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2 de mayo de 2012

Renta 2011: Deducciones por alquiler de vivienda habitual a nivel Estatal

Las viviendas habituales disfrutan de unas deducciones, tanto por adquisición como por alquiler. En los alquileres de la vivienda habitual disfruta de unas deducciones tanto a nivel estatal como autonómico.

Los contribuyentes se pueden deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas para el alquiler de la vivienda habitual a nivel estatal, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

La base imponible del contribuyente se considera tanto los ingresos por el trabajo como los ingresos de capital.

La base máxima de esta deducción es de:

  • 9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales.
  • 9.040 – [1,4125 x (BI – 17.707,20)], cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales.

Siendo BI la base imponible del contribuyente.

Importante: Los contribuyentes cuya base imponible, en los términos anteriormente comentados, sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales, en tributación individual o en tributación conjunta, no podrán aplicar la presente deducción.

Ejemplo:

Don M.A.V. tiene desde el ejercicio 2006 su vivienda habitual en alquiler. En el ejercicio 2011 ha satisfecho por este concepto al arrendador la cantidad de 6.960 euros anuales.

La base imponible general del contribuyente en el ejercicio 2011, que tributa de forma individual, ha ascendido a 19.820,50 euros y la base imponible del ahorro a 612,25 euros.

Determinar el importe de la deducción por el alquiler de la vivienda habitual en el ejercicio 2011.

Solución:

  • Cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual ……………………………….. 6.960,00
      Base máxima de la deducción: Al ser su base imponible superior a 17.707,20 euros (20.432,75 euros), la base máxima de deducción se determinará restando de 9.040 euros el resultado de multiplicar por 0,75 la diferencia entre la base imponible y 12.000 euros anuales.
  • Es decir: 9.040 – [1,4125 x (20.432,75 – 17.707,20)] …………………………………………….. 5.926,06
  • Importe de la deducción (5.926,06 x 10,05%) …………………………………………………. 622,24
  • El importe de la deducción así determinado se hará constar en la casilla 716 de la página 13 de la declaración.

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22 comments to Renta 2011: Deducciones por alquiler de vivienda habitual a nivel Estatal

  • iman

    hola
    tengo una pregunta vivo en casa de alquiler tengo derecho para hacerla en la declaration de la renta para devolver algo ?

  • Maria Josefa Blanco

    Hola, tengo una casa en el concejo de Llanes,Asturias,
    quisiera alquilarla por semana solo en temporada de verano.
    Yo soy espanola radico en Mexico y paso todos los veranos
    en Llanes y tengo DNI.
    Podria decirme que tramites debo hacer? para poder alquilarla.
    Estare en espera de su respuesta. Saludos cordiales

  • Celia

    Pago un alquiler de 700€ mensuales (madrid) y mi retribucion en especie en el periodo de 2011 ascienden a 13895,10€
    No se muy bien como he de formular la solución.Muchas gracias.

  • juan

    Buenas,

    Tengo una pregunta: leyendo la deducción por alquiler de la vivienda habitual en la parte estatal (página 478 de la ayuda que ofrece la agencia tributaria) se especifica lo siguiente: «sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, hubiese aprobado cada Comunidad Autónoma para el ejercicio 2011, los contribuyentes podrán deducir el 10,05 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su Base Imponible (suma casillas 455 y 465) sea inferior a 24.107,20 euros anuales».

    Hasta aquí lo tengo claro, pero en la parte autonómica (en este caso Catalunya) se especifica: » El 10 por 100 de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, con el límite máximo de 300 euros anuales, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

    a)Que el contribuyente se halle en alguna de las situaciones siguientes:
    – Tener 32 o menos años de edad
    – Haber estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio
    – Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100
    – Ser viudo o viuda y tener 65 años o más
    b)Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar, suma de las casillas 455 y 465 de la página 10 menos el importe de la casilla 679 de la página 12 de la declaración, no supere 20.000 euros anuales.
    c) Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler exceden del 10 por 100 de los rendimientos netos del contribuyente.

    Mi pregunta es la siguiente: si pago 6.000 euros al año de alquiler por un piso en Cataluña y mi base imponible ronda los 14.000 euros (trabajo todo el año y tengo 35 años sin discapacidad ninguna) tengo claro que me puedo deducir la cuota estatal pero en cuanto a la cuota autonómica ¿hay que cumplir los puntos a, b y c ó por el contrario si sólo cumplo los puntos b y c (no cumplo ningún apartado del punto a)tengo derecho a la deducción autonómica?

