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Cuantías mínimas de las pensiones contributivas de 2013
Para el año 2013, el gobierno ha revalorizado las pensiones mínimas para el 2013 entrono al 1% y el 2% según la cuantía de la misma.
De esta forma, las cuantías mínimas de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, quedan fijadas, en cómputo anual, clase de pensión y requisitos concurrentes en el titular, en las cuantías siguientes:
Pensión mínima de JUBILACIÓN
JUBILACIÓN CON 65 AÑOS |
Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Con cónyuge a cargo |
778,9 |
10.904,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) |
631,30 |
8.838,20 |
Con cónyuge NO a cargo |
598,80 |
8.383,20 |
JUBILACIÓN MENOR DE 65 AÑOS |
Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Con cónyuge a cargo |
730,00 |
10.220,00 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) |
590,50 |
8.267,00 |
Con cónyuge NO a cargo |
558,00 |
7.812,00 |
Pensión por INCAPACIDAD PERMANENTE
GRAN INVALIDEZ |
Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Con cónyuge a cargo |
1.168,40 |
16.357,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) |
947,00 |
13.258,00 |
Con cónyuge NO a cargo |
898,20 |
12.574,80 |
ABOLUTA O CON 65 AÑOS DE EDAD |
Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Con cónyuge a cargo |
778,90 |
10.904,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) |
631,30 |
8.838,20 |
Con cónyuge NO a cargo |
598,80 |
8.383,20 |
TOTAL CON EDAD ENTRE 60 Y 64 AÑOS |
Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Con cónyuge a cargo |
730,00 |
10.220,00 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) |
590,50 |
8.267,00 |
Con cónyuge NO a cargo |
558,00 |
7.812,00 |
TOTAL DERIVADA ENFERMEDAD COMÚN MENOR 60 AÑOS |
Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Con cónyuge a cargo |
392,60 |
392,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) |
392,60 |
5.496,40 |
Con cónyuge NO a cargo |
55% base mínima RG |
55% base mínima RG |
Pensión por VIUDEDAD
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Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Con cargas familiares |
730,00 |
10.220,00 |
Con 65 años o con discapacidad = >65% |
631,30 |
8.838,20 |
Entre 60 y 64 años |
590,50 |
8.267,00 |
Menor de 60 años |
477,90 |
6.690,60 |
Pensión por ORFANDAD
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Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Por beneficiario |
192,80 |
2.699,20 |
Orfandad absoluta |
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Un solo beneficiario |
670,70 |
9.389,80 |
Varios beneficiarios (N) |
192,80 + 477,90 / N |
2.699,20 + 6.690,60 / N |
Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad > =65% |
379,40 |
5.311,60 |
Pensión a FAVOR DE FAMILIARES
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Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Por beneficiario |
192,80 |
2.699,20 |
Si no existe viuda ni huérfano pensionistas |
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– Un solo beneficiario con 65 años |
466,10 |
6.525,40 |
– Un solo beneficiario menor de 65 años |
439,00 |
6.146,00 |
– Varios beneficiarios (N) |
192,80 + 285,10/N |
2.699,20 + 3.991,40/N |
SEGURO OBLIGATORIO DE VEJEZ E INVALIDEZ (SOVI)
PENSIONES SOVI |
Cuantías Mensuales |
Cuantías Anuales |
Vejez, invalidez y viudedad |
403,70 |
5.651,80 |
Prestaciones SOVI concurrentes |
392,20 |
5.490,80 |
LÍMITE DE INGRESOS PARA PENSIÓN MÍNIMA
LÍMITE DE INGRESOS (sin incluir la pensión) |
CUANTÍA ANUAL |
Sin cónyuge a cargo |
7.063,07 |
Con cónyuge a cargo |
8.239,15 |
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Hola, tengo 58 años y 12 años cotizados en el Régimen General de la Seguridad Social. Como es improbable que pueda encontrar trabajo para seguir cotizando, ¿existe algún sistema por el que pueda hacerlo pagándome yo misma las cuotas aunque no trabaje? ¿Durante cuánto tiempo tendría que cotizar de ser posible el hacerlo para tener derecho a la pensión mínima?
