El Gobierno subirá a partir de 1 de enero de 2015 todas las pensione en un 0,25%, el mínimo fijado por la ley de pensiones.
Las pensiones ya subieron en 2014 el 0,25%. Y, de nuevo, volverán a hacerlo en 2015.
Esta vez el incremento llega por la aplicación de la última reforma que supeditó la evolución de las pensiones a una fórmula que básicamente tiene en cuenta la evolución de los gastos e ingresos de la Seguridad Social durante un ciclo de 11 años, con dos límites:
- En las épocas malas, el aumento nunca podrá ser menor del 0,25% aunque el resultado de la fórmula sea negativo o menor a ese porcentaje;
- En las buenas, la mejora no podrá superar la suma del IPC más medio punto porcentual.
Esta subida del 0,25% para 2015 se traducirá en un pequeño aumento en la nómina mensual de sus perceptores, de apenas unos euros, dependiendo del importe de la pensión.
Pensión mínima de JUBILACIÓN
JUBILACIÓN CON 65 AÑOS | Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 782,90 | 10.960,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 634,50 | 8.883,00 |
Con cónyuge NO a cargo | 601,90 | 8.426,60 |
JUBILACIÓN MENOR DE 65 AÑOS | Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 733,80 | 10.273,20 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 593,50 | 8.309,00 |
Con cónyuge NO a cargo | 560,80 | 7.851,20 |
JUBILACIÓN CON 65 AÑOS PROCEDENTE DE GRAN INVALIDEZ | CUANTÍAS MENSUALES | CUANTÍAS ANUALES |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 1.174,40 | 16.441,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 951,80 | 13.325,20 |
Con cónyuge NO a cargo | 902,90 | 12.640,60 |
Pensión por INCAPACIDAD PERMANENTE
GRAN INVALIDEZ | Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 1.174,40 | 16.441,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 951,80 | 13.325,20 |
Con cónyuge NO a cargo | 902,90 | 12.640,60 |
ABOLUTA O CON 65 AÑOS DE EDAD | Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 782,90 | 10.960,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 634,48 | 8.883,00 |
Con cónyuge NO a cargo | 601,80 | 8.426,60 |
TOTAL CON EDAD ENTRE 60 Y 64 AÑOS | Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 733,80 | 10.273,20 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 593,50 | 8.309,00 |
Con cónyuge NO a cargo | 560,80 | 7.851,20 |
TOTAL DERIVADA ENFERMEDAD COMÚN MENOR 60 AÑOS | Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales |
---|---|---|
Con cónyuge a cargo | 394,60 | 5.524,40 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 394,60 | 5.524,40 |
Con cónyuge NO a cargo | 55% base mínima RG | 55% base mínima RG |
Pensión por VIUDEDAD
Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales | |
---|---|---|
Con cargas familiares | 733,80 | 10.273,20 |
Con 65 años o con discapacidad = >65% | 634,50 | 8.883,00 |
Entre 60 y 64 años | 593,50 | 8.309,00 |
Menor de 60 años | 480,30 | 6.724,20 |
Pensión por ORFANDAD
Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales | |
---|---|---|
Por beneficiario | 193,80 | 2.713,20 |
Orfandad absoluta | ||
Un solo beneficiario | 674,10 | 9.437,40 |
Varios beneficiarios (N) | 193,80 + 480,30 / N | 2.713,20 + 6.724,20 / N |
Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad > =65% | 381,40 | 5.339,60 |
Pensión a FAVOR DE FAMILIARES
Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales | |
---|---|---|
Por beneficiario | 193,80 | 2.713,20 |
Si no existe viuda ni huérfano pensionistas | ||
– Un solo beneficiario con 65 años | 468,50 | 6.559,00 |
– Un solo beneficiario menor de 65 años | 441,30 | 6.178,20 |
– Varios beneficiarios (N) | 193,80 + 286,50/N | 2.713,20 + 4.011,00/N |
SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI)
PENSIONES SOVI | Cuantías Mensuales | Cuantías Anuales |
---|---|---|
Vejez, invalidez y viudedad | 405,90 | 5.682,60 |
Prestaciones SOVI concurrentes | 394,20 | 5.518,80 |
LÍMITE DE INGRESOS PARA PENSIÓN MÍNIMA
LÍMITE DE INGRESOS (sin incluir la pensión) | CUANTÍA ANUAL |
---|---|
Sin cónyuge a cargo | 7.098,43 |
Con cónyuge a cargo | 8.280,40 |
El mismo porcentaje de revalorización, el 0,25%, se aplicará a las pensiones máximas. Esto supone que aumentarán en 6,39 euros mensuales hasta quedar una prestación de 2.560,88, a percibir por el jubilado en 14 pagas anuales.
Hace un cómputo anual de 35.852,27 euros.
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Hola e pedido la ayuda de huerfana de padre cuAnto tardan en Concederla? Tengo 24 años gracias
Lo normal es que menos de 3 meses y a lo sumo 6.
Salu2.
soy trabajadora autónoma y cobro una pension de 430€ por viudedad. Dentro de un mes cumpliré 60 años, se incrementara mi pension de viudedad?. Debo notificarlo?.
Gracias.
Se incrementa la pensión mínima. Pero como veo que cobras por debajo de la mínima, es que no estás cobrando el complemento a mínimos, así que me temo que no te valía.
Salu2.
Tengo la invalidez total permanente, desde hace año y medio cumpli los 65 años solicite mi pension , me han pagado 603€ mensual y ayer recibo una carta denegandome la pension por no tener cotizado 2 años a los 15 anteriores a mi jubilacion, en total tengo 17 años cotizados, se refiere a los 603€ o?
Para cobrar una pensión contributiva (imagino que en tu caso los 603 euros) es necesario tener 15 años cotizados y 2 años en los últimos 15 años.
Salu2.
Buenos dias,
Pareja no casada, sin hijos, que compran una vivienda con hipoteca.
Fallece el compañero y los padres de él heredan el 50% de la vivienda pero no se hacen cargo del 50% del resto de la hipoteca que queda pendiente.
¿Es legal? Si no fuera así ¿que opciones hay?
Saludos
Si aceptan la herencia, heredan tanto el bien como las deudas.
Si no pagan la hipoteca, puedes denunciarles, eso sí, ellos como son propietario del 50% de la vivienda, te podría reclamar unas rentas por esa parte de la vivienda que ellos son propietarios.
Lo mejor en estos casos es negociar.
Salu2.
Buenos días
Un Ayuntamiento de Asturias, donde tengo una propiedad, me pasa una liquidación del IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA, siendo el MOTIVO DE LA TRANSMISION: ACEPTACION Y ADJUDICACION DE HERENCIA
Transmitente: Yo
Adquirente: dos hijos.
¿Procede la liquidación?
Saludos
Si.
Salu2.
Buenos dias,
Tengo alquilado un apartamento a una señorita extranjera que lo dedica a recibir personal masculino.He tenido quejas de algún vecino por el trasiego que hay en la escalera y el ascensor.
Puedo cancelar el contrato si, de mutuo acuerdo, no quiere hacerlo?
Saludos
Leete el contrato. Normalmente se indica que es exclusivamente para vivir, no para tener un negocio en la vivienda.
Si es así, y demuestra que está realizando dicha actividad, lo podrías deshauciar.
Búscate un abogado.