Conducir bajo los efectos del alcohol y dando tasa superior a 0,60 en aire, es delito, y conlleva tener que acudir a juicio con la imposición de las penas correspondientes y la generación de antecedentes penales.
Vemos qué plazo que debe transcurrir hasta que esos antecedentes penales puedan cancelarse.
¿Qué penas te pueden caer por el delito de conducir con tasa de alcohol superior a 0,60?
Conducir un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, supone cometer un delito contra la seguridad vial contemplado en el Código Penal.
La pena con la que se castiga este delito es la de:
- prisión de 3 a 6 meses
- o con la de multa de 6 a 12 meses
- o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días,
- y, en cualquier caso, con la retirada del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
Si la tasa de alcohol fuera inferior a 0,60 se considera infracción administrativa que conllevaría sólo multa económica y retirada de puntos, tal como puede ver en:
->> Conducir con tasa alcohol positiva: cuantía multas y retirada puntos
¿Qué plazo debe transcurrir para la cancelación de esos antecedentes penales?
Los plazos de cancelación de antecedentes penales, según establece el Código Penal, dependen de la pena impuesta.
Durante este plazo, el culpable no debe delinquir de nuevo, ya que de hacerlo el plazo de cancelación de antecedentes quedaría interrumpido.
Los plazos para la cancelación de los antecedentes penales son:
1.- Para las penas leves, 6 meses.
2.- Para las penas que no excedan de doce meses, 2 años.
3.- Para las restantes penas menos graves, 3 años.
4.- Para las penas graves, 5 años.
Ejemplo: Si la retirada del permiso de conducir fuera por ejemplo por tiempo superior a un año, el plazo para la cancelación de los antecedentes penales será de 3 años.
¿Desde qué fecha empieza a contar el plazo de cancelación de antecedentes?
El plazo empieza a contar desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena, es decir, desde que se haya cumplido la condena.
Si a pesar de cumplirse todos los requisitos para la cancelación de antecedentes penales, bien por solicitud del interesado, bien de oficio por el Ministerio de Justicia, ésta no se haya producido, el juez o tribunal, acreditadas tales circunstancias, ordenará la cancelación y no tendrá en cuenta dichos antecedentes.
Artículos relacionados:
hola tengo que pagar multa por alcoholemia ya fui setenciada pero no se donde pagarla gracias
Hola.
En la notificación de la multa te tiene que venir indicada la forma de pago.
De todas formas, puedes ver cómo pagar las multas de Tráfico en.
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/03/24/de-que-formas-se-pueden-pagar-las-multas-de-trafico/
Salu2
Hola tengo una pregunta me multaron por dar positivo el alcol 0 70 y tengo antecedentes q puede pasar si el mes q viene tengo jucio por conducir bajo los efectos del alcol ?
Hola.
Puedes ver las penas que te pueden caer en el artículo superior.
Como ves son variables y la decisión final la toma el juez que tendrá en cuenta si tienes ya antecedentes de este tipo.
Salu2
Hola, tuve juicio rápido por alcoholemia. La pena fue de 6 meses de multa y de 8 meses de retirada del carné. No me aclaro para saber cuándo se me cancelarían los antecedentes ni si empieza a computar el plazo desde que pagué la multa o desde que me devolvieron el carné.
Me podéis ayudar?
Gracias.
Hola
Al haberte retirado el carnet por menos de 1 año, el plazo para la cancelación de antecedentes es de 2 años.
Este plazo empieza a contar desde el día en que se cumplen los 8 meses de retirada de carnet, y queda extinguida la pena.
Más info en el artículo superior.
Salu2
Hola buenas, di más de 0,6 en un control de alcoholemia, y tengo el juicio rápido en dos semanas, mi pregunta es si hasta el juicio puedo conducir o ya no ? Y de cuánto suelen ser las multas en el ayuntamiento de Madrid?
Buenas
En teoría puedes seguir conduciendo hasta que se declare la pérdida de vigencia del carnet de conducir.