Muchas gracias por su rspuesta?
Sí, o te das de alta en autónomos o te suscribes a un convenio con la Seguridad Social durante al menos 3 años para alcanzar los 15 años necesarios para tener derecho a una pensión.
La pensión mínima se puede obtener con 15 años cotizados, siempre que tengas derecho a un complemento a mínimos:
Salu2.
Soy minusválida física, tengo un 75,5%. Estoy cobrando una no contributiva, quiero pasarme a la prestación de hijo a cargo. Me gustaría saber exactamente que copago tiene al mes y si tenemos un máximo de ingresos anual.
Muchas gracias
Maria
Las pensiones arriba indicadas son CONTRIBUTIVAS.
¿Tienes derecho a la contributiva? porque me parece raro que te conceda una NO contributiva teniendo derecho a una contributiva.
Salu2.
Llevo muchos años cobrando la no contributiva, ¿Por qué le parece raro?
Gracias
Indicas que tienes derecho a una pensión contributiva. Una persona con derecho a una contributiva, generalmente no tiene derecho a una pensión no contributiva; de hecho el motivo por la que se concede una pensión no contributiva es porque dicha persona no ha cotizado lo suficiente para tener una pensión contributiva.
Salu2.
Muchas gracias
Hola mi madre tiene 58 años, viuda y con una discapacidad otorgada per la generalitat de Cataluña por el 65% a cotizado namas 8 años y pico.Puede pedir alguna ayuda compatible quiero decir contributiva? sea por discapacidad o jubilacion?.
Gracias
Si tiene 65% de discapacidad puede optar a la PNC, siempre que no tenga ingresos superiores a 5.122 euros.
Pero si tiene derecho a una pensión de viudedad, lo más probable es que por ingresos no se tenga derecho a la PNC:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pensiones-no-contributivas/
Salu2.
Trabajo a tiempo parcial y sólo gano 350 €/mes. He intentado conseguir una pensión pero me han denegado la incapacidad permanente. Tengo 22 años cotizados pero dado que tengo un 65% de Discapacidad, mi pregunta es si podría pedir la pensión no contributiva, por mis bajos ingresos, aunque fuese una parte proporcional. Gracias y saludos
Leete:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pensio-no-contributiva-de-invalidez/
Salu2.
hola mi pregunta es tenqo 46 años y 27 años cotizando con una discapacidad del 67 por ciento por charcot marie tooth progresiva a que edad podria jubilarme puesto que el gobierno regala un año por cada cuatro años cotizados a personas con discapacidad igual o superior al 65 por ciento
Tu edad de jubilación sería los 65 años, pudiendote prejubilar a los 61 o 63 años si pierdes el empleo por la crisis o si es por voluntad propia, respectivamente
Salu2.
Hola.
Mi padre cobraba una pensión de vejez de 780.90euros con un complemento x cónyuge a cargo. Ahora mi madre ha solicitado PN Contributiva, x lo que a mi padre le han quitado el complemento x conyuge a cargo y ahora solo cobra 600.30. Mi pregunta es: ¿Si mi madre alguna vez le quitaran la PNC, a mi padre le volverían a dar ese complemente x conyuge a cargo?Cumple requisitos y todo eso.
¿El complemento de mi padre era 345 euros, x lo que sería mejor q mi madre renunciase a la PNC y así mi padre volver a coger ese complemento?
Si me pueden decir algo, gracias
Sí, claro.
La PNC es algo más de 345 euros, ¿no?
Salu2
HOLA de nuevo,
Por favor, otra pregunta,
La Ley dice q las pensiones causantes a partir del día 1/01/2013 el límite de los complementos mínimos no puede superar los 365.90 euros.
Pero ¿Esto afecta a las pensiones de atrás, es decir las q la S.Social nos dio en el año por ejemplo 2006?. ¿Afectaría tb el límite de los complementos mínimos q arriba te he señalado, o solo a las pensiones q se han dado a partir del 1/01/2013?
