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14 de enero de 2013

Renta 2012 y simulador del IPRF 2012

La Agencia Tributaria ya ha puesto a disposición de los contribuyentes en su página web el simulador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para el ejercicio 2012.

El organismo recuerda, en un comunicado, que se puede acceder a este programa sin necesidad de firma electrónica a través de la oficina virtual de la Agencia Tributaria.

Es un buen instrumento a tener en cuenta para planificar planificar nuestros gastos, sobre todo si nos sale a pagar para ir ahorrando el dinero para afrontar esta situación.

A continuación os dejamos algunas de las novedades sobre el IRPF del 2012

  • El ejercicio del año 2012 se modificó los tipos marginales del IRPF suponiendo un incremento impositivo sobre todos los trabajadores.

  • Se que quitado la compensación fiscal para los que adquiriendo la vivienda habitual antes de 20 de enero de 2006

    Estas compensaciones consistía en un 5% de deducciones adicionales para los primeros 4.500 euros de inversión en vivienda habitual, que a partir del próximo año dejará de existir, es decir, estos contribuyentes, perderán hasta 225 euros de deducciones.

  • En el 2012, el tipo impositivo sobre las rentas de capital ha experimentado un subida con respecto al 2011, lo nuevos tipos son:
    • 21% para las rentas de capital inferiores a 6.000€.
    • 25% para las rentas de capital entre los 6.000 y 24.000€
    • 27% para las rentas de capital que supere los 24.000€.

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12 comments to Renta 2012 y simulador del IPRF 2012

  • Paco

    Estoy cobrando subsidio de 45 con cargas,pago pension de mi hija y la universidad,cobro 5100€ al año de la seguridad social y pago en total por mi hija unos 2800€ año(pension y universidad),esos 2800€ hay que ponerlos en el IRPF como gastos o no?Un saludo

  • Isabel

    Hola buenos días,mi duda es la siguiente,si tengo o no que hacer la declaración de la renta 2013,ya que el año pasado mi marido se quedó sin trabajo en abril, y ahora cobra el paro y yo solo trabajé 5 meses ese año y ahora cobro el subsidio de 426 euros y tenemos una hija menor de edad y una vivienda que pagamos la hipoteca desde el 2007,tendremos que hacer la declaración y nos saldrá a pagar o nos devuelven algo? ,muchas gracias y espero vuestra respuesta¡

  • Enrique

    1.- Mi hija compra un piso a su nombre en fecha: 2003 por un importe de 120000 €
    2.- En junio de 2012, vende esta vivienda por 235000€ de los cuales 63.800 € son para cancelar la hipoteca.
    3.- En julio de 2012 compra con su marido, que tienen separación de bienes, su vivienda habitual y escriturando al 50 % por valor de 317.000 €.
    He estado hablando con Hacienda y ha sido tan compleja la información que me han dado que no puedo sacar conclusiones a la hora de registrar en la declaración de este año los datos sobre la enajenación del capital obtenido por adquisición de la nueva vivienda y de la imputación de plusvalía que me ha asustado.

    • Al no haber reinvertido el 100% del dinero obtenido por la venta, tendrá que pagar la plusvalía de la parte proporcional no reinvertido.

      Precio nueva vivienda: 50% de 317.000 euros.
      Precio venta anterior vivienda: 235.000 euros.

      Debe de tributar la plusvalía correspondiente a los 76.500 euros no reinvertido.

      En cuanto a la deducción de la nueva vivienda habitual, no podrá practicarse hasta que haya invertido al menos lo deducido en la anterior vivienda.

      Salu2.

  • Christian

    Buenos días, mi consulta es la siguiente, tengo que rescatar un plan de pensiones y quiero saber la mejor manera para pagar lo menos posible al tributar. Conozco que tengo la reduccion del 40% si lo rescato de golpe, pero si rescatará de forma temporal, no llegando al minimo interprofesional, ¿no tendria que pagar a Hacienda? ¿el banco me hace una retención directamente? y si es así,entiendo que al no llegar al mínimo interprofesional en mis rentas totales de trabajo, en la declaración del año siguiente podría poner la parte que me han retenido directamente y que me la devolvieran, ¿no? No trabajo, así que mis únicas rentas del trabajo , serían por el rescate temporal del plan de pensiones

    • Si tienes muy pocas rentas, es mejor que lo rescates en sueldos mensuales.

      Ten en cuenta, que las personas que ganen anualmente a través de rentas de trabajo menos de 8150 euros, no tienen que pagar nada de impuestos.

      Salu2.

  • Christian

    Mil gracias por el consejo, pero ¿el Banco te hace una retenció directamente? y si es así ¡que hay que hacer? ¿ponerlo en la declaración del año que viene para que me devuelvan dicha retención?

  • Ana

    Buenas noches,

    mi nómina es de 813,68€ brutos, 762,02 netos. No he tenido más ingresos, pero tengo un plazo fijo de 23.000 euros a medias con mi pareja y el año pasado pagué la entrada de un piso que aún esta en construcción, este año no he aportado nada al piso. Convendría ingresar algo de dinero en la cuenta vivienda o no me tocará pagar?

    Gracias.

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