Es posible que sea uno de los casi 18 millones de personas que recibirán una carta enviada por la Seguridad Social para informarle sobre la edad a la que podrá jubilarse y la cuantía de su futura pensión, así como de planes complementarios al cobro de la misma.
Vemos quiénes son los que la recibirán primero y en qué consiste más detalladamente.
¿Quiénes recibirán esa Carta de la Seguridad Social?
Se enviará a todos los españoles que cuenten con una carrera de cotización superior a 5 años, lo cual se calcula que son alrededor de 17,6 millones de personas.
¿En qué consiste esta carta que va a enviar la Seguridad Social?
La carta que la Seguridad Social va a enviar a los cotizantes, deberá contener información puntual sobre:
- Fecha a la que podrá acceder a la jubilación ordinaria.
- Periodos de cotización necesarios que pueda acceder a dicha jubilación.
- Importe mensual y anual estimado en euros constantes de la pensión de jubilación correspondiente, calculado sobre 14 pagas.
Aparte de estos datos, el cotizante recibirá otra notificación paralela procedente de las entidades privadas en las que le informen sobre mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresariales o planes y fondos de pensiones y seguros individuales y colectivos, es decir, instrumentos de carácter complementario y alternativo al cobro de la pensión de jubilación.
¿Quiénes son los que primero recibirán esta carta?
- Los primeros destinatarios de la Carta de la Seguridad Social serán los mayores de 50 años en situación de alta en la Seguridad Social o que, en situación de baja, acrediten 15 años cotizados (que es el periodo mínimo de cotización necesario para tener derecho a una pensión de jubilación ordinaria)
Se espera que éstos comiencen a recibir la carta alrededor de mediados de 2014. En este grupo se encontrarían unos 5,3 millones de personas.
- En el año 2015, se extendería la notificación sobre la cuantía de la pensión y la edad de jubilación a otros 10,8 millones de personas, que son los que se encuentran englobados en el grupo de los mayores de 40 años.
- Y por último en 2016, la carta se enviaría a los que acrediten más de 5 años de cotización, alcanzándose el total previsto de que esta misiva llegue en estos 3 años a los 17,6 millones de personas indicados.
¿Cuál es el objetivo de esta carta?
El objetivo de esta carta es concienciar a los ciudadanos sobre la importancia que tiene su cotización en la futura pensión y la disposición de todo tipo de formas de ahorro (planes o fondos de pensiones, seguros, ..y otras alternativas complementarias) para que la cuantía a percibir en el futuro les sea suficiente.
Aparte de informar sobre la relación entre su salario actual y la pensión que en el futuro está previsto que le corresponderá a cada trabajador que haya cotizado según el cálculo actual.
¿Cuánto nos va a costar el envío de esta cartas?
El coste total de enviar estas cartas se calcula en unos 11 millones de euros en tres años, repartidos de la siguiente forma:
- En el año 2014 el coste de enviar estas cartas se estima en entre 848.795 euros y los 1,6 millones de euros.
- En 2015, nos costará entre los 1,7 millones de euros y los 3,4 millones.
- Y en 2016, entre los 2,9 millones y los 5,8 millones de euros.
¿Significa esta carta que en el futuro tengo asegurado la pensión que ahí se indica?
No. Tal como advierte este texto elaborado por el Gobierno y aprobado por Real Decreto:
«tendrá un mero valor informativo y orientador […], sin que en ningún caso dicha información pueda originar derechos ni expectativas de derecho a su favor, ni obligaciones o responsabilidades a las entidades que la emiten».
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Hola tengo 58 años,llevo 1 año en el paro,me queda otro año de paro,cuando acabe el paro solicitare el subsidio,si me lo dan a que edad podre juvilarme,tengo 43 años cotizados.
A los 61 años si te acoges a la anterior ley, y a los 61 o 63 años si es con la nueva ley y dependerá de cómo hayas perdido tu empleo.
Quisiera hacerles una pregunta, con 38 años y medio cotizados la edad de jubilación se puede adelantar a los 65 en vez de 67 años, pero si se cumplen los 38 años y medio cotizados a los 65 años de edad, ¿se puede un trabajador acoger a la expectativa de tener 38 años y medio cotizados a los 65 para jubilarse anticipadamente a los 63?
Todos los que haya cotizado más de 38,5 años, pueden jubilarse a los 65 años con el 100% de su pensión.
