Cuando un familiar fallece, uno de los documentos que ha de solicitarse es el Certificado de últimas voluntades para saber qué Notario recogió el último testamento y poder obtener una copia del mismo necesaria para la tramitación de la herencia.
Para obtener este certificado es necesario abonar previamente la tasa, aportar la documentación requerida y presentar la solicitud que indicamos.
¿Qué es el Certificado de Ultimas Voluntades?
El Certificado de últimas voluntades es el documento que acredita si una persona, ha otorgado testamento y ante qué Notario/s.
De esta forma, los herederos podrán dirigirse al Notario autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo.
Este documento se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio.
Quién puede solicitar el Certificado de Ultimas Voluntades?
Puede solicitarlo cualquier persona, siempre que presente los documentos requeridos, o en el caso de solicitud electrónica estén disponibles telemáticamente los datos de defunción necesarios.
Qué plazo hay para solicitarlo?
El certificado de actos de última voluntad ha de solicitarse una vez hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la fecha de defunción.
Importante: cuando el certificado de actos de última voluntad ha de surtir efectos en el extranjero, necesita ser legalizado. No se olvide de advertirlo cuando lo solicite donde se lo expidan.
Documentación y requisitos necesarios.
1.-SOLICITUD.-
Para solicitar el Certificado de Ultimas voluntades es necesario rellenar el Modelo 790 que se puede descargar en este enlace u obtener gratuitamente en los siguientes lugares:
- Las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
- Registros Civiles de toda España.
- En Madrid en la Oficina Central de Atención al Ciudadano
Nota: La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.
2.-DOCUMENTACIÓN.-
Junto con el Impreso 790 indicado antes, será necesario adjuntar:
Certificado Literal de Defunción, que habrá de ser original o fotocopia compulsada, expedido por el Registro Civil correspondiente a la localidad en que la persona haya fallecido, y en el que deberá constar necesariamente el nombre de los padres del fallecido.
Nota: La información que se describe en este apartado únicamente le afecta si va a realizar su solicitud de forma presencial o por correo postal. Si cuenta con certificado electrónico de usuario, puede optar por la tramitación electrónica de su solicitud, para ello es preciso que acceda a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia
3.-ABONO DE LA TASA.-
Para solicitarlo es necesario abonar previamente la tasa, que para el año 2015 es de 3,70€.
Dónde hay que abonar la tasa?
- Si el pago se realiza en España:
Ha de acudir con el impreso 790 cumplimentado a una entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria (figuran las disponibles en el propio impreso) para efectuar la liquidación.
La copia «ejemplar para la Administración» del impreso 790 debidamente validado una vez abonada, será la que habrá de presentar para la expedición del certificado.
- Si el pago se realiza desde el extranjero:
Ha de acudir con el impreso 790 suscrito a una entidad financiera española colaboradora con la Agencia Tributaria que tenga sucursal en el país desde donde se solicita el certificado. El pago se acreditará con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera en la copia «ejemplar para la Administración» del impreso 790 que habrá de remitir.
O bien, puede ingresar el importe de la tasa mediante transferencia bancaria, siempre que dicha transferencia provenga de cuantas abiertas en bancos situados fuera del territorio nacional. Para efectuar la transferencia se utilizará el IBAN o Código Internacional de la cuenta de ingresos restringida del Ministerio de Justicia, cuyos datos se indican a continuación, remitiendo el original del justificante de haber realizado el pago, junto al “ejemplar para la Administración” del impreso 790.
- ENTIDAD: BBVA
- TITULAR DE LA CUENTA: Ministerio de Justicia – Cuenta Restringida Recaudación Tasas Extranjero
- NIF DEL TITULAR DE LA CUENTA: S-2813610-I
- IBAN o Código Internacional de Cuenta Bancaria: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060
- Código de Identificación Bancario (BIC) del BBVA: BBVAESMMXXX
PRECIO DE LA TASA: 3,66 € en el 2014
IMPORTANTE: deberá ponerse especial cuidado en liquidar correctamente el importe de la tasa, porque si se hiciese por cuantía errónea la entidad financiera no puede devolver la misma y, en caso de solicitar su reintegro, el interesado deberá iniciar un expediente de devolución de ingresos indebidos
Artículos relacionados:
Para este año, 2014, la tasa es de 3,66.tened cuidado que si no liquidais bien, os hacen hacer más tramites
Es mejor mirar esto en la página del ministerio de justicia
Muchas gracias por la información. Hemos actualizado la tasa en el artículo. Servirá de ayuda a los usuarios.
Salu2!
Hola, si se quiere solicitar tanto el tema del testamento como la la de las pólizas ¿ habría que abonar doble tasa ? Es decir 3,66 + 3,66 ?
Saludos y gracias !
Hola.
No te podemos confirmar exactamente. Lo mejor es que lo consultes cuando acudas a solicitar el impreso a presentar.
Salu2
En el documento 790 descrito, hay que rellenar el municipio de defunción o el de nacimiento del fallecido?.
Espero respuesta.
Gracias y un saludo.
El del nacimiento del fallecido como indica en la propia casilla.
Puedes descargar el modelo en el artículo superior donde además figuran las instrucciones para rellenarlo correctamente si os surgen dudas.
Salu2
otra pregunta:
Mi abuela de la que queremos solicitar las ultimas voluntades neecsario para hacer el traspaso de la titularidad a los herederos, murio en el año 1976. Se debe pedir así mismo las ultimas voluntades despues de todo este tiempo?.
Sí, no creemos que haya ningún inconveniente aunque haya transcurrido ese tiempo.
Salu2
me ha servido de mucha ayuda la pagina, por que en el banco no saben las tasas que hay que pagar .
Gracias un saludo
Para este año 2015:
– La tasa administrativa para la expedición de certificados de antecedentes penales, últimas voluntades y contrato de seguro de cobertura de fallecimiento es de 3,70 €
Hemos actualizado el artículo.
Salu2!
Soy de Aceuchal (Badajoz) donde puedo pedir el certificado de ultimas voluntades de un difunto
Acude a una notaría, ellos ya se pondrá en contacto con la notaría donde tenga el testamento el difunto.
Salu2.
Se pueden solicitar lpor correo postal?
Y en ese caso luego te contestan diciendo cual son?
Me temo que no.
Has de acudir a una notaría.
También es necesario realizar el tramite del certificado de ultimas voluntades si tenemos el original del testamento de mi madre.
Sí, porque nadie garantiza que el que tiene tu madre son las últimas voluntades.
Puede que haya uno posterior, ¿quién sabe?
Salu2.
Hola,
¿Cada heredero debe solicitar un Certificado de Últimas Voluntades o el mismo puede servir para diferentes posibles herederos que acudan a la notaría a preguntar si son herederos?
¿Un posible heredero puede preguntar en la notaría, debidamente autorizado, si entre los herederos se encuentra además de él otros familiares como sus hijos?
Gracias.
Hola.
Con solicitar un Certificado de Ultimas voluntades es suficiente.
Sí, puedes acudir al notario al consultar tus derechos sobre la herencia.
Salu2
como puedo solicitar el certificado de ultimas voluntades, de una persona que ha fallecido y ha sido enterrada en mexico??
Acude a una Notaría y pregunta.