El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ha planteado ante el Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados, que los trabajadores a tiempo parcial puedan acceder a una pensión contributiva con una cotización mínima de 7,5 años, frente a los 15 que se exigen ahora.
Si se implantarán estas novedades el 40 % de las personas que no podrían haber alcanzado una pensión con la anterior fórmula ahora lo podrían hacer, ha pronosticado el secretario de Estado.
¿Cuántos años he de cotizar para cobrar una pensión de jubilación?
- El trabajador ha de tener al menos 15 años cotizados a lo largo de su vida laboral.
- Además debe de contar con 2 años de cotizaciones dentro de los últimos 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho a la pensión de jubilación.
¿Cómo se cuenta hasta ahora los años cotizados en caso de un empleo a tiempo parcial?
En los trabajadores a tiempo completo cuenta cotizado todo el tiempo que esté contratado, sin embargo, en los trabajadores a tiempo parcial, la cosa cambia.
Los números de días trabajados se tiene en cuenta sus horas trabajadas, al que se le aplica un coeficiente de mejora por trabajo a tiempo parcial:
- El número de horas efectivamente trabajadas se dividirá por 5, equivalente diario del cómputo de 1826 horas anuales
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Al número de días teóricos de cotización obtenidos, se aplicará el coeficiente multiplicador de 1,5, resultando de ello el número de días que se considerarán acreditados para determinar:
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Los períodos mínimos de cotización. La fracción de día, en su caso, se asimilará a día completo.
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El número de años cotizados a efectos de fijar el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión. La fracción de año se computará como un año completo.
Así, si un trabajador que trabaja a media jornada:
- Si trabajas 1 año a media jornada, cotizarías 183 días y computaría como 275 días, es decir el 75% del año cotizado.
- Si una persona trabaja durante 10 años a media jornada, computaría como 7,5 años a efecto de la pensión de jubilación.
- Para tener derecho a una pensión de jubilación, tendría que trabajar 20 años a media jornada.
¿Qué cambia?
Con la propuesta, cambiaría el coeficiente multiplicador que pasaría del 1,5 a 2, así para los mismos casos anteriores:
- Si trabajas 1 año a media jornada, cotizarías 183 días y computaría como 365 días, es decir el 100% del año cotizado.
- Si una persona trabaja durante 10 años a media jornada, computaría como 10 años a efecto de la pensión de jubilación.
- Para tener derecho a una pensión de jubilación, tendría que trabajar 15 años a media jornada.
Con la propuesta, en lugar de otorgarle los 275 días, este mismo trabajador contaría con 365 días anuales acreditados tanto para el reconocimiento de la pensión como para el número de años cotizados para fijar el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión.
¿Y los complementos a mínimos?
Una persona que cuente con 15 años de cómputo para la pensión de jubilación tiene derecho al 50% de su base de cotizaciones.
Esa base de cotizaciones se calcula en función de la media de cotizaciones de los últimos años (16 en 2013 que irá incrementando hasta 25 años en 2022, lease las disposiciones transitorias).
Como es lógico, cuando una persona trabaja a tiempo parcial, su base será inferior y la mayoría de las veces al hacer media, no alcanzará la pensión mínima, y por lo tanto, en principio tendría derecho al complemento a mínimos.
Según Tomás Burgos habría que estudiar una fórmula de proporcionalidad, que debe guardar equilibrio con el realizado y no ser una «puerta de atrás» para obtener beneficios desproporcionados.
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Hola este suple al mensaje de arriba cuanto paga el empresario en total a la SS POR MI con una nómina neta de 1100€ con jornada completa categoría conserje y soltero.Gracias un Saludo.
Habría que mirar la nómina bruta.
Las empresas cotizan por los trabajadores entorno al 25% o el 30% del salario en bruto.
Salu2.
Hola,con referencia a la consulta anterior La nómina en bruto es de 1300€ que porcentaje tendría q pagar la empresa y yo por otro lado al mes.el porcentaje y la cantidad en Euros..Gracias Saludos
Ya te indiqué los porcentajes, que no depende de tu nómina.
