Uso de Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Más información en la Política de cookies

Acepto
Compara tu inversión
¿Cuánto? 
¿Tiempo? 
Comparar
1 de abril de 2014

Claves del borrador de la declaracion de la Renta del 2013 (IRPF campaña 2014)

Hoy, 1 de abril, arranca la campaña de la declaración de la renta del 2013, coincidiendo con el primer día que se puede solicitar el borrador del IRPF, y se podrá hacer hasta el 30 de junio de 2014.

El borrador de la renta está disponible en la Sede Electrónica, a la que se puede acceder a través del portal de la Agencia en internet.

¿Qué necesitaré para acceder a mi borrador o datos fiscales en la Sede Electrónica?

Para poder visualizar tanto el borrador como los datos fiscales, te pedirán el NIF, el importe de la casilla 620 de la declaración del año anterior (2012) y el número de móvil donde quieres recibir el SMS con el número de referencia.

Si no dispones del importe de la casilla 620 (por diversas razones), puedes acceder a la Sede Electrónica usando un Certificado Digital o el DNI electrónico.

Como novedad, este año han lanzado el nuevo sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario, PIN24H.

¿Y no me lo envían a casa?

Sí, te lo enviará por correo ordinario si lo solicitaste expresamente en la declaración del año anterior, y siempre que no lo hubieras obtenido con anterioridad a través de los medios telemáticos.

¿Cómo lo solicito?

  • Por teléfono: 901 121 224 (automático 24 horas) y en el 901 200 345 (renta asistencia de lunes a viernes, de 9 a 21 horas).
  • Personalmente: en las oficinas de la Agencia Tributaria.

¿Por qué no puedo ver mi borrador?

No todos los contribuyentes pueden realizar sus declaraciones de la renta a través del borrador.  Este servicio sólo está disponible para aquellos contribuyentes que cumplas las siguientes condiciones:

1.- Contribuyentes con rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como derivados de letras del tesoro.
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles. A estos efectos no se tiene en cuenta la vivienda habitual, ni los garajes o trasteros, con un máximo de 4 inmuebles.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y otras subvenciones no vinculadas con actividades económicas.
  • Transmisión de valores públicos que al amortizarlos hayan tenido ganancia de rendimiento cero.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Renta básica de emancipación.
  • Rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario de entidades en régimen de atribución de rentas.
2.- El contribuyente haya sido titular, como máximo, de dos inmuebles de uso propio, aunque hayan estado desocupados, distintos de la vivienda habitual y del suelo no edificado.

¿Cuándo puedo confirmar el borrador?

El borrador de la renta se puede confirmar desde Hoy, 1 de abril a través de la Sede Electrónica o vía teléfono.

A partir del 5 de mayo se puede confirmar de forma presencial; pero desde ya podéis solicitar Cita Previa.

Se puede confirmar el borrador hasta el 30 de junio.

¿Quién tiene que presentar la declaración?

Los criterios no ha cambiado con respecto a la declaración de la renta del 2012, así que os remito al artículo de ese año, destacando los siguientes puntos:

  • Los que tengan rentas de trabajo inferiores a 11.200 euros están exentos.
  • Los que tengan rentas de trabajo de hasta 22.000 euros y que provenga de un sólo pagador, o de varios, de tal forma que los segundos pagadores no superen los 1.500 euros también están exentos.

>> Ver todas las condiciones para saber si estoy exento de hacer la declaración.

Artículos relacionados:

171 comments to Claves del borrador de la declaracion de la Renta del 2013 (IRPF campaña 2014)

  • Juan

    No os hagáis la picha un lio
    Si vais a realizar la declaración de la Renta 2013 (ayuda del PLAN PIVE) con el Programa PADRE, corresponde la casilla 312
    Si vais a corregir el borrador desde la web de Hacienda, corresponde la casilla 242, no se despliega mas que un cuadro DE (Declaración) y se coloca 1000 € (no 2000 €).
    Ambas casillas derivan en el computo de ayudas del Estado por compra de un vehículo
    Saludos

  • Toni Tool

    buenos dias,

    tengo una duda, he leido de que los seguros de vida y de vivienda que te hace el Banco cuando haces la hipoteca se pueden declarar, En mi poliza de seguro de la vivienda pone clausula a favor de acreedor hipotecario y el nombre del banco pero en el de vida pone beneficiario los hijos del asegurado. Cual puedo declarar?? y en el caso de que pueda en que casilla lo deberia poner. Muchas gracias

    • Sí, siempre que figure en las escrituras y que sea obligatorio su contratación para la concesión de la hipoteca.

