¿Qué ocurre si me niego a pagar una multa de Tráfico? ¿Prescribiría su cobro algún día?
Lo cierto es que por el motivo que sea, son muchos los conductores que deciden no pagar cuando les llega una multa de Tráfico.
Desconocen que a larga puede salir mucho más caro, ya que al final la Administración la acaba cobrando vía apremio aplicando recargos e intereses tal como vemos con más detalle.
¿Qué pasaría si recibo una multa de Tráfico y decido no abonarla?
Vemos los pasos que seguirá la Administración para su cobro en ese caso:
1.- Cuando comete una infracción dispone de un plazo de 20 días naturales desde que se notifica la multa (bien en mano cuando el agente la entrega, o bien por notificación a su domicilio) para abonarla voluntariamente (periodo voluntario) beneficiándose del descuento del 50% o alegar al respecto.
2.- En caso de no pagarla en ese plazo, se inicia lo que se conoce como período ejecutivo de cobro de las sanciones. En este caso aplican a la cuantía de la multa un recargo de un 5% y ya no puede beneficiarse de ningún descuento.
3.- Si no lo abonara en periodo ejecutivo, le enviarán una notificación de providencia de apremio para su pago con un nuevo plazo a través de la Agencia Tributaria, aplicándole un nuevo recargo reducido del 10% del importe de la deuda.
4.- Si no lo abonara dentro de ese plazo, le aplicarán un nuevo recargo está vez ya ordinario del 20% sobre la deuda no abonada más los intereses de demora computados desde el final del período voluntario.
5.- Una vez pasado el plazo fijado en la providencia de apremio sin que se haya hecho efectivo el pago, dictarán una nueva providencia para el embargo de sus cuentas bancarias hasta que se satisfaga la deuda.
¿Y si no tuviera dinero en el banco? ¿Me embargarían el coche?
Si no fuera posible el cobro de la deuda mediante embargo de sus cuentas bancarias, por no disponer de ellas o de dinero en las mismas, se puede proceder al embargo del vehículo para lo cual se dictará una orden de búsqueda y captura del mismo.
También podrían proceder al embargo de otros bienes en el orden que puede ver en:
– Procedimiento o providencia de apremio. Embargo de bienes
en el punto «Embargo de los bienes. ¿En qué orden embargarían los bienes?»
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Buenas!!
Alguien me puede ayudar a solucionar el siguiente problema.
El ayuntamiento me envía una notificación certificada a correos con fecha 25/sept/ 2017 a mi domicilio donde se me comunica por primera vez una infracción leve del art 34 de ordenanza de limpieza del ayuntamiento de Elche, habiendose cometido la infracción el día 2/marzo/ 2017 con una sanción de 120 euros.
No obstante a mi entender la infracción leve prescribe a los seis meses sin haber tenido conocimiento del mismo hasta el día 26 de septiembre del 2017, donde se me envía una resolución en fase de ejecución emitida con fecha 3/agosto/2017 habiendo vulnerandome el derecho a las oportunas alegaciones.
Mi pregunta es ¿ Puedo alegar que la reclamación del ayuntamiento por infracción leve ha prescrito ya que no he tenido conocimiento del mismo hasta el día 26/09/2017 debido a que ha transcurrido exactamente seis meses y veinte y dos días de que se cometió la infracción con fecha 3/03/2017.
Muchas gracias!!!!
El plazo de prescripción de las infracciones son de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las infracciones graves y muy graves.
La prescripción de las multas de tráfico podrá verse interrumpida por:
– Cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio.
– Notificación efectuada en el momento de la infracción, en el domicilio, en la Dirección Electrónica Vial (DEV), página de la DGT para la notificación y gestión de multas de tráfico vía telemática, o a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).
Por ejemplo, si la administración ha tenido que realizar trámites para averiguar tu domicilio, el plazo se interrumpe, y sólo comienza a contar nuevamente, si en 1 mes no hace nada.
Vamos que lo tienes complicado a mi entender.
Salu2.
Pido ayuda:
He recibido una multa de transito la cual según el oficio ocurrió en la Vía A-8 el 22/8/17 dirección a Bilbao. Dado el tiempo transcurrido no puedo recordar con exactitud si es correcta o no. Me intiman al pago de 100 euros y no me envían ningún otro comprobante.
Resido en Argentina. ¿Debo pagar o debo exigir pruebas?.
En caso de no pagar: ¿cual es la sanción?
Gracias
Buenos días
Si es una multa de radar puedes solicitar foto de prueba. Pero si lo haces perderás la posibilidad de pagar con el descuento del 50% por pronto pago …
En el caso de no pagar, te la seguirán reclamando tal cual indicamos en el artículo superior.
Salu2
Hola! Alquilamos un auto en Mayo y me hicieron una multa por circular en una zona que no se podía; obviamente desconocíamos que estaba prohibido porque era nuestra primera vez como turistas en Madrid. Pagamos ya una multa y ahora nos mandan una segunda multa por circular ese mismo dia pero por otra cuadra…honestamente no quiero pagarla. No tenemos ningún bien en Madrid, solo fuimos de vacaciones (ni cuenta, ni coche, ni nada)que consecuencias podemos tener? Prescriben eventualmente este tipo de multas? Saludos y gracias.
Hola
Si no sois residentes en España, ni tenéis ningún bien en este país, será complicado que os la puedan reclamar o cobrar mediante embargo final de la cuenta, que es el proceso final para el cobro de la multa si no se paga de forma voluntaria …
Salu2
Hola, en el 2016 me multaron por exceso de velocidad con 300 euros, en ese momento no pude pagar la multa ya que estaba sin trabajo, me fueron llegando notificaciones pero no he podido pagarla, me llega un embargo a mi cuenta de 40 euros, mi pregunta es, estoy cobrando 600 euros de paro, pueden quitarme toda la multa o me iran quitando de poco en poco, porque digo yo que tendre que comer?en caso de que asi sea puedo reclamar y solicitar que me quiten un poco cada mes?muchas gracias
Hola
Al haber llegado al periodo ejecutivo del cobro y reclamación del pago vía apremio a través de la Agencia Tributaria, de esa deuda sí que podrá solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago ante la propia Agencia Tributaria conforme a la normativa.
Acude a tu delegación de Hacienda con la documentación que dispongas referente a esa multa y embargo para solicitarlo.
Salu2
puedor pagar multar plaso
No, no se puede pagar a plazos.
Hola,me ha llegado una multa por no tener el seguro de mi ciclomotor (ya he puesto una reclamación a mi compañía de seguros y se lavan las manos..)de 1000 euros, ni siquiera estaba circulando,estaba aparcada!dice la policía que si pago antes de 15 días son la mitad 500,estoy trabajando cobro 1000 euros al mes pero tengo dos hijos no puedo pagar todo de golpe no me niego a pagar aunque es fallo del seguro no mío,puedo pagar un poco cada mes? cuanto? cómo se hace? gracias.
Leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/06/02/se-puede-pagar-una-multa-de-trafico-a-plazos/
Salu2