Empresa entre 25 y 30% y el trabajador entorno al 6%.
Además, el trabajador tiene que pagar el IRPF.
Salu2.
Hola, no entiendo ese porcentaje de 25al 30 por ciento q la empresa paga a la SS no tiene q ver con mi nómina contra q se refiere gracias
Lo que paga tu empresa a la SS, no te enteras. Se hacen ellos cargo directamente y no figura en tu nómina, es cosas de tu empresa y la SS.
Leete:
– http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Basesytiposdecotiza36537/index.htm
Salu2.
Hola podría decirme cuanto paga la empresa por un un empleado con la categoría más baja y la cotización más baja a SS, como 200 €.?gracias
La base mínima de cotizaciones por contingencia comunes son de 764,40€ por los que hay que pagar unos 215€.
A esta cifra habría que sumarle la contigencia de desempleo que depende de la categoría del trabajador.
Si es un contrato de tipo general sería del 5,5%, es decir, unos 42,02€.
Salu2.
Hola, buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, tengo una con función y agradeciendo de antemano la contesta, tengo 22 años de jornada parcial, estoy parado de 2008 por la crisis económica, no he conseguido trabajo hasta la fecha , he cobrado todas las ayudas, tengo 64 años, mi duda. Por no cotizado nada, cuando me llegue la edad de jubilación tendré derecho a la pensión contributiva por mis años trabajado. Gracias
Sí, siempre que sumes 15 años de cotizaciones, de los cuales 2 sea en los últimos 15 años.
Lo ideal es que vayas a la SS y consultar. Si te faltara tiempo de cotizaciones se puede acogerse a un convenio especial y seguir cotizando.
Salu2.
Hola con jornada parcial según la reforma tengo derecho con 7,5 años y yo tengo 22 años trabajado a no ser q haya cambiado la reforma me podría confirmar si tengo derecho. a jubilarse a los 65 años con 7,5 años, q tendré el porcentaje del 50 por ciento o por tener 22 años cotizados sería algo más, Gracias
Cuidado con hablar de años.
Cuando en el artículo de arriba habla de 7,5 años, son años cotizados, años completos cotizados.
ME temo que cuando hablas tu de 22 años… son años trabajados a jornada parcial. Habría que ir sumando a ver cuántos años cotizados, o años completos cotizados.
Si cotizas a media jornada, con 15 años trabajados sería suficiente, pero si la parcialidad es mayor, pues más años hay que trabajar.
Para averiguarlo, pide la vida laboral:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2015/11/16/como-conseguir-solicitar-solicitar-el-informe-de-vida-laboral/
Salu2.
Hola buenas tardes podría decirme si hay alguna ayuda económica con un año antes de jubilarse Gracias
Subsidio de desmepleo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/04/20/subsidio-de-desempleo/
subsidio de mayores de 52 años:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/09/14/subsidio-por-desempleo-para-trabajadores-mayores-de-52-anos-requisitos-plazos-y-documentacion/
o RAI:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2009/11/24/rai-renta-activa-de-insercion/
Salu2.
Hola se termina la 2 paga de la RAI, siendo esta de seis años alternos me jubilarse quedando la 3 paga, tendría derecho cobrar la 3 parte a un año que me queda para jubilarse. Gracias
Puedes solicitar la tercera RAI, siempre que cumplas las condiciones.
Una vez alcanzado la edad de jubilación y solicitas dicha pensión, se paraliza la RAI.
Salu2.
Hola,Estimado Señor, tengo una duda, y quisiera que Usted me la aclarase, tengo 22 años trabajados en la vida laboral viene 11 años q multiplicado 11×1,5=16,5 años este círculo lo tendré a la hora de jubilarse? Gracias
Con lo que tiene cotizado tendrá derecho a una pensión, eso sí, siempre que tengas 2 años cotizados en los últimos 15 años antes de la jubilación.
Salu2.
Hola buenas tardes perdí el trabajo en el 2009 y luego cobre 2 años de paro, tengo tengo los 2 años cotizados en los últimos 15 años de la jubilación con 64 años de edad Graccias
Entonces, sí.