La maternidad y el desempleo puede coincidir en el mismo momento. En función de cómo coincidan en el tiempo, el trabajador puede tener derecho al paro, al subsidio y/o a la maternidad.
A continuación vamos a indicar qué ocurre en cada caso:
1. Mientras cobras la maternidad te quedas desempleada:
En tal caso, se sigue cobrando la maternidad y cuando finalice se puede solicitar la prestación de desempleo en el plazo de 15 días, sin que se le descuente de su paro ninguno de los días que, tras su cese en la empresa cobrase la maternidad.
Para la solicitud de la prestación se ha de presentar la solicitud de paro incluyendo en la documentación a presentar una copia de la resolución de maternidad donde se indique las fechas de inicio y fin.
2. Mientras cobras el paro se produce la maternidad:
En este caso, se suspende el paro para cobrar del INSS la baja por maternidad durante los 16 semanas, para después reanudar el paro por tiempo y cuantía que quedase pendiente de recibir.
Los trámites que se ha de hacer son:
Solicitar la baja como perceptora de desempleo en la oficina del SEPE.
Acudir al INSS para solicitar la maternidad.
Cuando se termine de cobrar la maternidad acudir a SEPE para reanudar la prestación de desempleo.
3. Mientras cobras el subsidio de desempleo:
Mientras se percibe el subsidio por desempleo se produce la maternidad, se continúa percibiendo el subsidio por la misma cuantía y duración.
Lo único que cambia es que se modifica la situación como demandante de empleo, ya que no será necesario renovarla ni se recibirá convocatorias para cursos de formación, ofertas de empleo u otros servicios, eso sí, se tiene que entregar informe médico de la Seguridad Social para que SEPE suspenda la demanda de empleo.
Si se consume el subsidio y se continúa de baja maternal, no se tiene derecho a más prestación económica.
Artículos relacionados:
Buenos días, se me acaba de terminar la baja por maternidad y tengo que volver a apuntarme el paro, que documentación me van a solicitar?..
Gracias
No te van a solicitar nada, como mucho la resolución de la concesión del permiso de maternidad donde ponga la fecha de finalización de dicho permiso.
Salu2.
Buenos días,
Mi situación es la siguiente:
1. Ya he disfrutado de un permiso de maternidad.
2. Desde que finalizó mi permiso he estado desempleada más de 12 meses, por tanto, estuve sin cotizar.
3. Ahora voy a trabajar desde enero-junio de 2013, unas 4 horas semanales. Y nuevamente estoy embarazada con fecha de parto en junio de este año.
Mis preguntas son:
1. Me corresponde algún permiso de maternidad si para entonces estoy en desempleo?
2. Qué ocurre si doy a luz días antes de finalizar mi contrato? Tengo maternidad? La empresa finalizará mi contrato en el mes de junio?
Espero haberme expresado con claridad. Gracias.
1. Sí, si estás cobrando el paro.
2. Sí, claro.
Salu2.
hola,
de momento estoy cobrando paro, la prestacion se acaba en fecha 15.02.2013, estoy embarasada en 5 meses y mi medico me dice que tengo dar la luz en fecha 14.06.2013. mi pregunta es de tengo derecho al maternidad. mucha gracia.
Si cuando des a luz ya no estás cobrando el paro… no tendrás derecho a la maternidad.
Salu2
buenos dias, ahora estoy de baja por IT, debido a un embarazo gemelar, pero en dos dias se me acaba el contrato e iré a solicitar el paro, mi pregunta es si para el parto tambien tengo que llevar cada semana el parte de baja, gracias.
Sí, tienes que llevar las partes de baja al SEPE:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/03/28/que-sucede-con-el-subsidio-por-desempleo-si-mientras-lo-cobro-me-pongo-enfermo/
Salu2.
Habiendo trabajado únicamente 8 horas semanales durante 6 meses, y sin tener derecho a prestación por desempleo.
1. ¿Tengo periodo de lactancia remunerado?
2. ¿Cuánto tiempo es? ¿Y qué remuneración recibiría?
Gracias.
1. Me temo que no… pero depende de cómo sea la jornada laboral, si trabajas las 8 horas en 1 día, podrías solicitar el tiempo de la lactancia.
2. Puede dividirse en dos fracciones de media hora o cambiarse por una reducción de jornada de media hora a la entrada o a la salida.
Existe la posibilidad de acumular las horas de lactancia en jornadas completas si el convenio colectivo o el empresario lo permiten. Aunque esto se regula con exactitud en el convenio, lo habitual es que el permiso de lactancia se pueda cambiar por 15 días que se suman a la baja maternal.
Si el bebé toma pecho y el puesto de trabajo hace peligrar la salud de la mujer y su hijo y no hay posibilidad de ofrecerle otro puesto, el contrato se puede suspender hasta que el bebé cumpla 9 meses.
La madre cobra el 100 por 100 de su base reguladora (igual que en la baja maternal).
