Hoy entra en vigor la la prohibición de realizar pagos en efectivo desde 2.500 euros en operaciones en que intervenga un empresario o profesional.
También se prohíbe las operaciones de más de 15.000 euros cuando el pagador sea una persona física sin domicilio fiscal en España que no actúe como empresario o profesional.
La sanción por el incumplimiento de esta ley es el pago de un 25% de la cantidad pagada en efectivo.
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