    Gracias

  • jaime

    Buenass tengo una gran duda y no se como hacer , ya que me tienen enfilado los de hacienda:
    Tengo mi vivienda habitual alquilada desde el 15 de actubre de 2011 , ellos han metido los gastos de alquiler correspondiente a noviembre y diciembre por 350 euros cada mes(me refiero a mis inquilinos).-Yo tb quiero declarar estos beneficios ,hasta aqui todo correcto , mi problema que si ya ha dejado de ser mi vivienda habitual por tenerla en alquiler me puedo desgravar de ella los meses que vivi en ella desde el 1 enero 2011 hasta el 15 octubre de 2011?(aun asi sigo pagando mi hipoteca y mis inquilinos tienen mas de 35 años)
    ahora estoy viviendo en la actualidad en un piso que me cede mi trabajo , sin pagar nada de alquiler , que pongo como vivienda habitual , la del trabajo o la que tengo alquilada?
    un saludo y muchas gracias de antemano

  • Pedro

    Hola, espero me puedan ayudar con mi caso:
    Tengo 24 años, el año pasado hice la declaración de la renta por primera vez porque era titular de un contrato de alquiler (yo inquilino), el primer borrador me salio a pagar (muy poco) pero cuando actualice el borrador con dicha deducción me devolvieron 900 € (aprox) porque me correspondía la estatal y la autonómica (Cataluña). Hasta aqui bien, luego este año (declaración de 2011) sigo con ese contrato vigente pero solo me devuelven 38 €??. He llamado pensando que no estaba este dato actualizado pero me dicen que si (aparece la referencia catastral y todo) pero no entiendo porque tan poco. Podria ser porque el año pasado solo trabaje el primer mes y estuve los 6 siguientes en paro??.

    Gracias por su ayuda

  • Isabel

    Buenos días, quería realizar una consulta. Voy a alquilar mi vivienda habitual, quisiera saber si esto afectaría a mis deducciones de IRPF que actualmente realizo tales como, intereses satisfechos por la hipoteca que hay sobre la vivienda,mis ingresos actuales por rendimiento del trabajo son alrededor de 25.000€. Me podrían informar por favor en que me puede veneficiar y perjudicar a nivel de la decaración si alquilo la vivienda?
    Reciban un cordial saludo, gracias por adelantado

  • Mario

    Buenas tardes.
    Actualemente estoy viviendo de alquiler, recibiendo la RBE y deduciendome correctamente dicho alquiler en anteriores declaraciones de renta.
    Para este mes de Septiembre u Octubre 2012 espero firmar la compra de mi nueva vivienda habitual.
    Para la próxima declaración de renta 2012, quisiera poder deducirme el alquiler pagado hasta Septiembre y la cantidad invertida por adquisición de mi nueva vivienda habitual.
    Pero, ¿Como debería hacerlo? ¿Debería de firmar la compra mi nueva vivienda una vez ya haya dejado el alquiler o no ocurriría nada si firmo la compra de la vivienda por ejemplo el 15/09/2012 y finalizo el alquiler el 31/09/2012?
    Gracias por la ayuda.

  • Sergio

    Buenas tardes,

    Vivo en la comunidad de madrid. He estado varios años viviendo alquilado en una vivienda y tengo claro todo el proceso y condiciones para las deducciones en la declaración de la renta. Pero ahora he entrado a vivir en una casa dónde vive el propietario, por lo que sólo tengo alquilada una habitación y derecho a las zonas comunes, en lugar de la vivienda entera. ¿Tengo derecho a recibir deducciones igualmente? ¿Debe el propietario ingresar la fianza en el ivima cómo se hace en un alquiler de la vivienda entera?
    Muchas gracias y un saludo

  • Dani

    Buenas tardes,

    Quería hacer la siguiente consulta. Tengo una discapacidad del 65% y resido en Cataluña. Tengo una vivienda en propiedad, heredada en Cataluña.
    En el caso de adquirir una segunda vivienda en 2013,tambien en Cataluña, que tipo de deducción se me aplicaría y si habría alguna posibilidad de que esta adquisición se convirtiera en vivienda habitual a efectos de obtener la deducción especial que se ofrece en mi caso.

    Gracias de antemano y un saludo

    • Sí, si es tu vivienda habitual podrás deducir por el mismo, eso sí, si anteriormente te has deducido por la adquisición de una vivienda habitual, no podrás deducir de esta segunda vivienda habitual hasta que inviertas al menos lo deducido en la anterior vivienda habitual.

      Salu2.

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