Si me podéis decir algo,
Saludos,
Lo de arriba se refiere a los de 2013.
Si quieres ver lo del 2014:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2014/01/02/todas-las-pensiones-suben-un-025-en-2014-inclida-la-minima-y-la-maxima/
Salu2.
Hola,
Estoy ayudando a mi madre con el tema de su pensión y tenggo algunas dudas.
Entiendo que para tener derecho al complemento mínimo, es necesario que las rentas totales (incluida la pensión sin el complemento mínimo) sea inferior a 7063,07 (este año, 2014, un poco más: 7080,73) UNA VEZ APLICADAS LAS DEDUCCIONES a las que según la ley del IRPF tengo derecho.
Mis Cuatro preguntas son:
1. En la declaración de IRPF, ¿pongo como rentas del trabajo la pensión cobrada con el complemento mínimo o sin el?. Entiendo que en cualquier caso el complemento mínimo no entra en el computo de los 7080,73, pero mi duda es si meterlo en la declaración del IRPF.
2. Para saber si estoy por debajo de 7080,73, ¿tengo que sumar la base liquidable GENERAL y la base liquidable del AHORRO del IRPF?. ¿O no es exactamente asi?. ¿En que casilla(s) de la declaración del IRPF debo centrar mi atención para determinar la renta ganada durante el año a efectos de saber si tengo o no derecho al mínimo?.
3. Si las rentas fuesen superiores en 1 Euro al importe determinado en la Ley de presupuestos del estado (7080,73 para el 2014), ¿automáticamente se pierde el derecho a TODO el complemento mínimo o solo a una parte de él, en función de cuánto se haya rebasado los 7080,73?.
4. Si hubiese vendido un inmueble justo el año anterior a determinar el importe de mi pensión (por ejemplo en el 2012), ¿eso se tomará en cuenta para calcular el complemento mínimo de mi pensión (si me jubilo en el 2013), o al ser realmente un hecho aislado no se toma en cuenta para calcular la pensión inicial desde la que se parte?. Entiendo que una vez que ya esté cobrando, evidentemente sí se tomaría en cuenta (es decir en el 2014 en base a mis ingresos del 2013)?
Muchas gracias, por vuestra ayuda,
Maria
1. Debes de incluir todos los ingresos.
2. Para ver si tiene derecho al complemento, no se tiene en cuenta el propio complemento. Eso sí, hay que incluir todos los ingresos: trabajo, ahorro, etc.
3. Aunque sea superior a 1 euro se pierde el complemento.
4. La venta de un inmueble genera plusvalías, es decir rentas y hay que tenerlo en cuenta.
Saludos
COMPLEMENTO A MINIMOS
Me gustaría saber si dentro de la cantidad máxima de ingresos para que no te quiten el complemento a minimos entra un plan de pensiones (privado) y la propia pensión de la seguridad social con el complemento a minimos, ya que se consideran rendimientos de trabajo. Tambien quisiera saber que importe se tomaria en actividades económicas por modulos: el rendimiento neto de modulo, el rendimiento neto de actividad o el rendimiento neto reducido total.
Gracias.
Cuenta todos los ingresos.
Muy buenas.
Tengo muchas dudas sobre lo que me corresponderá de complemento a mínimos puesto que este año he tenido un ingreso de un poco de dinero de un plan de pensiones y no se como me quedará la pensión. Le detallo tal vez ud pueda ayudarme.
Pensión Mensual que me corresponde sin complemento 406,12 €
Ingreso total extra en el año (por el Plan Pens.) 1.102,00 €
Tipo de Pensión : Con conyuge NO A CARGO.
No se cual es la diferencia que me corresponderá. Gracias.
El complemento es para que llegues a 598,80 mensuales o 8.383,20 anuales.
Para tener derecho al complemento, tienes que tener rentas inferiores anuales de 7.080,73 euros.
Es decir, sumas tus 406.2 * 14 pagas + 1102 que sale a 6788,8 inferior a los 7.000 euros, así que sí que tendrás derecho al complemento.
Saludos.