El gobierno ha anunciado que suprimirá las deducciones por vivienda habitual a partir del 2013, pero sólo para las nueva adquisiciones a partir de enero de 2013.
Éste ha sido el tercer cambio en menos de 2 años:
- 27 de Noviembre de 2009: ZP elimina la deducción por inversión en vivienda habitual de forma universal y sólo permite deducirlo a las rentas inferiores a los 24.107 euros.
- 30 de Diciembre de 2011: Rajoy recupera las deducciones de vivienda habitual sin limitaciones de ingreso que existía a 31 de diciembre de 2010.
- 11 de Julio de 2011: Rajoy eliminará las deducciones de vivienda habitual para las nuevas adquisiciones a partir del 2013.
- 15 de Julio de 2011: Rajoy la compensación fiscal para los que compraron la vivienda antes del 20 de enero de 2006.
¿Los que compraron su vivienda habitual antes del 2013 podrán seguir desgravándose?
Sí, la nueva ley sólo afectará a las adquisiciones a partir de enero de 2013. Los que compraron la vivienda hasta ahora lo podrá seguir desgravando sin problemas.
Este medida podría fomentar las compras a los largo del 2012. De hecho si estás pensando comprar vivienda sería interesante considerarlo y hacer la compra antes de que entre el 2013, eso sí, siempre que el banco te concedan la hipoteca.
¿Cuáles son las modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual?
Existe cuadro modalidades de deducción por inversión en vivienda habitual:
- La adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
- La construcción o ampliación de la vivienda habitual.
- Inversión en Cuenta Vivienda.
- Obras o instalación de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona con discapacidad.
¿Qué conceptos se puede incluir en las deducciones por inversión en vivienda habitual?
Se puede incluir los siguientes conceptos y hasta un máximo de 9015€ anuales por declaración, salvo que se deduzca por obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual a las necesidades de una persona discapacitada, en tal caso, el límite es de 12.020€ anuales.
- Lo ingresado en una cuenta vivienda.
- Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
- Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
- Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
- Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
- Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
- Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
- El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.
>> Más preguntas sobre las viviendas habitual, consulta aquí.
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Hola, me gustaría me informaran si teniendo una vivienda ya pagada,si compro una nueva y la declaro como vivienda habitual, que impuestos tendría que pagar por la vieja,y si la nueva me desgrava hasta tanto pueda vender la vieja.gracias.
Si no vendes la vieja, no tienes que pagar nada.
Tan sólo que a partir de ahora dejar de ser tu vivienda habitual y será una vivienda a disposición. Por tener una vivienda a disposición tiene una rentes imputadas, entorno al 1% sobre el valor catastral.
Es decir, se considera que generas una rentas del 1% del valor catastral. Dicha renta tributa en el IRPF al tipo marginal:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/10/23/tipos-marginales-del-impuesto-en-2012-con-una-subida-de-hasta-un-7-mas-a-pagar/
Salu2.
Muy buenas tardes: Tenemos alquilado un local. Somos varios hermanos y ahora el inquilino lleva dos años sin pagar el alquiler. Para poder denunciar este impago, entiendo que deberiamos tener el contrato que se firmo con el, cosa que uno de mis hermanos ha extraviado, como podriamos hacer para llevar a cabo este tramite, o donde recurrir si esta perdido el contrato con el inquilino que se firmo. Un saludo.
Solicita ayuda profesional de un abogado.
Tenéis que desahuciar a este inquilino.
Salu2.
Buenas tardes: Muchas gracias por su colaboracion. Entiendo, con relacion a la anterior pregunta, que a no ser de buena fe, y que el inquilino dejara el local, el contrato de alquiler extraviado seria necesario. Sino, como bien dices, tendriamos que pedir ayuda a un abogado. Gracias de nuevo.
El hecho de que no está pagando es suficiente para echar al inquilino.
Pero tiene que ser por orden judicial, así que necesitas un abogado para denunciar el caso.
Salu2.
Hola,
En el caso de tener una vivienda ya pagada, si compro en este mes una nueva como vivienda habitual y no vendo la vieja ¿me puedo acoger a la deduccion? Muchas gracia
Sí, pero sólo a partir del momento en que inviertas al menos lo deducido en la anterior vivienda.
Salu2.
Me gustaria me dijeran cuanto me costaria aproximadamente las escrituras y los gastos de una vivienda de 132000€ habiendo pagado ya el el 4%de iva.Muchas gracias.
Otros 3% aproximadamente en gastos notariales, e impuestos.
Salu2.
Hola,
Mi caso es que yo estoy trabajando pero mi mujer ha estado durante todo el año desempleada y cobrando el correspondiente desempleo sin que le retenga nada de IRPF. La cuestion es que ¿si he aportado los 9040 euros a la hipoteca para la maxima deduccion, hay alguna forma de deducirme los 9040 euros integramente yo? Es decir, si el prestamo esta al 50%, solo me puedo desgravar 4500 euros o si la hacemos individual yo puedo desgravarme los 9040 euros integros y ella que no se desgrave nada por que nada tiene retinido para poder desgravarse. Gracias
Sí, pero haciendo una declaración conjunta.
Tienes que ver qué es lo que os sale mejor: individual desgravandote el 50% o conjunta, desgravandote el 100% de lo aportado en la hipoteca.
Salu2.
¿que me saldria mas rentable? si yo cobro menos de 20000 euros anuales y ella solo ha cobrado el desempleo ¿la declaracion individual o la conjunta? ¿Podria desgravarme los 9040 euros de la hipoteca si ella no realiza la declaracion (no esta obligada) y yo la realizo individual desgravandome los 9040 integros?
Depende, haz una simulación con el programa padre.
Salu2.
Hola:
Abrí una cuenta vivienda en Diciembre de 2009, y tengo pensado construir una casa en 2013 (año en el que gastaré todo lo que tengo en la cuenta (9000 x 4 años; este año he sumado otros 9000 euros)).
En principio tengo para gastarlo (sino estoy equivocado, hasta diciembre de 2013).
¿Hay algún problema para hacer esto? Entiendo que no tengo que devolver nada.
Saludos, y gracias.
Tienes hasta diciembre de 2013 para gastar la totalidad del dinero de la cuenta vivienda antes de diciembre 2013.
Si autoconstruyes, tienes que comenzar las obras también antes de diciembre de 2013, y dispones de 4 años para escriturar.
Salu2.
Vale, muchas gracias.
Entonces, entiendo que este año 2012 puedo seguir deduciendo los 9000 euros.
Saludos, y gracias de nuevo.
En 2012 se puede deducirte la cuenta vivienda, pero si no compras este año, a partir del 2013 ya no podrás deducirte por la vivienda habitual, eso sí, tienes la obligación de construir si no quieres devolver lo deducido.
Salu2.
Hola , buenos días
Tengo una cuenta vivienda desde 2011 y mi duda es que va a pasar a partir de 2013.Por un lado he leído que hay que devolver lo desgravado sin intereses y por otro lado he leido que tienes cuatro años para usarloen la vivienda pero que a partir de 2013 no puedes desgravarte ya nada mas pero lo que te has desgravado no lo tienes que devolver nada.
No se que es lo que hay que hacer si pudieras aclararmelo ?
Saludos, y gracias.
No, no tienes que devolver nada, si finalmente compras la vivienda habitual.
Lo que perderás será las deducciones de vivienda habitual a partir del 2013 por la reforma.
Salu2