Hola, una vez planteado el caso anterior (Nuria, 30-01-2013). Me comentas que no me correspondnería periodo de lactancia, pero he leido algo sobre un subsidio por maternidad para trabajadoras con cotización insuficiente: 42 días de duración a partir del parto y 100% del IPREM. Me puedes decir si esto sigue vigente y hasta que punto me afectaría (soy mayor de 30 años y carezco de cotización suficiente). Gracias.
Sí, leí algo de eso… pero no estoy puesto al día.
Vete a SEPE y al INSS, te informarán allí.
Salu2.
Buenas tardes,
Necsitaria que me informarais que papeles a parte del parte de baja de maternidad que otros papeles tengo que aportar para solicitar la baja por martenidad estando cobrando el paro
Los pasos que has de dar son los que figura en el siguiente artículo:
– http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/06/07/como-se-solicita-la-baja-por-maternidad/
La única diferencia es que en lugar de acudir a tu empresa para solicitar el papel de lo que te pagan, tienes que acudir a SEPE o en su defecto, creo que serviría si tienes la carta que te envió con la resolución favorable de concesión de la prestación de desempleo.
Salu2.
Buenas tardes, me he puesto en contacto con vosotros en un par de ocasiones y me recomendasteis que fuera al INSS. Eso es lo que he hecho, he subsanado unas dudas pero he generado otras. Pido disculpas de antemano por el exceso de cuestiones. Muy agradecida.
Mi situación es la siguiente: Trabajo 8 horas semanales y doy a luz una semana antes de que finalice mi contrato.
1. Desde la fecha de parto hasta fin de contrato ¿quién es mi pagador?
2. La prestación a recibir mensualmente durante la maternidad, ¿es el 100% de mi nómina correspondiente al mes anterior del parto sin ningún tipo de retención?
3. ¿Durante el periodo de maternidad se está cotizando?.
3.1. Si la respuesta es sí, ¿cotizaría mensualmente como si se estuviera trabajando mis 8 horas semanales?
4. ¿La empresa me puede despedir estando de baja maternal?
4.1. Si la respuesta es sí: el tiempo que resta de maternidad, ¿lo paga el INSS?
4.2. Si la respuesta es no: el tiempo que resta de maternidad, ¿lo paga el INSS?. ¿Qué coste o qué le supone a la empresa el que yo esté de maternidad?, ¿Debe de pagar algo por mi o se encarga de todo el INSS?. Insisto en este asunto porque me conviene quedar de buenas con mi empresa porque en un futuro próximo se va a reanudar la obra y quiero que me tengan en consideración, por eso quiero saber “la faena” que le hago a la empresa dando a luz pocos días antes de la finalización del contrato.
4.3. Si la respuesta es no: la empresa podrá despedirme el primer día una vez finalizado el periodo de maternidad, ¿cierto?
5. Respecto a la maternidad compartida:
5.1. Cuando se tramitan los papeles de maternidad y paternidad, ¿en ese primer momento debo solicitarla compartida o puedo tomar la decisión más adelante?
5.2. Una vez disfrutado del periodo obligatorio de 6 semanas de maternidad el resto puedo cedérselo íntegro al padre o disfrutarlo de forma simultánea, ¿cierto?
5.3 Si le cedo íntegra la maternidad al padre:
5.3.1 ¿Yo dejo de recibir mi prestación económica por maternidad?
5.3.2 ¿Yo dejo de cotizar?
5.3.3 ¿El padre recibiría mensualmente lo mismo que si estuviera trabajando o va a tener una prestación económica distinta?
5.3.4 Por convenio, el padre tiene 4 semanas de paternidad y yo la obligación de disfrutar 6 semanas de maternidad, si le cedo íntegra la maternidad, ¿el debería de trabajar 2 semanas y después disfrutar del periodo restante?
5.4 Si compartimos el periodo de maternidad:
5.4.1 ¿Qué prestación recibiríamos cada uno?
Madre mía… y porqué le hiciste todas estas preguntas en el INSS…
1. El INSS.
2. 100%.
3. Sí, como en el trabajo.
4. Sí, si el motivo no tiene nada que ver con tu condición de maternidad. Seguirás cobrando la maternidad y después el paro.
5. No te lo aseguro, creo que tienes que tomar una decisión desde el primer día.
Vete a INSS de nuevo y hazles las consultas.
Salu2.
Ola stoy embarazada d 6 semanas,xro tng riesgo d aborto,estoy trabajand 20 oras semanales y nomina d 400e,que deberia aser darme d baja? M kedan 2 meses d contrato,luego podre cobrar paro y maternidad?
Podrías cobrar el paro, y cuando tengas a tu hijo, podrías cobrar la maternidad si sigues cobrando entonces el paro.
Salu2.
hOLA TENGO UNA PREGUNTA.
ESTOY DE BAJA MATERNAL Y HE DE IR AL SEPE A REACTIVAR MI PARO.
aLGUIEN SABE K DOCUMENTOS HE DE LLEVAR?
SI NECESITO ALGUN CERTIFICADO MEDICO DONDE ME DEN DE ALTA?
MUCHAS GRACIAS,
SALUDOS
Mientras estás de baja no puedes darte de alta en la demanda de empleo, lo tienes que hacer una vez pasado el periodo de maternidad.
Salu2.