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3 de julio de 2012

Nueva reforma del sistema sanitario con copago: ¿Qué me toca pagar a mí de las medicinas?

Desde el día 1 de Julio entró en vigor la nueva reforma del sistema sanitario que entre otras cosas establece un sistema de copago para los medicamentos, es decir, que obligan a los pacientes a pagar más por sus medicinas, dependiendo de su nivel de ingresos.

Así, obligarán a pagar una pequeña parte de los medicamentos a los pensionistas, y a los trabajadores con más rentas pagarán hasta un 60% de sus medicinas.

¿Cómo tienen que proceder las farmacias?

A partir del día 1 de Julio las farmacias debe de contar con un sistema informático para identificar el tipo de aportación que ha de realizar cada usuarios, pero si no se dispone de este sistema, en las recetas llevará igualmente un código que permite saber el porcentaje que ha de pagar el usuario por el medicamento.

¿Cuánto ha de pagar cada uno por las medicinas?

El porcentaje a pagar depende del tipo de enfermo y de su renta:

  • Trabajadores activos:
    • Rentas inferiores a 18.000 euros: 40% de los medicamentos.
    • Rentas entre 18.000 euros y 100.000 euros: 50% de los medicamentos
    • Rentas superiores a 100.000 euros: 60% de los medicamentos
  • Pensionistas:
    • Pensionista con pensión no contributiva o una renta mínima de inserción: Gratis
    • Pensión inferiores a 18.000 euros: 10% de los medicamentos hasta un máximo de 8 euros mensuales.
    • Pensiones de entre 18.000 euros y 100.000 euros: 10% de los medicamentos y hasta un máximo de 18 euros mensuales.
    • Pensiones de más de 100.000 euros: 60% de los medicamentos hasta un máximo de 60 euros mensuales.
  • Funcionarios:
    • Los trabajadores incluidos en MUFACE e ISFAS, militares y personal al servicio de la administración de justicia: el 30% del precio de los medicamentos.
    • El resto igual que los trabajadores activos.
  • Parados:
    • Los que reciben renta mínima de inserción (RMI) o ya no recibe ninguna prestación por desempleo: no tendrá que pagar por sus medicamentos.
    • El resto igual que los trabajadores activos.

¿Cómo ha de reclamar los pensionistas si han pagado más de lo que le corresponde?

Deberá de presentar el ticket de compra de los medicamentos  y las recetas para solicitar su reintegro.

Este reintegro se realizará en el plazo de entre 3 y 6 meses.

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155 comments to Nueva reforma del sistema sanitario con copago: ¿Qué me toca pagar a mí de las medicinas?

  • mircea stroie

    cuanto es la cuantidad que cobraria yo con una pension no contributiva con un grado dediscspacidad de 75 porciento

  • Sebastian

    pues yo creo k cumplo las condciones x estar en situacion legal d desempleo,sera k tienes k apuntarte recien dejes d trabajar?,yo m apunte un año despues jaja….

  • Sebastian

    a yo creia que lo de los 15 dias era solo para pedir la prestacion…

  • Javier

    Hola buenos dias, tengo una pregunta… Si yo tengo una pensión no contributiva porque estoy pagando el 10% de los medicamentos?

    • Pues te lo están cobrando mal.

      Es gratis para los que cobran la PNC:

      En el punto 8 del Artículo 94 bis. Aportación de los beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria dice:

      Estarán exentos de aportación, los usuarios y sus beneficiarios que pertenezcan a una de las siguientes categorías:

      a) Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.

      b) Personas perceptoras de rentas de integración social.

      c) Persona perceptoras de pensiones no contributivas.

      d) Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.

      e) Los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

    • Javier

      Muchas gracias por la respuesta, a donde podría ir a reclamar?

  • Sebastian

    yo no me refiero de pedir la prestacion,digo k si para estar en situacion legal de desempleo es necesario apuntarse antes de 15 dias aunque no vayas a pedir la prestacion o puede pasar mas tiempo?