Y sí, puede solicitar la jubilación anticipada voluntaria a los 63 años de edad.
Cuando se me acaben los 2 años del paro, tendré 64 años y 6 meses.Tengo 47 años cotizados;mi pregunta es:
Me jubilarán directamente o tendré yo que pedir la jubilación anticipada? También supongo que no me quedará el 100%.Mi despido fué por causas objetivas, concurso de
acrredores y después liquidación de la empresa.
Muchas gracias.
Si quieres, puedes pedir la jubilación anticipada.
Si te jubilas anticipadamente te aplicarán coeficientes reductores:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2011/07/27/nueva-ley-de-pensiones-jubilaciones-anticipadas-o-prejubilaciones/
Salu2.
Tengo 59 años, me despidieron hace 5 años individualmente( no colectivamente) por causas económicas y de bajada de producción, mi pregunta es podré prejubilarse a los 61 «como me han dicho hasta ahora en la S .S»,yo tengo un convenio especial con la S.S. y me estoy cotizando yo.
Muchas gracias por su respuesta/Información
Te puedes jubilar a los 61, ya que perdiste el empleo por causa de la crisis.
Tengo actualmente 56 años de edad y estoy cotizando en régimen especial (pagando de mi bolsillo ). Despedido por ERE en Octubre 2011 (tenia 53 años y la empresa cotiza el conv especial a mayores de 55 años-).
Con 37 años actualmente de cotización a la SS y si continuo con el convenio a los 61 tendré cotizados 43.
¿tendré problemas para jubilarme anticipadamente a los 61 con la nueva «indicación»?
Gracias anticipadas por su respuesta
Sí, al estar cotizando por un convenio especial te consideran que estás en activo y te aplican la nueva ley.
Pero como perdiste el empleo por causa de la crisis, podrás seguir jubilándote a los 61, eso sí, bajo la nueva ley.
Saluy2.
Tengo 60 años fui despedido por un ere en el año 2010 . La empresa estaba en concurso de acreedores. Tengo un convenio especial, con la seguridad social. Tengo 46 años cotizados. En octubre del año 2014 cumplo 61 año Puedo juvilarme con 61años
Yo creo que sí, aunque lo más probable es que te apliquen la nueva ley.
Estuve en alta en la Seguridad Social desde Octubre de 1974 a Julio de 1984 teniendo un total de 13 años cotizados.
Ahora tengo 58 años, si en estos años que me quedan hasta la jubilación cotizo al menos 2 años en Régimen de Autónomos,tendría derecho a cobrar jubilación aunque sea por la mínima que se da por tener 15 años cotizados.
Saludos,
Ricardo
Sí, tendrías una pensión, eso sí, la cuantía no creas que va a ser muy grande.
Eso sí, si no tuvieras ingresos, podrías intentar conseguir el complemento a mínimos y cobrar la pensión mínima.
Salu2.
Mi situación es la siguiente, después de estar 2 años en un ERE de reducción al 50% por causas económicas y de producción, con fecha 30-11-14 voy a ser despedido con uno objetivo por las mismas causas.
El 24-11-14 cumplo 61 años y tengo 39 años de cotización, después de los seis meses de paro, puedo solicitar la jubilación anticipada de 61 años ¿?, esperando su respuesta, les agradezco la atención, saludos,
Sí, puedes.
Salu2.
Mi situacion es; tengo 62 años y cotizados 15 años puedo solicitar la prejuvilacion.Gracias
No, hay que tener 35 años cotizados para poder solicitar la jubilación anticipada.
Salu2.
buenas tardes: actualmente tengo 58 años y cotizados en España 30 años y 10 meses. Además tengo cotizados 7 años en Argentina. Me puedo jubilar anticipadamente a los 63 años..?? Me computaría el año faltante para los 38 y medio necesarios para poderlo hacer a los 65 años?? Gracias por su contestación.
Los años cotizados en Argentina sirve aquí, así que tendrías 37 años y 10 meses cotizados.
Si tienes 58 años, tu edad de jubilación (sin cotiza más) sería a los 65 años, al disponer de más de 37 y 3 meses cotizados en el año 2021 (año que se va a jubilar).
Si quiere puede prejubilarse anticipadamente de forma voluntaria a los 63 y de forma forzosa a los 61.
Salu2.