el siguiente enlace:
->> Conducir sin carnet o sin puntos: delito penal
En caso de no entregar el permiso de conducir, la DGT podrá ordenar su retirada mediante los agentes de autoridad correspondientes.
¿Cuánto tiempo de retirada del carnet conlleva quedarse sin puntos?
En caso de quedarse sin puntos, no podrá conducir durante 6 meses (3 meses si acreditó ser conductor profesional) o 12 meses (en caso de una segunda o sucesivas pérdidas de vigencia -6 meses si acredita ser conductor profesional-).
Curso de recuperación de puntos y examen teórico obligatorio para recuperar el carnet.
- Aunque cumpla el tiempo de retirada del carnet, no estará autorizado a conducir hasta que no realice el curso de recuperación total de puntos obligatorio en un centro autorizado.
Puede matricularse y realizar este curso durante el plazo que está sin carnet de conducir.
- También deberá superar una prueba teórica en la Jefatura de Tráfico. Este examen sólo se puede realizar una vez que haya cumplido el plazo de retirada del carnet.
Esta prueba teórica trata sobre lo tratado en el curso de recuperación, por lo que no se recomienda la realización del curso con demasiada antelación a la prueba.
¿Se puede alegar o recurrir de alguna forma?
Como indicamos antes, cuando reciba la resolución de iniciación del expediente dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para alegar.
Sin embargo, en este punto las sanciones son firmes, por lo que las únicas alegaciones que admitirían sería que hubiera errores en la retirada de saldo de puntos, o que se pida algún tipo de aclaración o informe a las administraciones sancionadoras.
Si sus alegaciones no fueran estimadas o fueran presentadas fuera de plazo, le notificarán la retirada del carnet de conducir en el plazo de 15 días.
El interesado podrá interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde la notificación de la resolución.
Nota: Normativas reguladoras: art. 60.2 y 63.6 de la LSV y procedimiento regulado en artículo 37 del Reglamento General de Conductores.
Artículos relacionados:
hola buenos dias, en mi caso llevo desde marzo con la retirada de carne por perdida de puntos devia estar 6 meses sin conducir y asi lo hice pero ayer tube una urgencia y lo coji para ir a por gas a la gasolinera de mi pueblo y saliendo de la misma una patrulla de la guardia civil me paro.. vinieron los atestados y m dejaron marchar dandome una citacion para el juzgado el dia 20 estoy bastante nerviosa no se que me puede pasar..??
Buenos días
Conducir con el carnet retirado o sin puntos es un delito penal. EN el juicio te podrán caer las penas que puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/06/13/conducir-sin-carnet-o-sin-puntos-delito-penal/
Salu2
Hola, una pregunta. El año pasado (2016) me pusieron una multa por ir en sentido contrario (con moto) 500 euros y me quitaron 6 puntos del carnet. No e pagado la multa aun y e entrado haber mis puntos y me doy con la sorpresa que tengo 14 puntos. A que se debe esto? Por otro lado tengo q pedir un duplicado de mi carnet por cambio de nie a DNI. teniendo esa multa que no e pagado, creen que me puedan rechazar o rete errores mi carnet de conducir? Gracias de antemano.
Porque mientras la sanción no sea firme, no te quitan los puntos.
Una sentencia es firme cuando se paga la multa o un juez dicta en sentencia o cuando se te pasa los plazos para recurrir.
Salu2.
Hola, tengo una pequeña duda de plazos. Me sancionaron el 05 de Octubre de 2016 con una multa que conllevaba la perdida de los puntos que me quedaban por lo que estuve esperando a que me llegará la notificación de la retirada del permiso. No he cambiado de dirección y la notificación de la multa (que por cierto fue abonada en febrero de 2017) me llegó a esa misma dirección. Consultando en foros vi que podían notificarlo a través del BOE si no podían hacerlo por otros medios, por lo que estuve pendiente durante meses hasta que un día, 19 de ABRIL de 2017, apareció en el BOE la notificación. Mi pregunta es la siguiente, he visto que por ley tienen un plazo máximo de 6 meses para completar las resoluciones, desde que momento empieza a contar ese plazo? Desde el día siguiente al que cometí la infracción? Muchas gracias de antemano.
Hola
El plazo de prescripción de las multas comienza a contar a partir del mismo día en que se cometió la infracción.