  • Sebastian

    Entonces estoy desempleado inscrito en el inem y no cobro prestacion pero tengo k abonar un 40% de las medicinas…¿tambien habra que pagar si tengo que ir al medico o a un especialista para algo?,es decir tb se paga la asistencia o solo las medicinas?

  • Luka

    Estimados Sres. PreguntasFrecuentes.net:

    les ruego corrijan la información contenida en el presente artículo. En concreto, me refiero a la afirmación que ud hacen en el siguiente párrafo:

    «Parados:
    ·Los que reciben renta mínima de inserción (RMI) o ya no recibe ninguna prestación por desempleo: no tendrá que pagar por sus medicamentos.»

    Les aclaro que no todos los parados que no reciben ninguna prestación tienen gratuidad en los medicamentos. Como dicta el punto 8 del apartado trece del artículo 4 del R.D.L. 16/2012, sólo aquellos parados que hayan perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo quedan exentos del pago por sus medicamentos.

    Los demás parados sin prestación (salvo caso de rentas de integración social) deberán aportar un 40% del precio del medicamento, quedando integrados en el grupo de aportación TSI003. Tal circunstancia me ha sido confirmada en mi propia oficina del INSS, puesto que yo mismo me encuentro en tal situación.

    La propia Comunidad de Madrid en su página web de faq explica lo expuesto de la siguiente forma:

    » Otro de los colectivos exentos de pago son los parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación. ¿Qué personas son?
    Son los parados a los que se les ha acabado el subsidio por desempleo. Al agotarse este subsidio es cuando tienen derecho a la exención del pago, en tanto subsista esta situación. El subsidio por desempleo no es lo mismo que la prestación por desempleo. La prestación por desempleo es una prestación contributiva, a la cual se tiene derecho en determinadas situaciones de pérdida del trabajo. En cambio, el subsidio de desempleo es una ayuda económica que se da a algunos parados, hayan percibido previamente la prestación de desempleo o no.»

    Lamentablemente, ni en la propia del INSS me han sabido explicar la razón de tal medida arbitraria, que sólo beneficia a un reducidísimo grupo de parados sin ingresos.

    Por lo que veo, el error es común en los distinos medios de comunicación, especialmente en internet, por lo que parece ser que ha sido el propio Gobierno el primer interesado en desvirtuar la información ofrecida, con el objeto de hacer creer a la sociedad que todos los parados sin ingresos estaban exentos, a fin de maquillar con cierto aire de «justicia social» una medida tan aberrante, carente de sentido y arbitraria, que se ceba especialmente en las rentas más desfavorecidas. Una mentira más de un gobierno que, sin duda, no nos merecemos.

    Un saludo.

  • Sebastian

    yo tengo el 40% en la receta y en la farmacia me cobran un 10%…y eso??

    • Luka

      Puede ser porque, independientemente del grupo de aportación al que pertenezcas como asegurado, algunos medicamentos, los conocidos como «fármacos de aportación reducida» que se recetan para enfermedades de tipo crónico, tienen una subvención especial de forma que todos los usuarios (salvo los exentos de pago) abonan por ellos el 10% de su PVP con límite de 4,13 euros por envase.

  • Ana Cristina

    Hola:
    Tengo 27 años y no estoy trabajando. Estoy tramitando la tarjeta sanitaria para personas sin recursos económicos. No tengo ningún ingreso, y aunque tengo 3 años cotizados nunca he cobrado prestación por desempleo (hace ya 2 años de mi último trabajo, pero no solicité la prestación). ¿Qué porcetanje me corresponde pagar de los medicamentos?
    Muchas gracias.

  • sonia

    Buenas tardes,
    Mi padre tiene que pagar un máximo de 8 € y mi madre nada por las recetas, y hasta ahora les han cobrado el 10%, donde y cómo puedo reclamar para que les devuelvan el dinero pagado de más?
    Muchas gracias!

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