      Te dejo la respuesta de AEAT:

      Pregunta: ¿Son deducibles como adquisición de vivienda las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros que habitualmente exigen los bancos cuando conceden hipotecas?

      Respuesta: Sí. Cuando exista derecho a aplicar la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, esta se practicará sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación, incluidos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en caso de financiación ajena, la amortización, los intereses y demás gastos derivados de dicha financiación, entre los cuales se encuentran las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios que se acostumbra a incluir en las condiciones de los préstamos hipotecarios.

    • FEr

      Alguien sabe la casilla donde se ha de introducir el valor de los seguros de hogar? un saludo y gracias

    • Toni Tool

      hola, en mis escrituras no veo que figure nada de los seguros, lo que si es que me los hizo el propio banco BBVA con su propia aseguradora y desde que compre el piso sigo con ellos. Ahora tengo la duda de si ponerlo en la declaracion de renta o no. Y tambien donde lo tendria que poner, si alguien me puede ayudar a salir de la dudo lo agradecere.

      gracias

    • Si no figura, te lo puedes llevar a donde quieras, y me temo que no te puedes desgravar.

  • Nieves

    Buenos días!,al intentar modificar el borrador para poner el plan pive, me dice:
    que hay un error en el porcentaje del préstamo hipotecario, a que se refiere?,
    el plan pive esta a nombre del cónyuge, tiene eso algo que ver?
    tiene relación una cosa con la otra?
    Saludos

  • sara

    al confirmar mi declaracion, no me aparece la casilla 620 es normal? han cambiado de numeracion las casillas?

  • Roberto

    Buenas tardes:

    Tengo 2 hipotecas en la vivienda habitual, la que me subrogué cuando compre mi casa y otra que hice para completar el precio total. Año tras año solo me incluyen 1 en el borrador, y tengo que confeccionarla con el programa padre para incluir las 2. ¿Saben donde tengo que acudir para que figuren las 2 hipotecas en el borrador? En el programa padre solo me deja poner una referencia de 1 hipoteca, y lo que hago es sumar las cantidades a desgravar de las dos.

    Gracias.

  • Miguel Angel

    Hola, en que casilla tengo que poner lo de los seguros de vida y lo del seguro de la casa y como se pone. Tengo entendido que puedo desgravarlos porque estan vinculados a la hipoteca de la casa que es mi vivienda habitual.

    Es que es lo único que tengo que añadir al borrador.

    Muchas gracias.

  • Miguel Ángel

    Hola.
    Sobre el Plan PIVE,
    ¿Cuando se tiene régimen de bienes gananciales cómo se imputan los 1000€ de ganancia patrimonial que supone la ayuda del plan?

    ¿Al 50% entre ambos cónyuges?
    ¿Al 100% del titular a nombre de quien figure la compra?

    Gracias

  • Fernando

    Como puedo desde el borrador que me envian por Internet pasar de declaración individual a conjunta

  • Carmen

    Adquirí el mes de octubre 2013 un vehículo nuevo y me aplicaron el Plan Pive por vehiculo que entregúe, como puede comprobar que está aplicado en el borrador de la renta 2013?
    La casilla 242 en el borrador no me aparece ni tampoco ninguna cantidad de 1000 €
    Gracias.

  • felix

    Buenas noches;
    Me sale en el borrador lo que cobre de FOGASA y eso supuestamente esta declarado en ejercicio anteriores,y no me deja aceptar el borrador.
    En que casilla tengo que poner lo que he pagado por la hipoteca,seguro de vida,seguro de hogar y plan de penciones?
    Muchas gracias.

    • Los seguros en la misma casilla que lo que hayas pagado de hipoteca.

      Lo de los planes de pensiones: Planes de pensiones, si tiene aportaciones, debe comprobar que figuran incluidas en la casilla (500).

      Lo de FOGASA se debe imputar a los años anteriores.

      Quizás debas de solicitar cita previa para que un técnico te ayude a realizar tu declaración para evitar problemas.

      Saludos.

Leave a Reply to sergio

Más consultas y respuestas sobre este tema en el FORO...

 

 

Puedes utilizar estas etiquetas HTML

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>