Leer más en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/12/en-que-plazo-prescriben-las-sanciones-o-multas-de-trafico/
Para las multas Graves y muy graves el plazo de prescripción es de 6 meses, por lo que en ese plazo deberían haberte notificado fehacientemente (o por carta certificada, o por publicación en el Testra o Boe)
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/04/11/testra-consulta-de-sanciones-de-trafico-por-internet/
Salu2
Salu2
Hola me meto en la DGT y pone que tengo 0 puntos pero no me ha llegado ninguna carta la cual me diga que tengo retirada del carnet de esto hace ya más de dos años y medio, ahora el carnet de conducir se me ha perdido junto con la cartera y no se si hacerme el duplicado por si no se dieron cuenta de enviar la carta de retirada del carnet, que debo hacer? Un saludo y gracias de antemano
Hola
No hay remedio. Debes acudir cuanto antes a Tráfico a solicitar un duplicado del carnet de conducir presentando la documentación que indicamos en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/01/09/solicitar-duplicado-del-carnet-de-conducir-por-robo-o-extravio-tramites/
Aparte de esto ya que vas debes consultar por tu estado de puntos y en qué situación te encuentras respecto a poder o no conducir. Tendrás que realizar un curso de sensibilización para poder conducir de nuevo legalmente tal como indicamos en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/12/14/como-recuperar-el-carnet-conducir-al-quedarte-sin-puntos/
Antes de ir a Tráfico no olvides solicitar Cita previa:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/12/02/como-solicitar-cita-previa-para-realizar-tramites-en-trafico/
Salu2
HOLA. MI MADRE TIENE 76 AÑOS Y POR UN ERROR DE MIS HERMANOS LA HEMOS DEJADO SIN PUNTOS,TIENE QUE HACER EL EXAMEN DE SENSIBILIZACION OBLIGATORIO PARA PODER RECUPERARLOS.GRACIAS
Al perder todos los puntos, me temo que sí.
Leete el artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/05/27/todas-las-claves-sobre-como-recuperarganar-puntos-en-el-carnet-de-conducir/
Salu2.
Hola, quería saber desde qué día empieza a contar el plazo para volver a sacarme el carnet de conducir. Me he quedado sin puntos por segunda vez y ahora tengo que esperar un año. Un año desde que ya me pone que tengo 0 puntos o un año desde que sea firme la sentencia. Que segun tengo entendido pueden pasar hasta 6 meses
Hola
Una vez inhabilitado para conducir el plazo comienza desde el día siguiente a la notificación de la resolución. Desde esa fecha el interesado ya no podrá conducir hasta que cumpla el plazo.
Salu2
buenas, quería hacer una consulta. El tema es que me constan 9 puntos en el carnet de conducir y hoy manipulando el navegador (en un semaforo parado) me han metido una multa con una perdida de puntos de 3. No tendre mas remedio que pagarla. el tema es que en el año 2016 pague una multa tambien de puntos pero nunca llegaron a descontarlos. fui a la delegación de trafico y alli me comentaron que las multas una vez pasan 1 año y en la delegación de trafico no reciben notificación del ayuntamiento en ese plazo estas prescriben automaticamente. es eso cierto? la persona que me lo comento me lo dijo bastante convencida y me enseño todo mi historial de multas y No constaba esta que comento. gracias
Buenos días
Así es.
Caducidad de la infracción: Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones.
Puedes ver más información sobre este tema en:
http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/12/en-que-plazo-prescriben-las-sanciones-o-multas-de-trafico/
La multa por manejar navegador es Grave, por lo que tendrán que transcurrir 2 años sin que te pongan ninguna multa con retirada de puntos para que ten de nuevo los 12 puntos de partida.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/05/30/en-cuanto-tiempo-se-recuperan-los-puntos-del-carnet-de-conducir/
Esperamos haber resuelto tu duda. Sino por aquí seguimos.
Salu2
Hola una pregunta me kede sin puntos del carnet de conducir tenia k esperar 6 meses i me quedaban 8 días para cumplir los seis meses i me paro en un control la policía local me an dado fecha para juicio rápido eso imfluira en el tiempo k me kedava para volver a recuperar los puntos o sigue igual los días k me kedavan
La DGT indica que en 6 meses desde que se pierde el carnet, se puede recuperar, nada más.
Eso sí, has incurrido en un delito ahora:
En caso de conducir un vehículo o ciclomotor habiendo perdido la vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos, será castigado con:
– Pena de prisión de 3 a 6 meses
– Multa de 12 a 24 meses
– Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
En caso de haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial será castigado con estas mismas penas en caso de conducción de vehículos.
Iguales penas para el que conduzca un vehículo o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. (art. 384 código penal)
Leer más: http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/11/22/delitos-seguridad-vial-exceso-velocidad-y-conduccion-con-alcohol-o-sin-carnet/#ixzz58D00F8qk
Hola buenas yo quería saber porque me han quitado los puntos de una multa si mis abogados han recurrido dicha multa y ha salido un juicio para dentro de 7 meses.
Porque me han quitado esos puntos Antea del juicio?
Buenos días
Debes aclararlo con la Jefatura de Tráfico. A ver qué te comentan.
Salu2
Que ocurre si tienes que conducir por una urgencia de muerte y te descubren
Si se podría; pero sólo para acudir a urgencias y previamente se haya descartado otros medios: taxi, ambulancia, etc.
Salu2.