Después, una vez que en juicio declaren la retirada del carnet, si te pillan conduciendo estarás cometiendo delito penal, con las penas que puedes ver en:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/06/13/conducir-sin-carnet-o-sin-puntos-delito-penal/
Salu2
Hola buenas tardes! di positivo en un control y no acudi al jucio rapido, han pasado ya 6 meses y no se nada al respecto. En estos casos, esto es normal? Habria posibilidad de que transcribiera?
De todas formas consegui lo que necesitaba, que era tener el carnet 3 meses más, sino me hubiese visto obligado a conducir sin carnet. Ahora ya no me hace falta, que me lo quiten cuando quieran.
Un cordial saludo y gracias de antemano.
Buenos días
Es muy raro. Al tratarse de delito y sanción administrativa, no puedes acudir a Tráfico a consultar, ya que está fuera de su competencia..
Si tienes la notificación de juicio rápido puedes acudir a informarte al Juzgado si lo deseas y a ver qué te comentan al respecto..
Sino, a esperar a ver si te notifican algo más, pero tampoco te comas mucho la cabeza. Lo mejor aprender de los errores para que no te vuelva a suceder. Y si te libras está vez, suerte que has tenido 😉
Salu2
Buenas noches, hace cuatro años, en un control de alcoholemia de policía local, di 0,62 y 0,60, en la multa pone conducta 22, fueron 500 euros y 6 puntos de carnet, no me citaron para juicio, ni retirada de carnet, mi pregunta es si esto genera antecedentes penals o solo es sanción administrativa, muchas gracias!!!
Buenos días
No, tuviste suerte y quedó sólo en sanción administrativa, pero estuviste al límite de tener que ir a juicio…
Así que todo quedó saldado con esos 500€ y la retirada de los 6 puntos. Por tanto no generó antecedentes penales ni nada.
Salu2
El 2 de junio de 2013 trafico me paro en un control de al soplar daba 0,35 y al hacerme soplar en el coche del agente no fui capaz de soplar. Vino Atestados y me hizo una prueba y no di alcohol, pero el primer agente me denuncio a un Juicio Rapido por negarme a soplar.
Me condenaron a un 1 y un dia sin carnet y 6 seis meses de prision. la fecha de inicio de la privacion de carnet fue del 11/11/2013 al 11/11/2014 y la seis meses de prision me la comunican el 2/12/2013.
PUEDO SOLICITAR YA EL CERTIFICADO DE PENALES PARA MANDAR A TRAFICO.
Buenos días
En el artículo superior puedes ver Qué plazo debe transcurrir para la cancelación de esos antecedentes penales.
Esperamos que te sirva de ayuda.
Salu2
tuve una sentencia de 6 MESES DE MULTA Y 8 MESES 1 DIA DE PRIVACION DE CONDUCIR,el 25/04/2013, pero cancele la deuda en dicembre, quisiera saber si la condena va desde esa fecha o desde cuando pague y los antecedentes penales están o ya se han cancelado o q de bo hacer…gracias
Hola
En el artículo superior puedes ver «¿Qué plazo debe transcurrir para la cancelación de esos antecedentes penales?»
Así como la respuesta a: ¿Desde qué fecha empieza a contar el plazo de cancelación de antecedentes?
Salu2
hola queria saber q sancion m va caer por conducir con una tasa de alcohol de 061 en aire y tengo uan anterior q me pillaron con el mismo y tengo una multa que estoy pagando y m quitaron el carnet por 20 meses al ser extranjero no se si varia las cosas gracias
Leete el artículo de arriba.
Salu2.
Hola,
Pasados los DOS años desde la extinción de la retirada del carnet por alcoholemia. Los antecedentes quedan anulados automáticamente? Hay qué hacer algún trámite?
Al quedar anulados no constará ESE delito nunca más, es como si no hubiera sucedido nunca?
Gracias
Es de 3 años en tu caso (sanción de 2 años de retirada de carnet).
Los antecedentes se cancela y ya no consta.
Salu2.